El TSJA obliga al SAS a examinar a una mujer que falt¨® a unas oposiciones por estar de parto
La sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA) ha obligado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a repetir el examen de unas oposiciones a una mujer que no acudi¨® a la prueba al encontrarse de parto ese mismo d¨ªa. La prueba, a la que no pudo acudir Ana Castro el pasado 9 de febrero de 2003, hab¨ªa sido convocada por el SAS dentro de un procedimiento extraordinario de provisi¨®n y consolidaci¨®n de plazas de t¨¦cnicos especialistas en radiodiagn¨®stco, especialidad de la afectada.
La sentencia del TSJA entiende que el SAS no tuvo en cuenta que el mismo 9 de febrero de 2003, Ana Castro se encontraba en el hospital Comarcal de Minas de Riotinto de Huelva, donde dio a luz a un hijo mediante ces¨¢rea. Por tanto, el TSJA considera que el tribunal de selecci¨®n de las plazas incurri¨® en una "discriminaci¨®n" que impidi¨® a Ana Castro acceder "en condiciones de igualdad" al proceso. Ante esta sentencia del TSJA no cabe recurso ordinario y el fallo ordena al SAS realizar la prueba de acceso a Ana Castro.
La defensa de la afectada argument¨® en su recurso la vulneraci¨®n del art¨ªculo 14 de la Constituci¨®n Espa?ola, que alude a la igualdad de g¨¦neros. En sus fundamentos jur¨ªdicos, el TSJA se?ala que, por "su car¨¢cter de mujer", se produjo un resultado "desfavorable, constitucionalmente prohibido". El Ministerio Fiscal suscribi¨® las alegaciones de vulneraci¨®n de derecho fundamental de la afectada.
El TSJA desmonta los argumentos de la Administraci¨®n andaluza, que aludi¨® a que en las bases de la convocatoria no se especificaban casos como el de Ana Castro y a que las pruebas eran de ¨²nica convocatoria para todo el territorio nacional. Tampoco tuvo en cuenta el alegato de que el tribunal calificador no conoci¨® previamente los hechos. El TSJA explica que esta ¨²ltima circunstancia vino dada por el "propio car¨¢cter urgente y extraordinario" de la intervenci¨®n en el parto de Ana Castro.
La comunicaci¨®n del parto mediante ces¨¢rea, por no progresi¨®n del embarazo, fue enviada por Ana Castro al d¨ªa siguiente del parto. Pero el mismo d¨ªa del examen, su marido s¨ª present¨® un justificante m¨¦dico de que su esposa se encontraba en el hospital, certificado que no fue admitido por el tribunal.
Incluso, como recoge la sentencia, qued¨® acreditado el deseo de la afectada de ser trasladada a Sevilla para realizar el examen, a pesar de las contraindicaciones m¨¦dicas por el riesgo de complicaciones tras el parto, seg¨²n recoge un informe ginecol¨®gico.
La situaci¨®n de Ana Castro era desesperante, ya que es interina en la especialidad de radiodiagn¨®stico desde hace 12 a?os. Ahora ejerce en Riotinto. Adem¨¢s, las pruebas de consolidaci¨®n de empleo ten¨ªan en cuenta sobre todo el tiempo ejercido. El marido de Ana Castro, que llevaba menos tiempo como interino, s¨ª consigui¨® la plaza.
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