Menos impuestos a los inversores
Dep¨®sitos bancarios y ganancias de bonos ser¨¢n los m¨¢s beneficiados si el inversor los mantiene m¨¢s de 5 a?os
Las propuestas que la comisi¨®n de expertos para la reforma del IRPF presentaron esta semana suponen una nueva rebaja de impuestos a las ganancias financieras. Los rendimientos del capital cuando se comprometen a medio y largo plazo son los m¨¢s favorecidos. Tambi¨¦n se abre la posibilidad de movilizar el ahorro sin tener que pagar impuestos, y las plusval¨ªas tributar¨¢n al 15%.
La propuesta permite cambiar de un producto a otro o de fondo sin pagar impuestos siempre que el inversor mantenga la cuant¨ªa
Ahorradores e inversores est¨¢n de enhorabuena. La comisi¨®n de expertos para la reforma del IRPF, presidida por Manuel Lagares, que el pasado mi¨¦rcoles entreg¨® sus propuestas al secretario de Estado de Hacienda, se muestra partidaria de una rebaja sustancial en los impuestos que se derivan de las ganancias financieras. Unas medidas que afectan a la colocaci¨®n en productos de riesgo y, muy especialmente, al ahorro m¨¢s tradicional en dep¨®sitos bancarios o en bonos.
El objetivo es fomentar el ahorro a largo plazo y procurar la neutralidad entre los distintos productos que ofrecen los mercados o las entidades financieras. Tambi¨¦n se pretende que no sea necesario pasar por Hacienda si se moviliza ahorro de un producto a otro, en tanto y cuanto el ahorrador no disponga de ese dinero. Esta propuesta de reforma que el Gobierno tendr¨¢ muy presente para abordar el nuevo IRPF que se aplique al ejercicio 2003 (declaraci¨®n de 2004) supondr¨¢ un ahorro importante en las obligaciones fiscales. De acuerdo con estas propuestas, as¨ª ser¨¢ la tributaci¨®n de las distintas opciones de inversi¨®n y ahorro:
- Dep¨®sitos, bonos, dividendos (rendimientos del capital). Los rendimientos del capital mobiliario tendr¨¢n un tratamiento especialmente beneficioso si el ahorrador consigue tener paciencia para mantener su inversi¨®n. En la pasada reforma de 1998, los rendimientos que se mantuviesen por un periodo superior a los dos a?os contaban con una reducci¨®n del 30%, es decir, se pagaba por el 70% de estas ganancias. Unas ganancias que se consiguen en los dep¨®sitos bancarios a ese plazo o en la compraventa de bonos y obligaciones que se mantengan durante ese periodo. Pues bien, la propuesta de la comisi¨®n eleva al 40% la reducci¨®n cuando se mantienen m¨¢s de dos a?os. Asimismo, incorpora un nuevo plazo, ya que si la permanencia en el dep¨®sito o el bono supera los cinco a?os, la reducci¨®n es del 70%. Este ser¨ªa el supuesto m¨¢s beneficioso. As¨ª, con esta reducci¨®n y suponiendo que el inversor soportase el mayor tipo marginal en el IRPF (45%), s¨®lo pagar¨ªa a Hacienda por su ganancia el 13,5% de los rendimientos obtenidos.
Los intereses que semestral o anualmente se perciben por intereses de bonos u obligaciones o de dep¨®sitos que repartan sus ganancias al obtenerse en menos de dos a?os tributar¨ªan sin ning¨²n tipo de reducci¨®n.
Adem¨¢s, los dividendos se mantienen como en la regulaci¨®n de 1998. La comisi¨®n ha estudiado su modificaci¨®n, pero estima que cualquier otro sistema perjudicar¨ªa a los contribuyentes con rentas m¨¢s bajas que perciben dividendos.
- Seguros de vida-ahorro.Este sistema de reducciones con el paso del tiempo ya exist¨ªa para los seguros de vida-ahorro. La comisi¨®n de expertos propone que el conjunto de rendimientos se equipare, por lo que los seguros pasar¨ªan a tributar como los dep¨®sitos o las diferencias positivas en la compra de bonos. Ahora bien, tambi¨¦n recomienda que se siga manteniendo el esquema que ha regido para los seguros de vida contratados anteriormente. Los rendimientos que correspondan a primas satisfechas con m¨¢s de dos a?os de antelaci¨®n a la fecha en que se perciba el capital se reducir¨¢n en un 30%. Se reducir¨¢n en un 65% al cabo de los cinco a?os y un 75% si se mantienen m¨¢s de ocho a?os.
