El Gobierno impugna el 'plan Ibarretxe' por su "ataque deliberado a la soberan¨ªa del pueblo espa?ol"
Michavila afirma que "el recurso al Constitucional es la respuesta democr¨¢tica a un plan totalitario"
El Gobierno, a trav¨¦s del Servicio Jur¨ªdico del Estado, present¨® a primera hora de ayer en el Tribunal Constitucional el escrito de impugnaci¨®n contra el plan Ibarretxe por sus "numerosas y graves violaciones de la Constituci¨®n" y porque constituye "un ataque deliberado a la soberan¨ªa del pueblo espa?ol". El ministro de Justicia, Jos¨¦ Mar¨ªa Michavila, subray¨® que la respuesta del Gobierno es "la respuesta democr¨¢tica a un plan totalitario" frente a quienes pretenden "la confrontaci¨®n, la exclusi¨®n y la quiebra de las reglas democr¨¢ticas". El escrito solicita que la propuesta de Ibarretxe sea declarada inconstitucional y nula, y, entretanto, que se ordene suspender su tramitaci¨®n. El Constitucional responder¨¢ sobre la suspensi¨®n no antes de quince d¨ªas .
El 'plan' quedar¨¢ suspendido por cinco meses si el tribunal admite la impugnaci¨®n
El escrito solicita al Tribunal Constitucional que admita la impugnaci¨®n en nombre del Gobierno "a la mayor brevedad" y declare inconstitucionales y nulos tanto el acuerdo del Gobierno vasco que aprueba la "Propuesta de Estatuto Pol¨ªtico para la Comunidad de Euskadi" como el acuerdo de la Mesa del Parlamento vasco mediante el que lo admite para su tramitaci¨®n parlamentaria.
El recurso invoca expresamente los art¨ªculos 161.2 de la Constituci¨®n y el 77 de la Ley Org¨¢nica del Tribunal Constitucional a fin de que se suspenda la eficacia de las resoluciones auton¨®micas que se combaten. La consecuencia, seg¨²n el Gobierno, debe ser que el Estatuto Pol¨ªtico de la Comunidad de Euskadi "no podr¨¢ ser tramitado" por el Parlamento vasco mientras el tribunal no levante la suspensi¨®n o desestime la impugnaci¨®n por sentencia.
Seg¨²n el art¨ªculo 65.1 de la Ley Org¨¢nica del Tribunal Constitucional, el Tribunal podr¨¢ solicitar ahora del Gobierno Vasco cuantas informaciones o precisiones juzgue necesarias para su decisi¨®n. Despu¨¦s, resolver¨¢ en los 15 d¨ªas siguientes al t¨¦rmino del plazo de alegaciones o del que, en su caso, se fije para las aclaraciones complementarias.
La suspensi¨®n recae autom¨¢ticamente a partir del momento en que el escrito se admita a tr¨¢mite. El tribunal deber¨¢ ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses, si antes no ha dictado sentencia. Fuentes del Constitucional cifraron ayer entre 15 d¨ªas y un mes el plazo para que el Pleno resuelva sobre la admisi¨®n.
El ministro de Justicia, Jos¨¦ Mar¨ªa Michavila, present¨® el escrito de impugnaci¨®n en rueda de prensa, en la que se?al¨® que el Gobierno acude al tribunal como "primera respuesta democr¨¢tica a un plan totalitario". A?adi¨® que esta respuesta al plan soberanista supone "invocar la raz¨®n del derecho y de la convivencia frente a quienes prefieren la confrontaci¨®n, la exclusi¨®n y la quiebra de las reglas democr¨¢ticas". Michavila advirti¨® tambi¨¦n de que quienes hoy impulsan proyectos totalitarios, corren el riesgo de ser arrastrados por el propio totalitarismo que ahora invocan".
