Ley, orden y demagogia
LA CONCESI?N por la juez de vigilancia penitenciaria Ruth Alonso del tercer grado penitenciario y la libertad condicional a los presos de ETA Luis Mar¨ªa Azkargorta y Mar¨ªa ?ngeles P¨¦rez del R¨ªo (sentenciados, respectivamente, a 45 y 27 a?os de c¨¢rcel) despu¨¦s de cumplir las tres cuartas partes de la condena (gracias a la redenci¨®n de penas por el trabajo) ha calentado todav¨ªa m¨¢s la confusionista campa?a de ley y orden lanzada por el PP en plenas fiestas navide?as para desviar la atenci¨®n del naufragio del Prestige e ir preparando las elecciones municipales. La estrella de esa escandalosa operaci¨®n publicitaria es un heterog¨¦neo conjunto de reformas penales, procesales y penitenciarias con objetivos variopintos: elevar a 40 a?os la pena m¨¢xima en los delitos terroristas, imponer el cumplimiento efectivo de ese tipo de condenas, endurecer los requisitos exigidos para conseguir al tercer grado y la libertad condicional, ampliar los supuestos de la prisi¨®n preventiva y perseguir de por vida el pago de las deudas por responsabilidad civil. Dentro de ese aparatoso despliegue propagand¨ªstico se inscribe la estampa virada en sepia -a la vez populista y del antiguo r¨¦gimen- de la recepci¨®n ofrecida por Aznar a una comisi¨®n de representantes de los sectores comerciales m¨¢s castigados por los atracos a mano armada de las bandas de delincuentes comunes.
La irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales impide que la reforma penal y penitenciaria en curso se aplique a los actuales presos de ETA
La resoluci¨®n de la juez de vigilancia penitenciaria no aplic¨® los principios de la draconiana reforma penal y penitenciaria ahora en curso, sino la legalidad vigente (por discutible que pueda ser su interpretaci¨®n). Los cancerberos del PP se lanzaron de inmediato a dar caza a Ruh Alonso, reci¨¦n salida del linchamiento profesional y personal de que fue objeto hace tres meses por la puesta en libertad condicional del malogrado Gil Osteaga. En esa tarea rufianesca han sobresalido los ministros Michavila y Acebes, cada vez m¨¢s parecidos a la pareja policial de Las aventuras de Tint¨ªn por su tendencia a repetir con id¨¦nticas palabras -como sol¨ªan hacer Hern¨¢ndez y Fern¨¢ndez-los mismos mensajes y consignas. Olvidada desde hace tiempo por el Gobierno la promesa electoral del PP de respetar las resoluciones de los tribunales, los ministros de Justicia y de Interior han cometido ahora la vileza de acusar a la magistrada de dar "una segunda oportunidad a los terroristas" para seguir matando. No deja de producir cierta grima que estos aseados petimetres consideren como irrisorio un encierro carcelario de s¨®lo 20 a?os de duraci¨®n o utilicen demag¨®gicamente el dolor de las viudas de los guardias civiles asesinados por ETA para intimidar a los jueces y tapar la boca de los discrepantes.
La estrategia inicial del PP para imponer por las bravas su paquete electoralista de ley y orden parece estar girando -como ya ocurri¨® con la Ley de Partidos- hacia una actitud negociadora: la reuni¨®n del Pacto para la Justicia del pasado mi¨¦rcoles abre al menos un cierto margen de esperanza. Para evitar amargos despertares, el Gobierno no puede seguir enga?ando a la opini¨®n y debe explicar las restricciones que la Constituci¨®n impone a sus proyectos. ?nicamente las reformas procesales (como la nueva regulaci¨®n de la prisi¨®n preventiva y la creaci¨®n de los juzgados de vigilancia penitenciaria de la Audiencia Nacional) tendr¨¢n efectos inmediatos; en cambio, las reformas penales y penitenciarias estar¨¢n sujetas a "la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales" garantizada por el art¨ªculo 9 de la Constituci¨®n. S¨®lo los hechos delictivos posteriores a la promulgaci¨®n de las leyes en curso podr¨¢n dar lugar a la elevaci¨®n del m¨¢ximo de cumplimiento de la condena a 40 a?os y al endurecimiento de los requisitos para obtener el tercer grado y la libertad condicional: los autores de los cr¨ªmenes perpetrados antes de esa fecha (entre ellos, el medio centenar de presos de ETA condenados o a la espera de juicio) tendr¨¢n derecho al tratamiento penal y penitenciario de los C¨®digos de 1973 y 1995 si su aplicaci¨®n les resulta m¨¢s beneficiosa.
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