El Tribunal de Cuentas condena al alcalde de Madrid a devolver 103.000 euros
?lvarez del Manzano cometi¨® una "grave negligencia" al gastar dinero p¨²blico sin justificar
La cuenta atr¨¢s de Jos¨¦ Mar¨ªa ?lvarez del Manzano como alcalde de Madrid vendr¨¢ marcada por una mancha que el Tribunal de Cuentas ha estampado en su balance de gesti¨®n del dinero p¨²blico. Este tribunal ha fallado que el regidor popular es culpable con "grave negligencia" del perjuicio causado al erario por el uso irregular que hizo de su cuenta restringida entre 1992 y 2000. El da?o a las arcas municipales se cifra en 171.345 euros, si bien s¨®lo se le exige restituir 103.776 euros por haber prescrito lo anterior a junio de 1995. De haberlo devuelto voluntariamente, el alcalde se habr¨ªa evitado el fallo.
Los consejeros del Tribunal de Cuentas consultados por este peri¨®dico no recuerdan un varapalo similar para un gestor p¨²blico por gasto indebido de fondos p¨²blicos para representaci¨®n. El antecedente m¨¢s parecido es el de la ex directora de TVE, Pilar Mir¨®, quien ataj¨® la posibilidad de ser condenada por el Tribunal de Cuentas al reintegrar en noviembre de 1988 un total de 2.127.000 pesetas que en diligencias previas fueron cuestionados por los auditores p¨²blicos.
La t¨¢ctica del alcalde de Madrid ha sido distinta. Desde que el Tribunal de Cuentas inici¨® su investigaci¨®n en 2000 por denuncia del PSOE, ?lvarez del Manzano defendi¨® la legalidad del uso de su cuenta restringida. Para evitar testificar, afirm¨® que estaba de acuerdo en los hechos denunciados por el PSOE -pagos con dinero p¨²blico de viajes de su esposa, donativos a entidades religiosas o a su costurera, compras de joyas, etc¨¦tera-. El alcalde s¨®lo discrepaba en la interpretaci¨®n jur¨ªdica de estos gastos, que ¨¦l cre¨ªa legales. Tras eludir el juicio, qued¨® a la espera de la sentencia. El tribunal ha emitido su fallo. Pulveriza la intepretaci¨®n del alcalde y respalda las tesis del PSOE. El alcalde deber¨¢ devolver 103.776 euros. Las bases de la sentencia son las que siguen:
DESCONTROL DEL GASTO No rindi¨® cuentas
Desde 1992 a 2000 no hubo rendici¨®n de los gastos cargados a la cuenta restringida del alcalde. Durante estos a?os la partida para los gastos del alcalde se expidi¨® en firme (justificado de antemano), pero "sin la previa justificaci¨®n de los gastos realizados", a diferencia de lo ocurrido en la etapa socialista, donde se entregaba el dinero pendiente de posterior justificac¨ª¨®n mediante facturas. Bajo el mandato de ?lvarez de Manzano el uso de esta partida ni se justific¨® antes de su gasto, ni despu¨¦s. "No se justificaba la aplicaci¨®n de los fondos percibidos en el plazo m¨¢ximo de tres meses desde su percepci¨®n, y ni siquiera antes del cierre del ejercicio econ¨®mico".
El auto destaca la "tard¨ªa y defectuosa" entrega de las justificaciones del gasto de la cuenta restringida del alcalde. Los expedientes de los a?os 1995, 1996, 1997, 1998 y 1999 fueron entregados al interventor en febrero de 2000, tras haber denunciado EL PA?S la supuesta anomal¨ªa en el uso de la cuenta restringida. Este hecho le vale un serio reproche al entonces interventor del Ayuntamiento, Vicente Arnau. "No requiri¨® la rendici¨®n de las cuentas en los plazos oportunos, que hubiera posibilitado realizar reparos a la naturaleza de los diversos gastos irregularmente imputados, y resulta rechazable que no habiendo emitido informe alguno, el 21 de febrero de 2000 admita que las cuentas quedaban en dep¨®sito del jefe del gabinete, Joaqu¨ªn Moreno Moya, sin ser rendidas y sin que realizara ninguna explicaci¨®n sobre ello, al tiempo que a requerimiento del alcalde emita en esa fecha un informe para valorar que todos los gastos est¨¢n justificados y son similares a los gestionados por otros alcaldes, como si el hecho de haber sido posiblemente irregular la gesti¨®n de esta cuenta en ¨¦pocas pasadas pudiera justificar la gesti¨®n irregular actual de la misma".
