Bot¨ªn prueba que el pago a Amus¨¢tegui se pact¨® en 1999 y no en 2001
Los 43,75 millones eran un 'bonus' por los servicios prestados al Central Hispano
Emilio Bot¨ªn-Sanz de Sautuola, presidente del Banco Santander Central Hispano (SCH), prob¨® ayer ante la juez Teresa Palacios que la indemnizaci¨®n de 43,75 millones de euros que percibi¨® el presidente de honor de la entidad, Jos¨¦ Mar¨ªa Amus¨¢tegui, cuando dej¨® el banco se pact¨® como un bonus el 15 de enero de 1999, y no en agosto 2001, como compensaci¨®n a su salida anticipada del cargo varios meses antes de lo previsto, como se?alaba la querella presentada contra ellos por presunto delito societario.
Tanto Bot¨ªn como Amus¨¢tegui declararon en calidad de imputados en la querella interpuesta el pasado mes de noviembre por el abogado Juan Francisco Franco Otegui y que fue admitida a tr¨¢mite en diciembre de 2002 por la magistrada. En la querella se acusaba a Bot¨ªn de haber entregado 43,75 millones de euros como indemnizaci¨®n a Amus¨¢tegui por dejar el banco antes de la fecha que le correspond¨ªa en los acuerdos de fusi¨®n, en perjuicio de los accionistas de la entidad.
La querella relataba los roces y enfrentamientos que se produjeron entre las ejecutivas de los bancos tras la fusi¨®n y c¨®mo los directivos del Santander triunfaron en la pugna por el control de la entidad resultante. Aunque Amus¨¢tegui y Bot¨ªn hab¨ªan pactado la copresidencia, "el primero se hab¨ªa convertido en una molestia y un freno para los planes del segundo, que deseaba no tener que dar explicaciones a nadie y convertirse en el ¨²nico presidente de la entidad", dec¨ªa el escrito.
Por ello, se?alaba que para acelerar el tr¨¢mite por el que se convertir¨ªa en presidente ¨²nico, Bot¨ªn pact¨® con Amus¨¢tegui una indemnizaci¨®n de 43,75 millones de euros "satisfechos durante el ejercicio 2001 con car¨¢cter extraordinario y no recurrente", y que figuran en una partida titulada Compromisos por pensiones y otros seguros.
Sin embargo, entre los documentos aportados al juzgado por el banco figuran, con fecha 15 de enero de 1999, los contratos de fusi¨®n y otro contrato en el que se pacta la indemnizaci¨®n y la jubilaci¨®n de Amus¨¢tegui, que ser¨ªa efectiva tras dejar la presidencia del SCH en 2002.
En ese contrato se especifica que Amus¨¢tegui cobrar¨ªa 43,75 millones de euros en caso de jubilaci¨®n, invalidez o cese, y en caso de fallecimiento lo percibir¨ªan su viuda y su primera mujer. Adem¨¢s, el presidente de honor cobrar¨ªa 5.108.603 euros anuales, m¨¢s el 70% de la cantidad a que tiene derecho un consejero de su nivel como emolumentos, y mantiene el plan de opciones sobre acciones, el despacho y dos secretarias, y la presidencia de la Fundaci¨®n Santander Central Hispano.
Coincidencias
Bot¨ªn y Amus¨¢tegui declararon ante la juez con dos horas de diferencia, pero, seg¨²n los asistentes, sus manifestaciones fueron id¨¦nticas, incluso en las expresiones. Ambos se negaron a contestar las preguntas formuladas por el abogado de la acusaci¨®n, ejercida por el letrado Jos¨¦ Luis L¨®pez S¨¢nchez, en sustituci¨®n del querellante, Juan Francisco Franco Otegui.
Los dos banqueros afirmaron que los 43,75 millones de euros correspond¨ªan a un bonus por los servicios prestados por Jos¨¦ Mar¨ªa Amus¨¢tegui al Central Hispano desde el a?o 1985, y explicaron que entre esos servicios destacaba la Operaci¨®n Airtel, que llev¨® ¨¦l personalmente, en la que la entidad obtuvo unos beneficios de 800.000 millones de pesetas (4.808 millones de euros). Los contratos en cuesti¨®n fueron aprobados por unanimidad por el consejo de administraci¨®n resultante de la fusi¨®n.
Adem¨¢s, justificaron que las condiciones de jubilaci¨®n figuraran en el contrato debido a que Amus¨¢tegui iba a marcharse en 2002, mientras que Bot¨ªn iba a permanecer al frente de la entidad.
Los dos insistieron en que el Banco de Espa?a ten¨ªa conocimiento detallado de los acuerdos de fusi¨®n y del contrato de jubilaci¨®n y que no ha puesto de manifiesto que ello constituya una anomal¨ªa. El letrado de la acusaci¨®n, sin embargo, sostuvo que el Banco de Espa?a no tiene por qu¨¦ cuestionar aspectos legales de la sociedad, salvo que afectasen a la solvencia de la entidad, y que la indemnizaci¨®n pactada, aunque cuantiosa, no hizo tambalearse al banco.
Bot¨ªn aclar¨® que si en la junta de accionistas no se explic¨® claramente el destino de los fondos que hab¨ªan sido destinados a la indemnizaci¨®n de Amus¨¢tegui, fue para "salvaguardar la intimidad de las personas afectadas".
As¨ª las cosas, y desmontada la versi¨®n de que los 43,75 millones fueron la oferta de Bot¨ªn a Amus¨¢tegui para dejar la entidad en 2001 y poder encaramarse a la presidencia ¨²nica del SCH, las discrepancias entre acusaci¨®n y defensa se centran ahora en si la decisi¨®n del pago era competencia del consejo de administraci¨®n del banco, como sostienen los abogados de la defensa, o de la junta general de accionistas, como mantienen los letrados de la acusaci¨®n.
Adem¨¢s, el letrado acusador indic¨® tambi¨¦n que la ley exige que en los acuerdos de fusi¨®n figuren las ventajas que obtienen los administradores, y en el contrato de 15 de enero de 1999 se se?alaba expresamente que ninguno de los administradores obten¨ªa ninguna ventaja de la fusi¨®n. A su entender, ello constitu¨ªa una irregularidad, puesto que la indemnizaci¨®n fijada representaba a su juicio una ventaja no declarada.
La defensa, por el contrario, argumenta que el bonus no era una ventaja de la fusi¨®n y que, por tanto, no ten¨ªa que figurar en el contrato.
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