El acoso sexual
Si rechazable es cualquier conducta constitutiva de 'acoso', m¨¢s reprochable resulta cuando va acompa?ada del adjetivo 'sexual', puesto que afecta a una parcela reservada y personal¨ªsima de la dignidad humana. Cuando esos comportamientos se dan en el ¨¢mbito profesional, el ordenamiento jur¨ªdico laboral se ocupa de articular mecanismos para lograr su fin y sancionar al autor, y ello con independencia de si tales conductas pueden dar lugar tambi¨¦n a una sanci¨®n penal.
El acoso sexual puede definirse como un comportamiento libidinoso, no deseado por generar un ambiente laboral desagradable, inc¨®modo, intimidatorio, ofensivo o humillante para el trabajador. Se trata de una conducta que afecta por motivos hist¨®ricos y sociol¨®gicos con mayor frecuencia a las mujeres, por lo que, adem¨¢s de atentar contra la dignidad e intimidad de la persona y su integridad f¨ªsica y moral, conecta con los principios de igualdad y no discriminaci¨®n.
Es campo de muy dif¨ªcil valoraci¨®n al entrar en el ¨¢mbito de las relaciones humanas, dependiendo su enjuiciamiento, en muchos casos, de la idiosincrasia de cada individuo y de la costumbre social, por lo que todo el tema aparece impregnado de una gran subjetividad.
La jurisprudencia laboral va a exigir tres requisitos para entender que hay acoso sexual: una conducta con claro contenido libidinoso, el rechazo de su destinatario y que tal conducta sea 'grave', por reiteraci¨®n, intensidad y efectos sobre la salud, generando un entorno laboral 'hostil'. Otros elementos frecuentes son la existencia de una relaci¨®n de subordinaci¨®n entre ofensor y v¨ªctima o la presencia explicita o impl¨ªcita de un 'chantaje', de forma que del comportamiento del acosado puedan derivarse perjuicios o beneficios para ¨¦l.
?Qu¨¦ puede hacer la v¨ªctima? En primer lugar, puede instar la extinci¨®n indemnizada del contrato; adem¨¢s, puede solicitar una indemnizaci¨®n adicional por da?os morales, y puede igualmente denunciar ante la autoridad laboral la conducta del empresario, pues el acoso sexual aparece conceptuado por nuestras leyes como infracci¨®n muy grave.
Consultorio elaborado por el Equipo Jur¨ªdico-Laboral de datadiar.com. Tel¨¦fono: 902 090 222.
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