Los ayuntamientos se constituir¨¢n el pr¨®ximo 14 de junio
La cuenta atr¨¢s para la constituci¨®n de los ayuntamientos y las juntas generales se inici¨® ayer. Hasta el 8 de junio se inicia el proceso de escrutinio de reclamaciones y proclamaci¨®n de los resultados oficiales por la Junta Electoral Central. Al d¨ªa siguiente, los nuevos electos ver¨¢n sus nombres publicados en el Bolet¨ªn Oficial y empezar¨¢ la labor institucional de los nuevos concejales y junteros, que deber¨¢n acreditar su nueva condici¨®n en las instituciones de las que van a formar parte e iniciar el proceso para la elecci¨®n de sus ¨®rganos.
Los ayuntamientos tendr¨¢n su sesi¨®n constitutiva el s¨¢bado 14 si no hay recursos contencioso-administrativos y si los hay, el viernes 4 de julio. Ser¨¢ entonces cuando se sepa qui¨¦nes son los alcaldes en los municipios vascos y en virtud de qu¨¦ acuerdos.
El proceso en Juntas Generales es similar en cuanto a la actuaci¨®n de la Junta Electoral Central y a la proclamaci¨®n de candidatos, pero diferente en sus tr¨¢mites internos. En Vizcaya, el reglamento de la C¨¢mara establece que una vez que se hayan acreditado un tercio de los apoderados el presidente de la junta permanente convocar¨¢ en siete d¨ªas una sesi¨®n donde se acreditar¨¢n y tomar¨¢n posesi¨®n de sus esca?os. En Guip¨²zcoa, el plazo es de cuatro d¨ªas para convocar y diez d¨ªas m¨¢s para establecer la fecha del pleno. En ?lava, el reglamento establece que en diez d¨ªas desde la proclamaci¨®n de candidatos se debe convocar el pleno.Despu¨¦s se formar¨¢ la Mesa de Edad. La presidencia y la vicepresidencia ser¨¢ para los dos electos mayores y las secretarias para los dos menores. Esta Mesa actuar¨¢ hasta la elecci¨®n de la definitiva por el pleno.
Una vez constituida la Mesa, el presidente comunicar¨¢ al diputado general en funciones el resultado y convocar¨¢ un nuevo pleno en siete d¨ªas. Tras resolverse posibles recursos pendientes, el presidente de la C¨¢mara convocar¨¢ un pleno para elegir al nuevo diputado general. Cada grupo prodr¨¢ presentar un candidato y en votaci¨®n secreta saldr¨¢ elegido en primera vuelta quien tenga mayor¨ªa absoluta. En segunda vuelta, basta con la mayor¨ªa simple.
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