Razones para el 's¨ª'
La primera Constituci¨®n europea, aprobada por los jefes de Estado y de Gobierno -empezando por Rodr¨ªguez Zapatero- respetando sustancialmente el proyecto redactado por una Convenci¨®n representativa y transparente, significa un importante paso adelante que permitir¨¢ a la Uni¨®n afrontar los principales retos del futuro: el gobierno de la globalizaci¨®n, la construcci¨®n de un orden internacional justo y democr¨¢tico y la adecuada respuesta a las aspiraciones ciudadanas.
Desde luego, recupera el impulso del Tratado de Maastricht, supera las insuficiencias del Tratado de Niza -que condenaba al proceso de construcci¨®n europea a la par¨¢lisis a medio plazo- y hace coincidir la culminaci¨®n de la uni¨®n pol¨ªtica con la ampliaci¨®n, evitando que la Uni¨®n se convierta en una mera zona de libre cambio.
Significa un importante paso adelante que permitir¨¢ a la UE afrontar los retos del futuro
La Constituci¨®n implica una victoria del europe¨ªsmo frente al euroescepticismo, de la Europa espacio pol¨ªtico frente a la Europa mercado, de la Europa poder global relevante sobre la Europa dependiente en el mundo, del modelo social europeo por encima de quienes propugnan su desmantelamiento.
?Cu¨¢les son los principales avances que comporta la Constituci¨®n europea? Estos:
1. Su mismo car¨¢cter constitucional, que introduce una l¨®gica opuesta a la de los tratados internacionales, en vigor desde el comienzo de la construcci¨®n europea.
2. Confirma la orientaci¨®n federal de la Uni¨®n, reconociendo su doble legitimidad, procedente de los ciudadanos y de los Estados.
3. Sit¨²a los valores y los objetivos de la Uni¨®n en un nivel de definici¨®n progresista superior al de muchas constituciones de los Estados miembros, incluyendo, claro est¨¢, la paz, la libertad, la democracia y los derechos humanos; pero tambi¨¦n la igualdad, la igualdad entre la mujer y el hombre, la justicia, la solidaridad, la econom¨ªa social de mercado, el pleno empleo, el desarrollo sostenible, la protecci¨®n del medio ambiente, la no-discriminaci¨®n y la erradicaci¨®n de la pobreza.
4. Otorga a la Uni¨®n personalidad jur¨ªdica propia, con una radical simplificaci¨®n de disposiciones legislativas (reducidas a leyes europeas y leyes marco europeas), facilitando as¨ª su elaboraci¨®n, aplicaci¨®n, comprensi¨®n y control democr¨¢tico.
5. Integra con car¨¢cter jur¨ªdicamente vinculante la Carta de Derechos Fundamentales, llenando de contenido el concepto de ciudadan¨ªa europea.
6. Refuerza las capacidades de la Uni¨®n en pol¨ªtica exterior y defensa (con principios constitucionales de multilateralismo, respeto al derecho internacional, legitimidad de la ONU, soluci¨®n negociada de los conflictos, cooperaci¨®n al desarrollo y defensa de los derechos humanos que conectan con el pueblo europeo de la paz que se opuso a la guerra de Irak); la solidaridad mutua frente al terrorismo y el espacio de libertad, seguridad y justicia, avanzando en la Europa social a trav¨¦s de los valores y objetivos citados, la Carta de Derechos, el di¨¢logo social, la cl¨¢usula social horizontal y el reconocimiento de la capacidad comunitaria para legislar sobre los servicios p¨²blicos, lo que ha valido el apoyo de la Confederaci¨®n Europea de Sindicatos (con CC OO y UGT) a la Constituci¨®n.
7. Reafirma la pol¨ªtica de cohesi¨®n econ¨®mica, social y territorial.
8. Democratiza la adopci¨®n de las leyes de la Uni¨®n -incluido el presupuesto-, que ser¨¢n aprobadas conjuntamente por el Parlamento Europeo y el Consejo en un 95% de los casos, un porcentaje mucho m¨¢s elevado y representativo que en la actualidad.
9. Extiende el uso de la mayor¨ªa cualificada, defini¨¦ndola con el doble criterio de poblaci¨®n y n¨²mero de Estados, en coherencia con la doble legitimidad de la Uni¨®n, reduciendo la paralizante unanimidad.
10. Ampl¨ªa los terrenos en los que podr¨¢n ponerse en marcha cooperaciones reforzadas entre los pa¨ªses que deseen ir m¨¢s lejos y m¨¢s deprisa.