- Acciones, fondos de inversi¨®n o inmuebles (ganancias patrimoniales). La comisi¨®n presidida por Manuel Lagares propone que el tipo aplicado a las ganancias patrimoniales, resultado de un precio de venta superior al de compra en fondos de inversi¨®n, acciones o inmuebles, soporte el tipo m¨ªnimo en la tarifa del IRPF. A su vez, fijan este m¨ªnimo en el 15%, por lo que las ganancias patrimoniales (plusval¨ªas) con una vida superior a un a?o, y con independencia del resto de rentas del inversor, soportar¨ªan un tipo fijo del 15%, en vez del 18% que rige actualmente. Este m¨ªnimo tambi¨¦n servir¨ªa para fijar las retenciones que soportan productos como los fondos de inversi¨®n cuando se rescata el dinero.
- Movilizaci¨®n del ahorro sin pasar por Hacienda. Consideran conveniente que se eliminen las trabas fiscales para cualquier producto de ahorro o contrato de seguro sometido a un plazo o vencimiento determinado para que pueda ser intercambiado por otro siempre que se respete el plazo restante de la inversi¨®n, se haya acordado el valor final del producto o contrato y adem¨¢s no quede en ning¨²n caso a disposici¨®n del inversor hasta la finalizaci¨®n del periodo completo, previsto al principio. Esta propuesta se hace extensible a los fondos de inversi¨®n que podr¨ªan moverse para con esa misma cantidad suscribir otros fondos. Por tanto, cualquier ahorrador podr¨ªa pasar el dinero de un fondo ahorro, como ya ocurre con los seguros de fondos (unit linked) sin tener que pagar impuestos. Esta medida, que permite mucha libertad a los ahorradores, ha chocado en no pocas ocasiones con la oposici¨®n de las entidades financieras, que prefieren el actual sistema, con el que tienen a sus clientes m¨¢s cautivos. Esta medida tambi¨¦n podr¨ªa poner fin a la proliferaci¨®n de productos para grandes fortunas como las simcav.
- Opciones sobre acciones. La comisi¨®n quiere establecer una distinci¨®n entre los planes de opciones sobre acciones que afectan a toda la plantilla frente a aquellos que se dan a un reducido n¨²mero de trabajadores o de mandos directivos. En el primer caso, estos planes tributan como rendimientos del trabajo en especie y cuando cumplen determinados requisitos est¨¢n exentos de tributaci¨®n. Si son planes para un grupo reducido de empleados, la comisi¨®n propone que la propia entrega se considera ya como un rendimiento de trabajo en el a?o que se perciban.
Tambi¨¦n deben tributar cuando se vendan las acciones o las propias opciones. Eso s¨ª, podr¨ªan aplicarse los coeficientes de reducci¨®n (40% para m¨¢s de dos a?os y 70% para m¨¢s de cinco a?os) si se cumplen los plazos en la posesi¨®n de estos t¨ªtulos.
- Futuros y opciones. La comisi¨®n pide que que se aborde una regulaci¨®n m¨¢s completa, tomando en cuenta las distintas partes en que se divide la operaci¨®n.
Modificaciones en el ahorro para la jubilaci¨®n
El texto que servir¨¢ de base para la nueva reforma del IRPF cuenta con un apartado en el que aborda de forma especial los productos de ahorro destinados a la jubilaci¨®n. En el caso de los planes de pensiones de empleo se pide que en el nuevo IRPF no se aplique l¨ªmite alguno para las contribuciones que hacen las empresas, siempre que se deriven del convenio colectivo. Adem¨¢s de esta iniciativa, se propone otra m¨¢s general para el conjunto de personas que tienen un plan de pensiones. Actualmente, una vez llegada la jubilaci¨®n, si se percibe en forma de renta mensual, ese dinero tributa como un rendimiento del capital mobiliario, por lo que muchos inversores optan por percibir todo el dinero de una s¨®la vez, ya que de esa manera el 40% del capital est¨¢ exento del pago de impuestos. Pues bien, para el caso de cobrar ese dinero como rentas, la comisi¨®n propone que se establezca una exenci¨®n sobre el 20% de las cantidades percibidas, por lo que el jubilado pagar¨ªa impuestos por el 80% de las rentas que cada a?o le ingresan de acuerdo con su plan de pensiones. Una reforma que gusta poco a los sindicatos, ya que se prima la jubilaci¨®n privada sobre la proveniente de la Seguridad Social. Tambi¨¦n se sugiere al Gobierno que los seguros colectivos tengan igual trato que los planes de pensiones. Otra positibilidad es que los seguros individuales de vida tambien tributen como planes. En este caso deber¨ªan cumplir uno de los requisitos de los planes, como es su p¨¦rdida de liquidez, es decir, que el ahorrador no pueda disponer de ese dinero.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.