La Fiscal¨ªa de M¨¢laga recurrir¨¢ la sentencia que absolvi¨® a dos ginec¨®logos de un delito de aborto
La Fiscal¨ªa de M¨¢laga ha tomado la decisi¨®n de recurrir la sentencia de la Audiencia provincial que hace una semana absolvi¨® a dos ginec¨®logos por un aborto practicado a una joven de 16 a?os, pese a que estimaba que se hab¨ªa producido un delito. El Ministerio P¨²blico se basa en que los hechos constituyen una 'infracci¨®n de ley' y solicita a la Fiscal¨ªa del Tribunal Supremo que interponga el correspondiente recurso.
Cumplido este tr¨¢mite, conocido en la jerga judicial como anuncio de recurso, ahora el Ministerio P¨²blico malague?o dispone de un par de semanas para elaborar un informe con los argumentos jur¨ªdicos y elevarlo a la fiscal¨ªa del Tribunal Supremo. Esta instancia judicial puede estar de acuerdo con el Ministerio P¨²blico de M¨¢laga, en cuyo caso interpondr¨¢ el recurso; o discrepar de su criterio y no presentarlo. La decisi¨®n de recurrir el fallo fue confirmada por el fiscal jefe de M¨¢laga, Manuel Vill¨¦n.
Germ¨¢n S¨¢enz de Santamar¨ªa y Armando Polivio fueron absueltos porque, aunque la secci¨®n tercera de la Audiencia que los juzg¨® estim¨® que hab¨ªan cometido un delito de aborto, entendi¨® que no precisamente por el aspecto por el que hab¨ªan sido acusados por la Fiscal¨ªa.
El Ministerio P¨²blico ped¨ªa para ambos siete y cinco a?os de c¨¢rcel respectivamente porque sosten¨ªa que al haber interrumpido el embarazo a una menor de 16 a?os sin el consentimiento paterno, los dos ginec¨®logos hab¨ªan delinquido. La Sala, en cambio, consider¨® v¨¢lido el consentimiento dado por la joven para la intervenci¨®n porque viv¨ªa emancipada con su pareja, una situaci¨®n que era conocida y tolerada por sus padres.
Donde estim¨® que s¨ª hab¨ªa existido delito era en el hecho de que el aborto no cont¨® con el preceptivo informe psiqui¨¢trico. Por lo tanto, el tribunal concluy¨® que la interrupci¨®n del embarazo no quedaba encasillada en el supuesto previsto en la ley de peligro grave para la salud ps¨ªquica de la madre que esgrimieron los m¨¦dicos inculpados y que en consecuencia era ilegal.
Pero como la Fiscal¨ªa no los acus¨® por este apartado, la sala proclam¨® la 'imposibilidad legal' de condenarlos, ya que 'una condena sorpresiva' supondr¨ªa indefensi¨®n. Aunque S¨¢enz de Santamar¨ªa certific¨® el riesgo que supon¨ªa el embarazo para la salud ps¨ªquica de la joven, la Sala no dio validez a este documento porque el acusado no era psiquiatra y porque adem¨¢s pertenec¨ªa a la misma cl¨ªnica en la que se hizo la interrupci¨®n del embarazo.
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