Los jueces anulan el monopolio dado por el Gobierno de CiU a dos firmas medioambientales
El Departamento de Medio Ambiente les concedi¨® la exclusiva en la ¨¦poca de Felip Puig
El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) ha anulado a trav¨¦s de una sentencia 'el car¨¢cter exclusivo y excluyente' de sendas concesiones otorgadas por el Gobierno catal¨¢n a dos firmas del sector mediomabiental (Entidad Colaboradora de la Administraci¨®n -ECA- e Icict) que realizan mediciones de control atm¨®sferico en empresas. Tras un decreto de Medio Ambiente, las dos compa?¨ªas act¨²an como colaboradoras exclusivas de la Administraci¨®n catalana en materia de mediciones medioambientales en grandes empresas industriales y energ¨¦ticas.
Las dos empresas obtuvieron en 1986 una concesi¨®n vigente hasta 2006. La ECA e Icict (estas letras eran siglas de Instituto Catal¨¢n de Inspecci¨®n y Control T¨¦cnico, pero tras un cambio de nombre pasaron a ser la denominaci¨®n definitiva de la empresa) son las ¨²nicas autorizadas para realizar mediciones ambientales en las grandes empresas cuando una sociedad debe acreditar que cumple los requisitos que exige la normativa catalana.
La Asociaci¨®n Catalana de Ingenier¨ªas y Consultor¨ªas Medioambientales present¨® hace dos a?os un recurso ante el TSJC. En aquella fecha, un decreto del Departamento de Medio Ambiente, del que era titular Felip Puig, reforz¨® el papel de la ECA e Icict al introducir la expresi¨®n 'r¨¦gimen concesional exclusivo y excluyente' para ambas. La patronal, que agrupa a 40 firmas, recurri¨® la decisi¨®n por considerar que se vulneraba 'el derecho a la libertad de empresa y a la libre competencia', posici¨®n que ahora avala el TSJC.
El tribunal no anula las concesiones a la ECA e Icict, pero abre la v¨ªa a que otras empresas puedan realizar tambi¨¦n estos trabajos y deja que sea el Supremo el que diga la ¨²ltima palabra. Fuentes del Gobierno catal¨¢n aseguraron ayer a EL PAIS que la Generalitat ya hab¨ªa presentado un recurso, aunque no precisaron si ante el mismo tribunal o ante el Supremo.
Los jueces sentencian que el decreto que reforz¨® el papel exclusivo de ambas compa?¨ªas iba contra la Ley de Intervenci¨®n de la Administraci¨®n Ambiental, de 1998, que permite que varias empresas concurran para realizar estos trabajos, aunque este extremo deba regularse con un reglamento, a¨²n pendiente.
Por ello, el TSJC sentencia que la citada ley de 1998 's¨®lo habilita al Gobierno a fijar un r¨¦gimen provisional, interinidad que no implica un par¨¦ntesis en la vigencia de la propia ley, de forma que el Gobierno pueda establecer un sistema o unos principios distintos a los plasmados por aqu¨¦lla'. 'De mantenerse la concesi¨®n de esta manera tan singular', a?ade la sentencia, 'implicar¨ªa monopolizar en aqu¨¦llas el control de las emisiones atmosf¨¦ricas (...) cuando la ley ha optado por un sistema de acreditaci¨®n'. La sentencia avala la decisi¨®n del Gobierno catal¨¢n de mantener la concesi¨®n para las empresas ECA e Icict en los municipios donde los ayuntamientos respectivos no hayan aprobado 'ning¨²n sistema de control propio'.
Dos empresarios del sector se?alaron ayer que Catalu?a es la ¨²nica comunidad donde dos empresas se han visto ins¨®litamente favorecidas con la competencia exclusiva para hacer mediciones oficiales en empresas industriales y se preguntaban si este 'favoritismo' obedec¨ªa a 'influencias heterodoxas'. El resto de las empresas del sector s¨®lo pueden actuar en el comercio, actividades agr¨ªcolas y el sector industrial, siempre que no se trate de una medici¨®n medioambiental que deba tener valor oficial. Las dos empresas concesionarias generaron en 2000 unos ingresos conjuntos cercanos a los 36 millones de euros (m¨¢s de 6.000 millones de pesetas), seg¨²n los ¨²ltimos datos depositados por las compa?¨ªas en el Registro Mercantil.
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