Embarazo
El despido de una mujer embarazada es nulo en nuestro derecho por expresa disposici¨®n legal. La norma establece que ser¨¢ nulo el despido "de las trabajadoras embarazadas, desde la fecha de inicio del embarazo hasta la del comienzo del periodo de descanso por maternidad". El problema se plantea cuando la empresa no conoce el estado de la trabajadora.
La necesidad de conciliar trabajo y familia, la protecci¨®n de una situaci¨®n tan expuesta para la mujer como es la maternidad o la lucha contra la discriminaci¨®n laboral son razones que han justificado la calificaci¨®n de "nulo" del despido de una trabajadora embarazada. La nulidad del despido supone que la empresa est¨¦ obligada a la readmisi¨®n de la trabajadora despedida.
?nicamente se excluyen los supuestos en los que el empresario prueba que hay razones reales independientes del embarazo que han llevado a la empresa a poner fin a la relaci¨®n laboral. Ello ha llevado a concluir que el despido de una trabajadora embarazada s¨®lo puede ser procedente o nulo.
Sin embargo, el principal problema ha venido motivado por aquellos casos en los que la empresa alega que desconoc¨ªa el estado de la trabajadora en el momento en que extingui¨® la relaci¨®n laboral.
Las opiniones de los tribunales al respecto han sido dispares: para algunos el legislador, al regular la nulidad del despido de estas trabajadoras, ha querido que sea indiferente que el empresario conozca o no el embarazo, e incluso que lo sepa la trabajadora en el momento del despido; para otros, si la empresa desconoc¨ªa esta causa en el momento del despido, dif¨ªcilmente se puede hablar de discriminaci¨®n y que la decisi¨®n empresarial estuviera motivada en ella.
El Tribunal Supremo no se ha pronunciado a¨²n terminantemente sobre el tema, pero en una sentencia reciente ha dicho, apoy¨¢ndose en la legislaci¨®n comunitaria, que lo que en realidad se protege en este caso no es la igualdad de sexos, sin m¨¢s, sino la maternidad, poniendo a la mujer a salvo de decisiones empresariales motivadas, directa o indirectamente, por su embarazo, evitando con ello la finalizaci¨®n de su relaci¨®n laboral en conexi¨®n con su estado de gravidez.
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