La reforma del C¨®digo Penal que castiga con c¨¢rcel el conducir bebido entra en vigor hoy
La pena m¨ªnima de prisi¨®n se reduce a tres meses y se suprime el arresto de fin de semana
La reforma de 186 art¨ªculos del C¨®digo Penal aprobada en noviembre entra en vigor hoy. La modificaci¨®n supone, entre otras medidas, la eliminaci¨®n de los arrestos de fin de semana, la creaci¨®n de nuevas figuras delictivas (como el maltrato de animales o la violencia en el deporte), cambios en el sistema de penas... La novedad que a m¨¢s ciudadanos puede llegar a afectar es la introducci¨®n de la pena de prisi¨®n de entre tres y seis meses para quienes conduzcan bebidos o drogados y de hasta dos a?os para quienes piloten con "temeridad manifiesta" y con riesgo para las personas.
La reforma entr¨® parcialmente en vigor el 27 de noviembre, ya que desde entonces rigen las nuevas disposiciones finales del C¨®digo Penal que afectan a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la Ley de Responsabilidad Penal de los Menores y la ley Hipotecaria. Pero el grueso de los cambios comienzan a regir hoy, tras un periodo de carencia de casi un a?o.
Las modificaciones suponen la reducci¨®n de la pena m¨ªnima de prisi¨®n desde los seis meses de hasta ahora a los tres de a partir de hoy y, adem¨¢s, se fija en cinco a?os la duraci¨®n de la condena que permite distinguir entre la pena grave y menos grave de prisi¨®n, de forma que los primeros ser¨¢n juzgados por las audiencias provinciales y los segundos, por los juzgados de lo penal. Tambi¨¦n se introducen cambios en la consideraci¨®n de faltas y los delitos para los reincidentes, de forma que quien resulte autor de un delito o falta continuado ver¨¢ agravada sustancialmente la pena cuando sea juzgado y condenado por la ¨²ltima de ellas.
Trabajo para la comunidad
En materia de castigo, la principal novedad es la supresi¨®n de los arrestos de fin de semana, "cuya pr¨¢ctica no ha sido satisfactoria", pero se sustituye por penas de prisi¨®n de corta duraci¨®n (de tres meses o m¨¢s para los delitos), por la pena de trabajo en beneficio de la comunidad (de entre 30 y 180 d¨ªas, seg¨²n la gravedad de la infracci¨®n) o la de localizaci¨®n permanente, que se crea en la actual reforma.
Esta ¨²ltima figura se destina a las infracciones penales leves y su creaci¨®n "se basa en la aplicaci¨®n de nuevas medidas que proporciona el desarrollo de la tecnolog¨ªa". La localizaci¨®n permanente se cumplir¨¢ en el domicilio del reo, por un periodo que no puede exceder de 12 d¨ªas o durante los fines de semana, seg¨²n el texto legal.
El C¨®digo Penal ampl¨ªa hasta cinco a?os la duraci¨®n m¨¢xima de las penas de alejamiento y no aproximaci¨®n a la v¨ªctima para los casos, sobre todo, de violencia contra mujeres o menores. El alejamiento ser¨¢ imperativo incluso si el condenado a esta pena est¨¢ en prisi¨®n, de forma que no pueda acercarse a su v¨ªctima ni siquiera cuando disfrute de un permiso de fin de semana.
La norma establece tres tipos de alejamiento: la prohibici¨®n de residir o acudir a determinados lugares, la prohibici¨®n de aproximaci¨®n a la v¨ªctima y la de comunicarse con ella. Estas medidas se refuerzan con la posibilidad de que en los casos de violencia dom¨¦stica pueda suspenderse el r¨¦gimen de visitas, comunicaci¨®n y estancia de los hijos e incluso comunicarse con ¨¦stos o la v¨ªctima por tel¨¦fono o Internet, por ejemplo.
Tambi¨¦n dentro de las disposiciones generales del C¨®digo Penal, se prev¨¦ que los toxic¨®manos que hayan cometido un delito arrastrados por su dependencia puedan obtener el beneficio de la suspensi¨®n de la pena, siempre que ¨¦sta no exceda los cinco a?os y siempre que se someta de forma rigurosa y controla a tratamientos de desintoxicaci¨®n. Es m¨¢s, si un reo no habitual en el delito es condenado a menos de dos a?os, este castigo podr¨¢ ser sustituido por multa o trabajos en beneficio de la comunicad por su "claro efecto resocializador".
Penas m¨¢s duras
La reforma endurece los castigos por los delitos de pornograf¨ªa infantil, contra la propiedad intelectual e industrial; convierte en delito el pirateo o pinchazo de los servicios de televisi¨®n o radio, consigna como delito el maltrato de animales dom¨¦sticos, introduce la prohibici¨®n de acudir a espect¨¢culos a quienes hayan manifestado conductas violentas durante su celebraci¨®n, y convierte en perseguibles de oficio las injurias y calumnias contra la autoridad.
No obstante, las novedades que m¨¢s directamente afectan a los ciudadanos son las referidas al tr¨¢fico, especialmente en las penas para quienes conduzcan drogados o bebidos o lo hagan de forma manifiestamente temeraria. No en vano, s¨®lo durante el verano que acaba de concluir, Tr¨¢fico impuso 150.259 multas por exceso de velocidad y otras 15.828 a otros tantos conductores por superar la tasa legal de alcoholemia (en sangre superior a 0,5 gramos por litro, o de alcohol en aire espirado superior a 0,25 miligramos por litro).
A partir de hoy, quienes sean sorprendidos conduciendo intoxicado podr¨¢ ser castigado "con la pena de prisi¨®n de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses y, en su caso, por trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 d¨ªas y, en cualquier caso, con privaci¨®n del derecho de conducir veh¨ªculos a motor y ciclomotores por un tiempo superior a un a?o y hasta cuatro a?os". Adem¨¢s, quien se niegue a someterse a las pruebas ser¨¢ considerado autor de un delito de desobediencia grave.
Adem¨¢s, tras el cambio del art¨ªculo 381, se castigar¨¢ con entre seis meses y dos a?os de prisi¨®n y hasta con seis a?os de privaci¨®n de conducir a quienes se comporten al volante "con temeridad manifiesta". Este concepto se aplicar¨¢ cuando se conduzca "bajo los efectos de bebidas alcoh¨®licas con tasas altas de alcohol en sangre y con un exceso desproporcionado de velocidad respecto a los l¨ªmites establecidos".
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