Gibraltar: ?soberan¨ªa compartida o dividida?
Es una buena noticia para Espa?a que las negociaciones sobre Gibraltar no s¨®lo se hayan relanzado, sino que marchen por buen camino. El de la cosoberan¨ªa, la flexibilidad espa?ola en cuanto a su duraci¨®n indefinida y la brit¨¢nica respecto a la decisi¨®n gibraltare?a en la cuesti¨®n. Y, todo ello, en un clima de entendimiento hispano-brit¨¢nico que proporciona el ambiente favorable a la negociaci¨®n. El Gobierno y nuestro servicio exterior merecen la m¨¢s c¨¢lida felicitaci¨®n por todo ello.
Es claro que un problema con 300 a?os tras ¨¦l y que incide en uno de los puntos claves del planeta no es f¨¢cil de resolver. Hay dificultades de fondo que no es ¨¦sta la ocasi¨®n de abordar, como la multiplicidad de intereses presentes en el Estrecho y que no son s¨®lo los hispano-brit¨¢nicos y ni siquiera los de las potencias ribere?as, sino los de todas las restantes grandes potencias mediterr¨¢neas y los de Estados Unidos, en funci¨®n de sus comunicaciones con el Oriente Medio. Y no falta quien piense que el inter¨¦s de Espa?a est¨¢ en fomentar e institucionalizar esa multiplicidad de intereses, m¨¢s que en quedarse sola en tan pol¨¦mico lugar. De ah¨ª, tambi¨¦n, la utilidad de la f¨®rmula de la cosoberan¨ªa y su valor de ejemplo para otras situaciones.
Pero tambi¨¦n hay dificultades m¨¢s concretas como la planteada por la voluntad del pueblo gibraltare?o de mantenerse al margen de Espa?a y en relaci¨®n con Gran Breta?a. Un deseo que el Reino Unido se comprometi¨® a respetar en el Pre¨¢mbulo de la vigente Constituci¨®n gibraltare?a de 1969, y que ha sido utilizado por los brit¨¢nicos como excusa; pero que, sobre todo, sea o no capaz de bloquear jur¨ªdicamente, incluso, la cosoberan¨ªa, crea una dificultad pol¨ªtica insoslayable a las pretensiones espa?olas. ?Cabe imaginar, en la Europa del siglo XXI, que Espa?a impusiese su gobierno sobre Gibraltar frente a la voluntad de los gibraltare?os? Cuando se invoca el precedente de Hong Kong se olvida que, m¨¢s all¨¢ de cualquier otra diferencia, y hay muchas entre una y otra situaci¨®n, para suerte de los espa?oles y de los gibraltare?os, Espa?a no es China ni puede hacer en el Pe?¨®n lo que China hubiera hecho en sus territorios irredentos.
Por ello, lo primero que a los intereses espa?oles urge es desandar los varios decenios de desencuentro con el pueblo gibraltare?o, a trav¨¦s de todo un programa de captaci¨®n de voluntades, incluida la reapertura del Consulado General en el Pe?¨®n, lo cual no supone, en modo alguno, un aval de la situaci¨®n colonial. Si se cerr¨® el Consulado en 1954 como gesto de disgusto hacia Gran Breta?a, el nuevo clima justificar¨ªa, de sobra, reabrirlo ahora como signo de amistad hacia la poblaci¨®n gibraltare?a.
Pero entre tanto estas medidas a largo plazo den sus frutos, importa encontrar f¨®rmulas jur¨ªdicas para respetar la voluntad gibraltare?a y los intereses y compromisos brit¨¢nicos, a la vez que se da v¨ªa a las reivindicaciones espa?olas. ?Cu¨¢les son los primeros? Mantener su conexi¨®n brit¨¢nica. ?Cu¨¢les los segundos? Respetar la voluntad libremente expresada de los gibraltare?os. ?Cu¨¢les las ¨²ltimas? El restablecimiento de una integridad territorial que se estima lesionada y as¨ª fue reconocido por las Naciones Unidas. Para ello sirven las categor¨ªas jur¨ªdicas si se saben utilizar no como dogmas, duros cual guijarros id¨®neos para una batalla de honderos, sino como herramientas, adaptables a la tarea que se pretende realizar.
La Constituci¨®n gibraltare?a de 1969 distingue, y ello es fundamental, entre el territorio de Gibraltar, que es el cedido en virtud del Tratado de Utrecht y parte de los dominios de su Majestad brit¨¢nica, y el pueblo de Gibraltar, al que se le garantiza que no se har¨¢ ninguna transferencia de soberan¨ªa sobre el mismo contra su voluntad 'libre y democr¨¢ticamente expresada'. Esta voluntad no requiere un refer¨¦ndum y bastar¨ªa un mandato parlamentario obtenido en cualquier elecci¨®n para la Asamblea Legislativa; pero ¨¦sa es una cuesti¨®n menor.
