El Supremo dice que no se debe anular un curso por la suplantaci¨®n en un examen
El Tribunal Supremo ha corregido la sanci¨®n de p¨¦rdida de todo el curso, impuesta por el rectorado de la Universidad de Sevilla a un alumno que se hizo suplantar en el examen de an¨¢lisis matem¨¢tico de primer curso de la diplomatura en Ciencias Empresariales. La sentencia considera que no es proporcional prohibir al alumno examinarse de todas las asignaturas, con p¨¦rdida de la matr¨ªcula, por haberse hecho suplantar en el examen final de una asignatura.
El acuerdo del rectorado de la Universidad de Sevilla de 19 de diciembre de 1991 fue recurrido por el alumno y confirmado por dicho rectorado en marzo de 1992. La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa aval¨® el acuerdo por sentencia de 18 de noviembre de 1993, que ahora ha sido corregida por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo.
Los hechos judicialmente declarados probados ocurrieron en el curso 1990-1991, cuando Carlos Caro Garc¨ªa, alumno de primer curso de la diplomatura en Ciencias Empresariales, no se present¨® al examen final de an¨¢lisis matem¨¢tico. En su lugar lo hizo una persona desconocida, quien, al requerirle el profesor que exhibiera el DNI, se march¨® corriendo. Sobre la mesa dej¨® escritos unos folios con el nombre y apellidos del alumno a suplantar.
Previamente, Garc¨ªa tampoco se present¨® a los ex¨¢menes parciales de la misma materia, pero s¨ª, seg¨²n el m¨¢ximo tribunal andaluz, la persona desconocida, que obtuvo un 6,5 en el primero y suspenso en el segundo.
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