Uno de cada dos reos acepta la pena pedida por el fiscal en los juicios r¨¢pidos
Los magistrados de la capital han celebrado un millar de vistas c¨¦leres en dos meses
Los juicios r¨¢pidos han empezado a despegar en junio, tras un mes de mayo lleno de dificultades y falta de previsi¨®n. En estos dos meses de vigencia de la nueva ley, la polic¨ªa ha remitido a los juzgados 1.324 casos susceptibles de ser tramitados como juicios r¨¢pidos, y de ellos se han celebrado casi 1.000 vistas. La cifra sigue alejada de la que prev¨¦ la ley (40 juicios diarios, entre delitos y faltas), pero revela una tendencia al alza. Una proyecci¨®n de los datos indica que a fines de 2003 se habr¨¢ superado considerablemente la cifra de 801 vistas c¨¦leres (s¨®lo por delitos) celebradas en 2002.
Los jueces est¨¢n celebrando ahora una media diaria de 15 juicios r¨¢pidos por delitos (la previsi¨®n era 24 diarios) y entre 12 y 15 por faltas (la previsi¨®n era de 16). Desde el pasado 28 de abril, cuando entr¨® en vigor la nueva ley de juicios r¨¢pidos, y hasta el 23 de junio se han tramitado o se?alado como vistas r¨¢pidas un total de 1.324 asuntos, seg¨²n los datos que manejan los jueces de la plaza de Castilla de Madrid.
Con los nuevos juicios r¨¢pidos, puestos en marcha merced a una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el Gobierno pretende dar una respuesta a las fechor¨ªas menos graves. Se trata de que los juicios contra los delincuentes se celebren con urgencia para que ¨¦stos, si reinciden, no puedan escudarse en que est¨¢n pendientes de juicios anteriores o sigan en libertad porque la sentencia no es firme.
Las faltas son infracciones penales leves, mientras que los delitos llevan aparejados penas de multa o de c¨¢rcel. Para que pueda instruirse como r¨¢pido un delito o celebrarse un juicio de faltas es fundamental que la polic¨ªa localice a los implicados y los cite para que acudan al juzgado de guardia al d¨ªa siguiente. Y tambi¨¦n es necesario que el autor de la falta o el delito sea sorprendido in fraganti, o bien que la polic¨ªa disponga de indicios suficientes sobre su identidad.
Conformidad con la pena
?sta es la raz¨®n del alto porcentaje de reos -m¨¢s del 50%- que se conforman con la pena que les pide el fiscal una vez son llevados por la polic¨ªa ante el juez. Seg¨²n fuentes judiciales, desde que empezaron a funcionar los juicios r¨¢pidos se ha producido un n¨²mero considerable de conformidades. Y es que la nueva ley prima con una rebaja del tercio de la pena a quienes, una vez detenidos, se reconocen autores del delito y aceptan la pena que, sobre la marcha, pide el fiscal.
Por ejemplo, si un reo acepta los 12 meses de c¨¢rcel que reclama el fiscal, el juez est¨¢ obligado a reducirle un tercio de la pena, o sea, cuatro meses; por tanto, la pena final quedar¨ªa en ocho meses. Muchos reos, al verse detenidos in fraganti, se conforman con la pena solicitada por el fiscal para que el juez se la rebaje.
En estos primeros dos meses, la polic¨ªa ha llevado a los juzgados 723 causas para su instrucci¨®n como juicio r¨¢pido por delito, y otras 601 para juicios por faltas. En los 393 juicios por delito ya se?alados o celebrados, 221 reos aceptaron la petici¨®n de pena del fiscal y se beneficiaron de la rebaja. Otros 172 acusados no aceptaron la pena del fiscal y prefirieron acudir a juicio. Si no hay conformidad, el juez de guardia instruye sobre la marcha la causa y la remite a un juzgado de lo Penal, donde se juzgan delitos con penas iguales o inferiores a cinco a?os de c¨¢rcel. ?ste debe celebrar el juicio obligatoriamente en los 15 d¨ªas siguientes.
Tambi¨¦n se han producido en estos dos primeros meses bastantes fallos policiales a la hora de determinar si un hecho es delito o falta. "El otro d¨ªa nos trajeron para juicio r¨¢pido por delito el caso de un hombre que hab¨ªa asestado una cuchillada en el est¨®mago a otra persona; eso no es para juicio r¨¢pido, eso es un intento de homicidio y requiere una tramitaci¨®n normal", explican en el Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 5 de la plaza de Castilla.
El problema es que la nueva ley de juicios r¨¢pidos deja en manos de la polic¨ªa una primera valoraci¨®n jur¨ªdica de los hechos. Y no siempre el criterio de los agentes coincide con el de los jueces. "Es que eso se ha hecho mal; son los profesionales del derecho quienes deben estudiar esa cuesti¨®n, pues es obvio que no todos los agentes tienen suficientes conocimientos jur¨ªdicos", coinciden en se?alar fuentes judiciales y de la Fiscal¨ªa de Madrid.
Y errores ha habido. De hecho, 182 atestados que la polic¨ªa remiti¨® a los juzgados para ser instruidos como juicio r¨¢pido por delito fueron transformados por los jueces en juicios de falta. Esto quiere decir que los autores de esos delitos, que llegaron detenidos a la plaza de Castilla, nunca debieron perder su libertad, porque el hecho que hab¨ªan cometido no era un delito, sino una simple falta.
Tambi¨¦n se han producido 106 casos (como el de la cuchillada antes mencionado) que llegaron a la plaza de Castilla como asuntos susceptibles de una instrucci¨®n r¨¢pida y que, en realidad, ten¨ªan m¨¢s envergadura de la inicialmente prevista por la polic¨ªa: los jueces les quitaron la etiqueta de "r¨¢pidos" y los transformaron en diligencias previas (normales). Al contrario, ha habido unos 140 asuntos que llegaron como normales a los juzgados y que, en opini¨®n de los jueces, reun¨ªan todos los requisitos para haber sido tramitados o celebrados como vistas c¨¦leres.
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