Flexibilidad y buena voluntad
Considera el autor que el decreto de ayuda a las v¨ªctimas del franquismo es deficiente y reclama que se apliquen criterios flexibles a la hora de resolver las solicitudes.
El Congreso de los Diputados acaba de aprobar una resoluci¨®n para sistematizar y homogeneizar las compensaciones econ¨®micas ofrecidas por diversas administraciones p¨²blicas a las v¨ªctimas del franquismo. Se pretende, as¨ª, dar respuesta al diferente valor concedido a la privaci¨®n de libertad, por supuestos objeto de la Ley de Amnist¨ªa, en las diversas regulaciones auton¨®micas que han intentado superar las restricciones impuestas en su d¨ªa por la Ley 4/1990, dictada por un Gobierno socialista.
Esta decisi¨®n viene a dar la raz¨®n al consejero de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno vasco, que reclamaba una regulaci¨®n m¨¢s flexible y progresista en el ¨¢mbito del Estado. No agota, sin embargo, un debate que tiene su origen en la necesidad de recuperar una memoria o percepci¨®n colectiva del pasado que se base en el reconocimiento de todas aquellas personas que fueron v¨ªctimas del alzamiento franquista y de la represi¨®n consiguiente. Esta necesidad de recuperar colectivamente una interpretaci¨®n del pasado que durante a?os fue excluida y proscrita por la dictadura se explica por el pacto de silencio que los dirigentes de organizaciones obreras (PSOE, PCE) suscribieron con los representantes pol¨ªticos del franquismo durante la llamada "transici¨®n pol¨ªtica". Hasta 1990 no se estableci¨® una compensaci¨®n, y su regulaci¨®n fue tan restrictiva que dej¨® fuera a muchos de los afectados. Hubo que esperar, adem¨¢s, hasta el 1 de diciembre de 2003 para que los grupos parlamentarios, excepto el del PP, rindieran homenaje p¨²blico a las v¨ªctimas de aquella tragedia.
Es necesario reconsiderar la restrictiva interpretaci¨®n del concepto de "privaci¨®n de libertad"
En ese contexto debe situarse el debate en torno a las ayudas aprobadas por el Gobierno vasco. Un debate que revela, en primer lugar, la indignaci¨®n de una parte importante de los 8.680 solicitantes: por un mal decreto regulador de las ayudas; por habilitar una dotaci¨®n econ¨®mica claramente insuficiente; y por realizar una interpretaci¨®n regresiva del concepto "privaci¨®n de libertad". S¨®lo as¨ª se explica que la consejer¨ªa haya tenido que multiplicar por seis la cantidad inicialmente aprobada, que haya habido un retraso superior a diez meses en la tramitaci¨®n de los expedientes y que m¨¢s de mil solicitudes se hayan denegado por interpretar que el tiempo pasado en batallones disciplinarios debe considerarse como servicio militar.
Precisamente porque lo que se pretende es algo m¨¢s que indemnizar un perjuicio ya irreparable, la gesti¨®n de un representante de izquierdas no debiera limitarse a denegar fr¨ªamente las solicitudes de personas que, hayan podido o no acreditar los requisitos, representan una parte importante del colectivo vasco a quien se pretende reconocer su contribuci¨®n a la lucha por la libertad. Para comprender la interpretaci¨®n restrictiva del consejero expondr¨¦ uno de los recursos presentados, que resulta paradigm¨¢tico.
Al inicio de la guerra civil nuestro protagonista se alist¨® en el ej¨¦rcito republicano, formando parte desde su creaci¨®n en el Batall¨®n Larra?aga, dirigido por el comunista Jes¨²s Larra?aga, nombrado comisario de guerra de la Junta de Defensa de Guip¨²zcoa, creada el 29 de julio de 1936. Tom¨® parte en la lucha contra la sublevaci¨®n del cuartel de Loyola en San Sebasti¨¢n, en batallas como la del monte Albertia (en el frente de Vizcaya) y en la defensa de Bilbao. Tras la rendici¨®n de Santo?a, en agosto de 1937, continu¨® la lucha en los frentes de Cantabria y Asturias, participando en la defensa del Mazuco, ¨²ltimo baluarte republicano en el Norte, e incluso despu¨¦s en la defensa del espol¨®n de Pe?as Blancas. Al final pasar¨ªa a Francia y desde all¨ª a Gerona y Valencia, desde donde fue enviado a Madrid, sirviendo como guardia del Ministerio de Defensa hasta que la ciudad fue ocupada en marzo de 1939. Estos hechos est¨¢n perfectamente documentados.
