Archivada la querella contra La Bruixa d'Or por vender loter¨ªa a trav¨¦s de Internet
La fiscal¨ªa se?ala que el ingreso en la UE cambi¨® los conceptos de contrabando y frontera
Vender loter¨ªa fuera del territorio espa?ol a trav¨¦s de Internet no constituye un delito de contrabando, seg¨²n un decreto de la Fiscal¨ªa de Lleida. Por ello, este organismo ha decidido archivar las diligencias penales abiertas el pasado mes de julio contra los responsables de la administraci¨®n de loter¨ªa La Bruixa d'Or de Sort (Pallars Sobir¨¤). Este establecimiento, que este a?o prev¨¦ facturar unos 36 millones de euros (6.000 millones de pesetas), es l¨ªder de ventas de loter¨ªa en Espa?a, superando ampliamente a otros puntos de gran tradici¨®n, como Do?a Manolita de Madrid y Vald¨¦s de Barcelona.
La investigaci¨®n judicial se inici¨® tras una denuncia de la Agencia Tributaria de Lleida, que entendi¨® que los titulares de la Bruixa d'Or, Xavier Gabriel y su esposa, Rosa Maria Gali, hab¨ªan incurrido en un presunto delito de contrabando por la venta de loter¨ªa al extranjero a trav¨¦s de Internet por 3,6 millones de euros.
Hacienda considera que la loter¨ªa es, al igual que el tabaco, un g¨¦nero estancado sujeto al monopolio del Estado que s¨®lo puede venderse en territorio espa?ol y que, en caso de hacerlo a residentes en otros pa¨ªses, el administrador de la tienda de loter¨ªa est¨¢ obligado a depositarlos previamente en una entidad bancaria.
La legislaci¨®n establece que existe contrabando cuando el valor del g¨¦nero vendido en el extranjero supera los 18.000 euros. No obstante, la Fiscal¨ªa de Lleida juzga equivocados los argumentos aducidos por la Agencia Tributaria para considerar delictiva la venta de loter¨ªa al exterior, sobre todo a Andorra, donde el Organismo Nacional de Loter¨ªas y Apuestas del Estado (ONLAE) tiene tres puntos en los que los residentes del vecino pa¨ªs sellan boletos de Primitiva, Bono Loto y quinielas. Un informe aportado a las diligencias por el ONLAE desvirt¨²a la evaluaci¨®n delictiva de la conducta de los denunciados y justifica su actuaci¨®n en el entorno econ¨®mico y social de la actividad.
El Servicio de Vigilancia Aduanera comprob¨® que La Bruixa d'Or vende loter¨ªa tanto en Espa?a como en el extranjero, ya sea en ventanilla o por Internet. En el segundo supuesto, el comprador ingresa el importe de los billetes en una cuenta bancaria de Sort y despu¨¦s la administraci¨®n le remite a su domicilio los billetes o d¨¦cimos adquiridos mediante un servicio de env¨ªos urgentes.
Incorporaci¨®n a la UE
La Fiscal¨ªa de Lleida entiende que la venta de loter¨ªa al extranjero no puede tipificarse como contrabando, y mucho menos desde la incorporaci¨®n de Espa?a a la Uni¨®n Europea, un acontecimiento que no s¨®lo ha modificado el marco legal de las relaciones comerciales, sino tambi¨¦n el concepto de frontera. "La frontera del Estado", se?ala la fiscal¨ªa, "ya no se configura como frontera fiscal para el tr¨¢fico con otros Estados miembros de la UE y ello es fruto de la influencia en nuestro ordenamiento jur¨ªdico de los principios de derecho comunitario, como son la libertad de empresa, de tr¨¢nsito de personas y tr¨¢fico de mercanc¨ªas entre los Estados miembros".
Seg¨²n la fiscal¨ªa, en el ¨¢mbito de libre circulaci¨®n de mercanc¨ªas dentro de la UE, "el tabaco no tiene la consideraci¨®n de g¨¦nero estancado", si bien la Ley de Represi¨®n del Contrabando mantiene dicha consideraci¨®n por su especial relevancia fiscal. Sin embargo, cuestiona que la Agencia Tributaria pueda aplicar el mismo concepto a los billetes de loter¨ªa, ya que la situaci¨®n pol¨ªtica y econ¨®mica de Espa?a ha variado en los ¨²ltimos a?os, estableci¨¦ndose un marco competencial en el que las comunidades aut¨®nomas "juegan cada vez un mayor papel en el dise?o de los ingresos y gastos p¨²blicos, asumiendo competencias que no estuvieran atribuidas en exclusiva al Estado, con lo que, en lo referente al juego de loter¨ªas, vuelve a quebrar el concepto de monopolio, entendido como un solo oferente en el juego de la oferta y la demanda".
La fiscal¨ªa afirma que algunas autonom¨ªas, como la catalana, han asumido competencias en materia de loter¨ªas y no s¨®lo una mayor participaci¨®n en los ingresos, sino tambi¨¦n un aumento de la capacidad normativa en los impuestos del Estado. Adem¨¢s, existen asociaciones y fundaciones con capacidad de organizar sorteos y loter¨ªas, como la ONCE. "Ello supone una quiebra del monopolio del Estado en este aspecto", a?ade. Por consiguiente, precisa que la venta de loter¨ªa en pa¨ªses de la UE y Andorra no podr¨¢ nunca ser constitutiva de un delito de contrabando.
Normativa arcaica
A juicio de la Fiscal¨ªa de Lleida, los propietarios de La Bruixa d'Or tampoco han actuado de forma antijur¨ªdica porque "la simple desobediencia de una norma en una actividad reglada por la Administraci¨®n no puede ser corregida por el Derecho Penal". En este caso, los loteros han cumplido siempre con sus obligaciones fiscales y han efectuado todas las declaraciones, retenciones e ingresos tributarios a que est¨¢n obligados por la Instrucci¨®n General de Loter¨ªas. Adem¨¢s, la venta por Internet de billetes de loter¨ªa es l¨ªcita y se considera una operaci¨®n efectuada dentro del territorio espa?ol. El decreto de archivo de las diligencias concluye que los loteros "han actuado a la vista (...) siguiendo las instrucciones de la Administraci¨®n, declarando sus tributos, y no puede serles exigible, en el siglo XXI, una normativa arcaica de 1956 que, t¨¦cnicamente, es inaplicable y presumiblemente est¨¢ derogada por la Ley de Represi¨®n del Contrabando de 1995".
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