El escrito impugna en un ¨²nico proceso tanto el acuerdo del Gobierno vasco del 25 de octubre de 2003 que aprob¨® la Propuesta de Estatuto Pol¨ªtico de la Comunidad de Euskadi y la remiti¨® al presidente de la C¨¢mara de Vitoria, como el acuerdo de la Mesa del Parlamento del 4 de noviembre, por el que se inici¨® la tramitaci¨®n parlamentaria. La acumulaci¨®n de ambas impugnaciones es factible, seg¨²n el escrito del Gobierno central, por existir "una conexi¨®n que justifica la unidad de tramitaci¨®n" entre ambos acuerdos. Estos son algunos de los principales aspectos del recurso:
- Reforma estatutaria. El recurso, de 46 folios, se articula en torno a seis ejes argumentales que pretenden demostrar que el plan Ibarretxe ha vulnerado m¨¢s de cien veces la Constituci¨®n. Con el fin de justificar la posibilidad de impugnaci¨®n, se parte de la base de que con su propuesta, el Gobierno vasco ha hecho en realidad uso de la iniciativa de reforma estatutaria que le otorga el art¨ªculo 46.1.b) del Estatuto de Gernika. As¨ª, se dice que, tanto el nombre utilizado ("Propuesta") como el precepto invocado, "obligan a concluir que el Gobierno vasco concibe y presenta la Propuesta de Estatuto como producto del ejercicio del derecho de iniciativa para la reforma estatutaria".
- Ruptura constitucional. "La Propuesta de Estatuto Pol¨ªtico o, sin m¨¢s, el Estatuto Pol¨ªtico, como lo llama ya el Bolet¨ªn Oficial del Parlamento Vasco, se caracteriza por sus numerosas y graves violaciones de la Constituci¨®n. Tan numerosas y tan graves que "no pueden haber pasado inadvertidas para el Gobierno vasco que aprob¨® la Propuesta, ni para la Mesa que la ha admitido a tr¨¢mite", argumenta el recurso.
La ¨²nica explicaci¨®n que el Ejecutivo central encuentra a esa conducta es que el Gobierno vasco ha querido aprobar "deliberadamente" una propuesta infractora de la Constituci¨®n, y la Mesa la ha admitido a tr¨¢mite "a sabiendas de su clamorosa inconstitucionalidad".
- Ataque a la soberan¨ªa. El primer acuerdo impugnado, el del Gobierno vasco, "representa un ataque deliberado al fundamento ¨²ltimo y esencial de la Constituci¨®n, la soberan¨ªa del pueblo espa?ol, de quien emanan todos los poderes del Estado".
Seg¨²n el recurso, la "Propuesta" pretende asentarse en la decisi¨®n soberana de los tres territorios -?lava, Guip¨²zcoa y Vizcaya- y parte de que el conjunto del pueblo de estos tres territorios posee el atributo de soberano, "atributo que la Constituci¨®n atribuye s¨®lo y ¨²nicamente al pueblo espa?ol, del que, claro es, forman parte los alaveses, guipuzcoanos y vizca¨ªnos".
El corolario de todo ello es que el Gobierno vasco "fuerza a que los parlamentarios de la comunidad aut¨®noma ejerzan sus funciones sobre un texto a sabiendas de su inconstitucionalidad".
Respecto al acuerdo de la Mesa, el Gobierno central dice que es mucho m¨¢s f¨¢cil de justificar su car¨¢cter de "resoluci¨®n impugnable", puesto que pasan de la veintena las sentencias del Constitucional que resuelven procesos contra acuerdos as legislativas.
- "Estado asim¨¦trico". Entre las infracciones constitucionales esenciales, el escrito se?ala que la Constituci¨®n no proh¨ªbe "que se proclame que Espa?a es un Estado compuesto, plurinacional y asim¨¦trico, como se dice en el pre¨¢mbulo de la "Propuesta". Pero el paso de "la Naci¨®n espa?ola, patria com¨²n e indivisible de todos los espa?oles" al "Estado plurinacional y asim¨¦trico ha de ser el producto de una decisi¨®n soberana del pueblo espa?ol".
- Autodeterminaci¨®n. Sobre el pretendido "derecho de autodeterminaci¨®n de los pueblos", se aduce que ¨¦ste "no permite legitimar secesiones" y desde luego "no ampara que una minor¨ªa del pueblo de un Estado se arrogue el derecho de imponer cambios constitucionales extensos a una abrumadora mayor¨ªa de ese mismo pueblo".
- "Criatura espa?ola". "La Comunidad Aut¨®noma de Euskadi es una criatura constitucional espa?ola con existencia desde finales de 1979", a?ade el recurso, ya que institucionalmente es una creaci¨®n "reciente y artificial" respecto a las entidades hist¨®ricas de ?lava, Guip¨²zcoa y Vizcaya, aut¨¦nticas titulares los derechos hist¨®ricos forales.
Por eso, "el ¨²nico medio constitucionalmente l¨ªcito de actualizar los derechos hist¨®ricos forales es el Estatuto de Autonom¨ªa, dentro de la indisoluble unidad de la Naci¨®n espa?ola".
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