Los juristas del Gobierno catal¨¢n propusieron poner fin al monopolio de dos firmas medioambientales
El Ejecutivo los desoy¨® y renov¨® la concesi¨®n
El Gobierno catal¨¢n renov¨® hace dos a?os el monopolio que otorg¨® a las empresas medioambientales ECA e Icict, en contra del criterio de su Comisi¨®n Jur¨ªdica Asesora, el m¨¢ximo ¨®rgano consultivo de la Generalitat en materia jur¨ªdica. As¨ª lo pone de manifiesto el Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) en la sentencia que anula el monopolio 'exclusivo y excluyente' dado por el Ejecutivo catal¨¢n a ambas empresas para realizar mediciones de control atm¨®sf¨¦rico en grandes empresas y compa?¨ªas el¨¦ctricas.
El TSJC reprueba que el Gobierno catal¨¢n introdujera cambios de calado dando a la concesi¨®n el car¨¢cter de 'exclusiva y excluyente', sin tener en cuenta el dictamen de sus servicios jur¨ªdicos. Adem¨¢s, se?ala que si bien el dictamen de los juristas 'no es vinculante, no por ello puede desvirtuarse hasta el punto de obviarlo de hecho aprobando definitivamente un texto de disposici¨®n general que poco o nada tenga que ver con el proyecto sometido a su deliberaci¨®n'.
La sentencia que anula el monopolio a ambas empresas se?ala (v¨¦ase EL PA?S del 24 de febrero): 'La Administraci¨®n podr¨ªa haber resuelto los contratos [con las dos firmas medioambientales] y rescatar las concesiones por raz¨®n de inter¨¦s p¨²blico a trav¨¦s del procedimiento adecuado y mediante la correspondiente indemnizaci¨®n'.
Las empresas ECA e Icict son las ¨²nicas capacitadas, por concesi¨®n del Gobierno catal¨¢n, para realizar pruebas de control atmosf¨¦rico cuando una sociedad debe acreditar que cumple la normativa de la Generalitat.
Monopolio por 20 a?os
La Agrupaci¨®n Catalana de Ingenier¨ªas y Consultor¨ªas Medioambientales, la patronal del sector que agrupa a 40 empresas, recurri¨® contra la decisi¨®n del Gobierno catal¨¢n por considerar que se conculcaba 'el derecho a la libertad de empresa y a la libre competencia'. El Ejecutivo ya ha presentado un recurso ante el Tribunal Supremo.
ECA e Icict obtuvieron en 1986 una concesi¨®n monopol¨ªstica con vigencia hasta 2006. Tras un cambio de normativa en 1998, el Departamento de Medio Ambiente reforz¨® el papel exclusivo de ambas compa?¨ªas, en contra de lo que se?alaba la Ley de Intervenci¨®n de la Administraci¨®n Ambiental, de 1998. Esta ley permite que varias empresas concurran para realizar estos trabajos, aunque este extremo est¨¢ pendiente de ser regulado. Por ello, el TSJC sentencia que la ley de 1998 's¨®lo habilita al Gobierno a fijar un r¨¦gimen provisional', y a?ade que esta 'interinidad no implica un par¨¦ntesis en la vigencia de la propia ley'. Los competidores de ECA e Icict s¨®lo pueden actuar en el comercio, actividades agr¨ªcolas y el sector industrial.
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