Lo importante es que la garant¨ªa de no transferencia de soberan¨ªa se refiere a la poblaci¨®n y no al territorio. En virtud de dicha garant¨ªa, reiteradamente invocada, los gibraltare?os han de decidir sobre si quieren o no seguir siendo brit¨¢nicos y habr¨¢ que atenerse a su voluntad. Pero ello no implica que est¨¦n llamados a decidir sobre el traspaso de la soberan¨ªa del territorio.
Ahora bien, desde hace m¨¢s de un siglo, deber¨ªamos saber que los elementos de la estatalidad son separables y, en consecuencia, la poblaci¨®n lo es del territorio. As¨ª lo ense?aba Jellinek y si ilustres dogm¨¢ticos como Quadri lo impugnaron, la pr¨¢ctica ha demostrado que el primero ten¨ªa raz¨®n. Son muchos los casos que el derecho p¨²blico ha ofrecido y ofrece en que territorio y poblaci¨®n son de naturaleza diferente e, incluso, aquellos en los que la llamada soberan¨ªa territorial y la jurisdicci¨®n personal no coinciden.
Admitirlo as¨ª supondr¨ªa la posibilidad no de compartir sino de dividir, mediante el correspondiente tratado, la soberan¨ªa. Atribuir a Espa?a la soberan¨ªa territorial y a Gran Breta?a la personal, respetando as¨ª el r¨¦gimen pol¨ªtico de los gibraltare?os, que, claro est¨¢, es de personas y no de piedras y la garant¨ªa de 1969, en tanto aqu¨¦llos no decidan otra cosa. El estatus de los gibraltare?os no ser¨ªa afectado para nada. La Constituci¨®n gibraltare?a y su remisi¨®n a la decisi¨®n democr¨¢tica de su pueblo no ser¨ªa ya una excusa para modificar la soberan¨ªa territorial, puesto que su transferencia en nada deber¨ªa afectar a la soberan¨ªa sobre el pueblo de Gibraltar. Y Espa?a ha insistido, una y otra vez, al menos desde los a?os sesenta, en que no est¨¢ interesada en modificar la condici¨®n de los gibraltare?os ?Por qu¨¦ no dejar claro que para nada pretende la soberan¨ªa sobre ellos?
Ciertamente, separar de manera n¨ªtida la jurisdicci¨®n territorial de la personal requerir¨ªa vaciar la primera, para que las actuales instituciones gibraltare?as, desde el gobernador al ¨²ltimo funcionario, tuvieran competencia sobre cuanto, en lo civil y militar, ocurra en el Pe?¨®n. Pero nada empece a que, mediante tratado, se pueda repartir entre dos Estados las competencias sobre un territorio e, incluso, atribuir a uno de ellos la totalidad de las mismas, sin perjuicio de la titularidad de la soberan¨ªa. La soberan¨ªa, como 'nomen' puede ir por un lado y las competencias por otro, como ocurre con ocasi¨®n de derechos de arriendo o con relaci¨®n a instituciones internacionales. Recientes ejemplos hay de ello, en situaci¨®n mucho m¨¢s pol¨¦mica de lo que Gibraltar podr¨ªa ser si Gran Breta?a y Espa?a se pusieran de acuerdo. Pero la soberan¨ªa territorial, aun vaciada de contenido competencial, ser¨ªa de extremada utilidad para Espa?a y bloquear¨ªa otras hipot¨¦ticas derivaciones de la situaci¨®n jur¨ªdica del Pe?¨®n, que hoy, siguen abiertas.
Con ello se crear¨ªa una nueva forma de condominio, de duraci¨®n indefinida y por naturaleza din¨¢mica, pr¨¢cticamente in¨¦dita, pero ¨²til. La novedad no deber¨ªa extra?ar, porque ni las viejas y hoy superadas f¨®rmulas de condomino colonial pueden servir cuando se trata de escapar de una situaci¨®n colonial, ni Gibraltar es la Isla de los Faisanes. La utilidad deber¨ªa atraer, porque el derecho s¨®lo puede ser tomado en serio cuando cumple su funci¨®n de instrumento para resolver conflictos ?y cu¨¢ntos conflictos pol¨ªticos se resolver¨ªan, dec¨ªa sir Ivor Jennings, si se encargase de resolverlos a los juristas! Esto es, haciendo de los conflictos de intereses, conflictos de interpretaciones.
Miguel Herrero de Mi?¨®n es miembro de la Real Academia de Ciencias Morales y Pol¨ªticas.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.