El tribunal acusa a este funcionario sin condenarle: "Dicho interventor pudo haber incurrido en responsabilidad contable a tenor de la informaci¨®n que consta en autos, pero no ha sido imputado ni demandado, por lo que este tribunal no puede hacer pronunciamiento alguno de condena, salvo el reproche a su inhibici¨®n e incumplimiento de sus funciones administrativas".
CULPA DEL ALCALDE Gravemente negligente
El Tribunal de Cuentas no salva al alcalde, que incurri¨® en "responsabilidad directa" por ser ordenador y receptor de los pagos. "Su actuaci¨®n fue gravemente negligente porque produjo los perjuicios sin observar la m¨¢s m¨ªnima diligencia, ya que no s¨®lo no pidi¨® durante el periodo informe de ¨®rgano independiente sobre la gesti¨®n de los gastos de la cuenta, sino que acept¨® un sistema de pago en firme, sin previa justificaci¨®n, en contra de las bases de ejecuci¨®n de los presupuestos".
La sentencia denuncia el uso viciado del sistema de justificaci¨®n previa para no hacerlo ni antes ni despu¨¦s. "El sistema de pagos en firme encubriendo un sistema de pagos a justificar autom¨¢ticamente le configuraba como responsable del destino y aplicaci¨®n de los fondos". Tal pr¨¢ctica del alcalde le "posibilit¨® una total discrecionalidad y subjetividad en la realizaci¨®n de ciertos gastos de naturaleza incompatible con la finalidad de la dotaci¨®n crediticia y que dif¨ªcilmente podr¨ªan haber sido aceptados de haberse pagado en firme y fiscalizado correctamente".
VIAJES DE LA ESPOSA Sin funci¨®n ni agenda
El Tribunal de Cuentas ha querido ser generoso con los viajes de la esposa como acompa?ante del alcalde costeados con dinero p¨²blico, aunque "carece de funci¨®n representativa alguna". Admite que por razones sociales o de protocolo pudiera resultar obligada su presencia siempre que se acrediten dos condiciones: que los viajes sean oficiales y que el programa de actos incluya su intervenci¨®n. Pese a estirar los l¨ªmites legales, el tribunal s¨®lo halla dos viajes en los que ve aceptable que el Ayuntamiento pagase los desplazamientos de Eulalia Mir¨®: a Roma, para una asamblea de la Uni¨®n de Capitales de la UE y a Orlando, para el lanzamiento del Discovery. En todos los dem¨¢s "no se ha acreditado su asistencia" a los actos programados. El da?o a las arcas p¨²blicas de sus viajes inmotivados suman 21.592 euros.
VIAJES PRIVADOS Boda particular
Menos trabajo le cuesta al Tribunal despachar el cap¨ªtulo de viajes denunciados como privados. Ni el viaje a Jarandilla de la Vera (C¨¢ceres) para ser nombrado caballero de la Orden de Yuste ni su desplazamiento en familia a Badajoz para la boda de un hijo del ex diputado Luis Ramallo pueden conceptuarse como de car¨¢cter institucional. Gast¨® indebidamente 517 euros.
DONATIVOS ILEGALES La caridad es privada
La doctrina del Tribunal de Cuentas es di¨¢fana: "Es muy loable que el se?or ?lvarez del Manzano pueda realizar cuantos actos caritativos considere necesarios con cargo a su patrimonio privado, pero no es ajustado a derecho que el Ayuntamiento de Madrid efect¨²e este tipo de disposici¨®n de fondos". El car¨¢cter particular de estos donativos se constata, adem¨¢s, en la ausencia de justificaci¨®n del destino otorgado a los fondos concedidos. El auto se?ala el ¨²nico camino para tales ayudas: las subvenciones, bajo los requisitos legales de publicidad, concurrencia y objetividad. A diferencia del fiscal, ve tan ilegales los donativos a entidades religiosas, como a las laicas. El monto de las donaciones irregulares suma 147.520 euros.
REGALO DE JOYAS Distinci¨®n que discrimina
El Tribunal da por buenos aquellos regalos que pueden tener como destinatario a personalidades o entidades que se relacionan con el Ayuntamiento y que por su escasa cuant¨ªa tienen un car¨¢cter promocional. Pero no pasa por alto los asignados por el alcalde "al personal que m¨¢s directamente colabora con ¨¦l y a su secretaria particular con motivo de su jubilaci¨®n". Tales d¨¢divas suponen una discriminaci¨®n y una retribuci¨®n en especie. El da?o al erario suma 1.713 euros.
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