Arranca la campa?a de renta
El 2 de mayo se abre el plazo para presentar el IRPF sin que haya apenas novedades, salvo en planes de pensiones
El 2 de mayo comienza la campa?a de renta. Acaba para todos, independientemente de que haya que pagar a Hacienda o de que ¨¦sta devuelva alguna cantidad, el 30 de junio. Ser¨¢ ¨¦sta la ¨²ltima declaraci¨®n que se realice bajo las normas del ya llamado antiguo IRPF. Salvo en lo relativo a planes de pensiones, no hay grandes novedades respecto al pasado a?o.
En esta campa?a tienen que presentar declaraci¨®n de renta todas las personas que, con residencia fiscal en Espa?a, hayan obtenido en 2002:
1. Rentas del trabajo superiores a 21.035,42 euros.
Deben presentar declaraci¨®n, sin importar la cuant¨ªa de sus rentas, las personas que deseen utilizar las deducciones por vivienda
2. Rentas del trabajo inferiores a 21.035,42 euros, pero superiores a 7.813,16 euros siempre que estos ingresos se hayan cobrado de m¨¢s de una empresa (pagadores en terminolog¨ªa de Hacienda, que deben haber abonado m¨¢s de 601,01 euros cada uno de ellos).
3. Rentas del trabajo superiores a 7.813,16 euros si se han recibido como pensi¨®n compensatoria del c¨®nyuge o como anualidades por alimentos, salvo que estas ¨²ltimas procedan de los padres por decisi¨®n judicial.
4. Rentas del trabajo superiores a 7.813,16 euros si quien las recibi¨® no adelant¨® a Hacienda ninguna cantidad.
5. Rendimientos del capital mobiliario (dividendos de acciones, intereses de cuentas, de dep¨®sitos...) y ganancias de patrimonio (beneficios por la venta de acciones, de inmuebles...), siempre que su valor supere los 1.502,53 euros.
6. Subvenciones para comprar viviendas de protecci¨®n oficial o de precio tasado o rendimientos del capital mobiliario de Letras del Tesoro que superen conjuntamente la cantidad de 601,01 euros.
7. Rentas inmobiliarias superiores a 300,51 euros.
Algunas deducciones
Deben presentar declaraci¨®n, sin importar la cuant¨ªa de sus rentas, las personas que deseen utilizar las deducciones por inversi¨®n en vivienda, por aportaciones a planes de pensiones o a mutualidades de previsi¨®n social y por doble imposici¨®n internacional. En ning¨²n caso tienen que declarar quienes en 2002 sumaron unos ingresos de menos de 601,01 euros.
La declaraci¨®n puede ser individual o conjunta (como unidad familiar). Hay dos tipos de unidad familiar: la formada por los c¨®nyuges y sus hijos menores y la que dibujan los padres solteros, viudos, separados o divorciados que conviven con sus hijos.
La tarifa aplicable (escalas de gravamen) es la misma en ambos casos. Los tipos que determinan los impuestos a pagar vuelven a oscilar entre el 18% y el 48%. Los modelos de declaraci¨®n son ¨²nicamente dos: simplificado u ordinario (para quienes han obtenido rentas especiales, hayan abonado anualidades por alimentos para sus hijos por determinados importes...).
Los impuestos se aplican sobre la renta disponible, es decir, por la renta del contribuyente menos los llamados m¨ªnimos personales y familiares. Estos m¨ªnimos, que var¨ªan seg¨²n la edad, el estado civil, la situaci¨®n personal... (no hay cambios respecto a 2001), representan las cantidades que se consideran necesarias para la subsistencia de la familia y sobre las que, por tanto, no han de abonarse impuestos. Con car¨¢cter general, el m¨ªnimo personal es de 3.305,57 euros anuales. Si se es mayor de 65 a?os, ¨¦ste se eleva a 3.906,58 euros, y si se tiene alg¨²n tipo de discapacidad, puede llegar hasta 6.911,64 euros anuales. Como norma, por los dos primeros hijos los ingresos se deducen en 1.202,02 euros, y por el tercero y siguientes, en 1.803,04 euros.
El hecho de trabajar por cuenta ajena da tambi¨¦n derecho a disminuir el importe de los ingresos sobre los que pagar impuestos. Al igual que en 2001, estas reducciones oscilan entre los 2.253,78 y los 3.005,06 euros.
Si el resultado de la declaraci¨®n fuese positivo (hay que pagar a Hacienda), el particular puede optar por pagarlo de una vez o fraccionar su abono en dos plazos. Para ello hay que presentar la declaraci¨®n del 2 de mayo al 30 de junio, ambos inclusive, e ingresar el 60% de la deuda fiscal al presentar la declaraci¨®n. El 40% restante se pagar¨¢ antes del 5 de noviembre de 2003.
De nuevo en esta declaraci¨®n, los c¨®nyuges no separados legalmente que tributen de forma individual pueden compensar sus deudas entre s¨ª con Hacienda. Es decir, si a uno de ellos le sale a pagar y al otro a devolver, el primero podr¨¢ restar la cantidad del segundo y s¨®lo abonar el saldo restante.
Se podr¨¢ destinar el 0,5239% de la cuota ¨ªntegra al sostenimiento de la Iglesia cat¨®lica, independientemente de que se aporte una cantidad igual a fines sociales.
El futuro
El 1 de enero entr¨® en vigor un nuevo IRPF. Se han modificado aspectos sustanciales de la tributaci¨®n de los fondos de inversi¨®n, de los planes de pensiones, de los seguros, de las opciones sobre acciones... Pero ninguna de ellas debe aplicarse en la declaraci¨®n de renta que ha de presentarse en los pr¨®ximos d¨ªas. No es de aplicaci¨®n en esta declaraci¨®n de renta:
1. Ninguna rebaja en los tipos ni en los m¨ªnimos familiares o personales.
2. Ninguna ampliaci¨®n en la reducci¨®n de los rendimientos netos del trabajo.
3. La posibilidad de trasladar el dinero de un fondo de inversi¨®n a otro sin por ello tener que pagar impuestos por las ganancias obtenidas.
4. El tipo fijo del 15% cuando los beneficios efectivos en fondos de inversi¨®n (o en acciones, o por venta de inmuebles) se hayan obtenido en un plazo superior al a?o.
5. Una reducci¨®n del 40% sobre las ganancias obtenidas (rendimientos del trabajo) al ejercitar de forma completa el plan de opciones sobre acciones, teniendo ¨¦stas una antig¨¹edad superior a dos a?os y car¨¢cter de renta irregular.
6. Dos ¨²nicos tipos de porcentajes de reducci¨®n (40% y 75%) sobre las prestaciones percibidas en forma de capital procedentes de determinados contratos de seguros.
7. Una rebaja del 40% sobre los rendimientos del capital cuando se obtengan en m¨¢s de dos a?os.
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