11. Clarifica la divisi¨®n de poderes, con un legislativo bicameral formado por el Consejo y el Parlamento Europeo (la instituci¨®n m¨¢s reforzada por la Constituci¨®n) y la consolidaci¨®n de la Comisi¨®n Europea como "gobierno" de la Uni¨®n, aumentando la legitimidad democr¨¢tica en la elecci¨®n de su presidente y creando figuras que, como el presidente estable del Consejo Europeo y el ministro de Asuntos Exteriores, contribuir¨¢n a la eficacia y visibilidad de las decisiones comunitarias.
12. Introduce el concepto de democracia participativa, estructura el di¨¢logo con la sociedad civil y crea la iniciativa legislativa popular europea.
13. Refuerza el papel de las regiones.
14. Aumenta la participaci¨®n de los parlamentos nacionales en las decisiones de la Uni¨®n, aumentando el control democr¨¢tico.
15. Institucionaliza la Convenci¨®n en el proceso de reforma constitucional.
Naturalmente, como toda Constituci¨®n, la europea establece un espacio pol¨ªtico, un ¨¢mbito de derechos, un ordenamiento jur¨ªdico y una arquitectura institucional en los que la voluntad ciudadana expresada en las urnas definir¨¢ soberanamente en cada momento las mayor¨ªas que desde el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisi¨®n vayan marcando su aplicaci¨®n. Por ello, el objetivo ser¨¢ construir una mayor¨ªa suficiente para desarrollarla de manera ambiciosa e impulsar su mejora en asuntos especialmente relevantes como el gobierno econ¨®mico y social, la utilizaci¨®n de la mayor¨ªa cualificada, sin excepci¨®n, en todos los ¨¢mbitos y la flexibilizaci¨®n de los procedimientos para su ratificaci¨®n y reforma.
Pero, evidentemente, la entrada en vigor de la Constituci¨®n europea es la condici¨®n necesaria para todo ello. Su rechazo no abrir¨ªa un nuevo proceso constituyente del que saliera una Carta Magna perfecta, sino que cerrar¨ªa la perspectiva constitucional y dejar¨ªa en funcionamiento el Tratado de Niza, lo que perjudicar¨ªa directamente a la ciudadan¨ªa porque embarcar¨ªa a la Uni¨®n -quiz¨¢s sin retorno- en la v¨ªa del estancamiento y del retroceso, estableciendo la primac¨ªa del mercado sobres los valores y objetivos del modelo social europeo, impidiendo la actuaci¨®n comunitaria aut¨®noma en la escena internacional y manteniendo el d¨¦ficit democr¨¢tico. Ser¨ªa un aut¨¦ntico desastre.
Conviene no olvidar, adem¨¢s, que Espa?a sale muy bien parada en sus intereses espec¨ªficos con la Constituci¨®n europea, porque, con el actual Gobierno, ha recuperado el papel de motor europe¨ªsta al haber sido uno de los principales impulsores del acuerdo sobre la misma (lo que consolida su lugar central en la Uni¨®n y refuerza su capacidad negociadora en discusiones futuras tan fundamentales como las Perspectivas Financieras), porque cuestiones como la cohesi¨®n econ¨®mica, social y territorial, el estatuto de las regiones ultraperif¨¦ricas y el espacio de libertad, seguridad y justicia -temas todos ellos que nos ata?en muy directamente- quedan perfectamente recogidos en el texto constitucional; y, en fin, porque la presencia institucional de nuestro pa¨ªs se asegura con la definici¨®n de la mayor¨ªa cualificada y la futura revisi¨®n de esca?os en la Euroc¨¢mara.
La importancia de la Constituci¨®n demanda que la ciudadan¨ªa se pronuncie sobre ella en refer¨¦ndum. Al convocar la consulta, el Gobierno cumple su compromiso. Ser¨¢ la primera vez, desde el ingreso de Espa?a en la Uni¨®n, que el electorado pueda manifestarse sobre una norma fundamental comunitaria. Los sondeos son claros: el 90% de la ciudadan¨ªa espa?ola est¨¢ de acuerdo con la idea que encarna esta Carta Magna. El reto estriba ahora en conseguir, con argumentos verdaderamente europeos, que la ciudadan¨ªa conozca a fondo, debata y vote "s¨ª" a la Euroconstituci¨®n, acudiendo a las urnas.
Espa?a debe ser el primer pa¨ªs en ratificar la Constituci¨®n como prueba de su vuelta al coraz¨®n de Europa, abriendo el camino al resto de socios comunitarios. ?se es el objetivo de los socialistas, que nos sentimos, junto con otros europe¨ªstas, arte y parte de una Constituci¨®n europea que avanza mucho en bastantes terrenos y menos en otros, cierto, pero que en ning¨²n caso retrocede.
Carlos Carnero es eurodiputado socialista, miembro de la Comisi¨®n de Asuntos Constitucionales del Parlamento Europeo y de la Convenci¨®n Europea.
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