El PP de Torrelodones viol¨® la ley al impedir a IU exhibir una bandera republicana
El gobierno del PP tom¨® esa decisi¨®n al temer que la ense?a origine altercados
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha hecho p¨²blica una sentencia en la que dictamina que el Ayuntamiento de Torrelodones, gobernado por el PP, vulner¨® los derechos a la libertad ideol¨®gica y de expresi¨®n de IU cuando en las fiestas patronales de la localidad, en el a?o 2002, el alcalde redact¨® una resoluci¨®n en la que obligaba a la coalici¨®n a retirar una bandera republicana de su chiringuito, ante el riesgo de que tal ense?a pudiera generar una alteraci¨®n del orden p¨²blico.
Izquierda Unida present¨® un recurso contra la resoluci¨®n dictada en 2002 por el entonces alcalde de Torrelodones, Enrique Mu?oz, del PP, ordenando a dicha formaci¨®n la retirada de una bandera republicana instalada en su chiringuito ferial, en el parque de Pradogrande. Seg¨²n recoge la sentencia, el regidor adopt¨® tal decisi¨®n "atendiendo a la cantidad de personas que acuden al recinto ferial del Parque de Pradogrande durante la celebraci¨®n de las fiestas, as¨ª como el consumo habitual de bebidas alcoh¨®licas que tiene lugar en dicho recinto, la posibilidad de s¨ªmbolos pol¨ªticos puede generar eventualmente alguna situaci¨®n de riesgo y de alteraci¨®n del orden p¨²blico".
Por ello, IU interpuso una demanda ante el Tribunal Superior por considerar que el gobierno municipal vulneraba los derechos del partido a expresar y difundir libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, derecho recogido en la Constituci¨®n. El fiscal apoy¨® los argumentos de IU al entender que el gobierno local desconoci¨® lo que realmente significan los derechos constitucionales en juego, en la medida en que apela a "razones poco fundadas" para restringir un derecho fundamental.
La sentencia de la Secci¨®n Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo, de la que ha sido ponente la magistrada Berta Santill¨¢n Pedrosa, entiende que "no es suficiente" la raz¨®n que expuso el Ayuntamiento de Torrelodones para limitar el ejercicio de los derechos constitucionales aludidos. Adem¨¢s, se?ala que "resulta dif¨ªcil entender que la alteraci¨®n del orden p¨²blico aludido por el Ayuntamiento se produzca por la mera exhibici¨®n de una ense?a que muchos de los ciudadanos que acuden al se?alado parque ferial, en su mayor¨ªa j¨®venes, desconocen".
Racismo y xenofobia
"Por otra parte", a?ade el fallo judicial, "por s¨ª misma dicha bandera dif¨ªcilmente puede incitar a la violencia, el racismo o la xenofobia o cualquier otra forma de discriminaci¨®n que atente contra la dignidad humana, prohibiciones ¨¦stas que eran las ¨²nicas que se impon¨ªan al otorgar la concesi¨®n de la instalaci¨®n de establecimientos destinados a puestos de bebidas durante las fiestas patronales".
La sala entiende que "es comprensible la preocupaci¨®n del Ayuntamiento por la posible alteraci¨®n del orden p¨²blico durante la celebraci¨®n de las fiestas, alteraci¨®n que es f¨¢cil que se produzca por el lugar en s¨ª, dado que en el mismo se venden bebidas alcoh¨®licas, que se est¨¢n celebrando las fiestas patronales y que acuden al mismo multitud de personas, circunstancias ¨¦stas que, por s¨ª solas, pueden fomentar situaciones propias de alteraci¨®n del orden p¨²blico". "Pero ello no puede justificar el que se haga referencia a dicha situaci¨®n como motivo que proh¨ªba a IU exhibir la bandera republicana que, por otra parte, como manifestaci¨®n de su ideolog¨ªa pol¨ªtica respeta el orden jur¨ªdico existente", agregan los jueces.
El Tribunal Superior concluye que la resoluci¨®n dictada por el equipo del gobierno local del PP "ha vulnerado el ejercicio del derecho a la libertad de expresi¨®n". Los jueces recuerdan que "la jurisprudencia del Tribunal Constitucional se?ala que toda resoluci¨®n que limite o restrinja el ejercicio de un derecho fundamental ha de estar motivada".
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