Ayuda a bien morir
Los herederos de Ram¨®n Sampedro, el tetrapl¨¦jico espa?ol que durante a?os demand¨® sin ¨¦xito ayuda m¨¦dica al Estado para morir dignamente, siguen reclamando a las instancias jur¨ªdicas internacionales el derecho a una muerte digna en situaciones terminales o extremas de la existencia, en las que la vida deja de asimilarse al concepto de vida humana.
En la queja contra Espa?a por supuesta vulneraci¨®n del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol¨ªticos que tiene sobre su mesa el Comit¨¦ de Derechos Humanos de la ONU, los herederos del tetrapl¨¦jico espa?ol fallecido en 1998 han aportado como prueba el v¨ªdeo de su agon¨ªa angustiosa, falta de una adecuada asistencia m¨¦dica y sanitaria, convertido en un alegato a favor de la despenalizaci¨®n de la eutanasia en determinadas circunstancias y bajo garant¨ªas tasadas. En contra de lo que alega el abogado del Estado espa?ol, tiene sentido reclamar ante la ONU "el derecho a morir dignamente", pues Sampedro no muri¨® dignamente, conforme era su deseo, sino a escondidas y a la desesperada, con el concurso de una mano amiga pero inexperta y no con el de la ciencia m¨¦dica.
En las sociedades envejecidas de Occidente, en las que la vida se alarga con grave riesgo de su degradaci¨®n progresiva, los Gobiernos no pueden quedarse quietos, por prejuicios o c¨¢lculos electorales, ante las demandas de quienes piden ayuda m¨¦dica para poner fin voluntariamente a una vida degradada y sin esperanza. Casos como el de Sampedro, o recientemente el del tetrapl¨¦jico brit¨¢nico que viaj¨® a Suiza para poder morir sin causar problemas legales a los m¨¦dicos que le ayudaron, urgen a dar una respuesta legal y humanitaria a situaciones que, con diversos matices, son frecuentes hoy d¨ªa y lo ser¨¢n cada vez m¨¢s en el futuro. Por eso tiene importancia el pronunciamiento del Comit¨¦ de Derechos Humanos de la ONU en el caso Sampedro. Si fuera favorable, los Estados, y en primer t¨¦rmino el espa?ol, tendr¨ªan menos pretextos para seguir dando largas a una regulaci¨®n legal de la eutanasia que, con todas las precauciones y garant¨ªas exigibles, reconozca el derecho del paciente a decidir c¨®mo debe ser su tr¨¢nsito de la vida a la muerte. En l¨ªnea con lo que ya sucede en Holanda.
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