Despu¨¦s de casi tres a?os luchando por la libertad, fue internado en el Campo de Concentraci¨®n de Prisioneros de Guerra de San Sebasti¨¢n (mayo 1939). En julio de 1940 pas¨® al Dep¨®sito de Concentraci¨®n de Miranda y, posteriormente, al Dep¨®sito de Concentraci¨®n de Miguel de Unamuno en Madrid, hasta agosto de 1940, en que pas¨® a formar parte del Batall¨®n Disciplinario de Soldados Trabajadores numero 28. En ¨¦l realiz¨® trabajos forzados en el aeropuerto de Lavacolla (Santiago de Compostela) y otras obras p¨²blicas, hasta el 28 de octubre de 1942 en que fue destinado al Regimiento de Infanter¨ªa numero 71, donde cumpli¨® hasta el 24 de mayo de 1943, fecha en la que qued¨® en libertad.
Interpretar en este caso, como en otros muchos, que el tiempo pasado en esos batallones de trabajo era "servicio militar", haciendo abstracci¨®n de cualquier otra consideraci¨®n es, cuanto menos, claramente injusto. Tal y como se?alan diversos historiadores -Fernando Mendiola, Pedro Pascual, Javier Rodrigo o Rafael Torres-, fue en el verano de 1940 cuando se crearon los nuevos BDST (Batallones Disciplinarios de Soldados Trabajadores). ?stos, al igual, que los anteriores BT, disueltos ese mismo a?o, estaban integrados en el mismo organigrama que los campos de concentraci¨®n, bajo la Jefatura de Campos de Concentraci¨®n y Batallones Disciplinarios (JCCBD). Las condiciones de vida eran similares en ambos tipos de batallones: hambre, fr¨ªo, agresiones, humillaciones, asesinatos y castigos complementarios, adem¨¢s de una reclusi¨®n continua en edificios locales o barracones creados ex profeso.
Se trataba de reclusi¨®n y castigo pol¨ªtico. Tanto los BT como los BDST est¨¢n conceptualizados como parte del sistema de concentraci¨®n y de la red de trabajos forzados que el r¨¦gimen desarroll¨® en los a?os de guerra y posguerra. Estos batallones y los presos acogidos al sistema de Redenci¨®n de Penas de Trabajo est¨¢n dentro de lo que se ha venido en llamar "los esclavos del franquismo". Seg¨²n el historiador Javier Rodrigo, del Instituto Universitario Europeo de Florencia, autor de la ponencia Campos en tiempos de guerra. Historia del mundo concentracionario franquista, el sistema de campos se prolong¨® hasta 1942, y los batallones de trabajadores hasta mediados de los a?os cincuenta.
La regulaci¨®n de la Orden del 2 de julio de 1941 del Ministerio del Ej¨¦rcito sobre los BDST permite comprender hasta qu¨¦ punto la situaci¨®n de las personas que estaban en estos batallones no era la misma que la de los soldados de leva. De forma injustificada y general, se les prohib¨ªan los permisos y las licencias, y sus tristes condiciones de alojamiento e higiene no ten¨ªan nada que ver con las de los soldados. (Gracia Alonso, 2003, sobre las excavaciones de Emp¨²ries)
Es necesario, pues, que el consejero de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno vasco reconsidere, en v¨ªa de recurso, su restrictiva interpretaci¨®n del concepto de "privaci¨®n de libertad", y haga realidad sus declaraciones del 16 de mayo: "S¨¦ que es preciso abordar todas estas situaciones desde la flexibilidad y la buena voluntad".
Es tambi¨¦n una buena noticia la decisi¨®n del Congreso de los Diputados de reclamar del Gobierno socialista que se indemnice a las v¨ªctimas de la transici¨®n, entre las que ocupan un lugar de honor las del 3 de marzo de 1976 de Vitoria. Ser¨ªa necesario, adem¨¢s, una actividad p¨²blica de reconocimiento de su aportaci¨®n a la lucha por las libertades. Porque situar al franquismo y su violencia de forma que se recoja la carga emocional de los represaliados y sus familiares requiere articular pol¨ªticas p¨²blicas de esa memoria: de compensaci¨®n, de conmemoraci¨®n y de reconocimiento. Es cierto que esa actividad conlleva un poderoso componente de deslegitimaci¨®n de la derecha, pero no es menos cierto que es un derecho ganado a pulso, porque hubo que pagar un precio muy alto por las libertades conquistadas. Como revela el estudio realizado por el magistrado Juan Jos¨¦ del ?guila, la inmensa mayor¨ªa de los procesados por el Tribunal de Orden P¨²blico durante la dictadura fueron trabajadores y estudiantes, y lo fueron en su mayor parte entre 1974 y 1977, desmintiendo con claridad la pretendida voluntad aperturista y democratizadora del r¨¦gimen.
Jos¨¦ Arturo Val del Olmo es abogado y sindicalista.
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