Sin coeficientes reductores
Cada vez que se habla de posibles modificaciones en el sistema tributario -la futura pol¨ªtica fiscal es uno de los puntos centrales de las campa?as electorales de los dos partidos principales- se plantea la posibilidad de suprimir el r¨¦gimen transitorio que, con ocasi¨®n de la reforma fiscal que se llev¨® a cabo en 1996, puso en marcha los llamados coeficientes reductores sobre las plusval¨ªas acumuladas hasta el 31 de diciembre de 1996.
Las ganancias obtenidas por venta de acciones, participaciones en fondos e inmuebles se reducen, seg¨²n la actual normativa, a raz¨®n de 25%, 14,28% y 11,11% anual por cada a?o que exceda de dos acumulado hasta esa fecha.
Suprimir estos coeficientes supone directamente un aumento de la carga tributaria sobre las plusval¨ªas obtenidas por estos activos. En m¨¢s de un caso, los inversores o los due?os de inmuebles tienen por el momento garantizada la exenci¨®n total sobre sus ganancias al contar sus bienes con la antig¨¹edad necesaria (no pagan impuestos las acciones adquiridas antes de 1992, ni las participaciones en fondos ni los inmuebles comprados antes de 1989 y 1986, respectivamente). Si se pone una fecha l¨ªmite para la aplicaci¨®n de los coeficientes, simplemente estos particulares pagar¨¢n impuestos (el 15%, el nuevo tipo m¨ªnimo que se apruebe o hasta el 30% si gobernara el PSOE sobre el importe que supere los 12.000 euros) a partir de ese momento por sus plusval¨ªas.
Si en el caso de las acciones o los fondos de inversi¨®n no se plantean problemas sobre su valoraci¨®n en un momento dado (tienen un precio oficial definido por su cotizaci¨®n), ¨¦ste no es el caso de los inmuebles y las acciones no cotizadas. Para solventarlo, se podr¨ªa disponer la aplicaci¨®n de un sistema lineal, que a¨²n aumentar¨ªa m¨¢s la carga fiscal de los contribuyentes.
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