Menores
La justificaci¨®n de la entrada en vigor de la Ley del Menor, puede encontrase en el intento de rehabilitaci¨®n de los menores que han cometido delito. Desde este punto de vista, puede entenderse que el derecho de las v¨ªctimas, y perjudicados por el delito, sea satisfecho con menos rigor, que en los casos que el delito es cometido por adultos.
Viene esta reflexi¨®n al hilo de la denuncia, que la Fiscal¨ªa de Granada ha presentado ante un Juzgado de Instrucci¨®n. Interesa que se contin¨²en investigando unos posibles malos tratos sobre algunos menores, que se encontraban internados en el centro femenino San Miguel, que depende de la Consejer¨ªa de Asuntos Sociales y gestiona una empresa privada. La Fiscal¨ªa quiere saber si estas menores, han sido atadas de pies y manos.
De ser ciertos estos hechos -y existen razones para creerlo, seg¨²n el fiscal- se estar¨ªan vulnerando los derechos del menor; se estar¨ªa burlando el sacrificio de las v¨ªctimas del delito, y se podr¨ªa estar cometiendo un delito en un centro p¨²blico andaluz, sin que los encargados de la vigilancia se hubieran enterado, si no se aprovecha una visita al centro y se denuncia por una de las internas.
Algunos juristas se han manifestado en el sentido de que la existencia de un vac¨ªo reglamentario -no est¨¢ aprobado el Reglamento para la ejecuci¨®n de la Ley del Menor- puede impedir a cuidadores, y educadores, saber hasta donde pueden llegar en sus tareas. Sin embargo, esta ausencia, no puede servir de pretexto para negar el derecho de los menores a ser tratados como personas, y no como fardos.
En este sentido es bienvenida la actuaci¨®n de la Fiscal¨ªa de Granada. Ayuda, en estos tiempos de manzanilla y de profesoras de religi¨®n, a que la Justicia recupere su sentido. Y, pensar, que no act¨²a s¨®lo sobre los parientes pobres de la sociedad, sino que tambi¨¦n emplea su tiempo en atender sus derechos, si son lesionados.
Claro que un control en la ejecuci¨®n de las medidas de internamiento, que no se realizara desde la lejan¨ªa y con medios ajenos a la Consejer¨ªa, podr¨ªa servir a un mejor cumplimiento de la Ley. Hechos, como los denunciados por la Fiscal¨ªa, si fueran ciertos, se podr¨ªan conocer, sin hacerlos depender del grado de valent¨ªa de qui¨¦nes est¨¢n privadas de libertad.
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