La Comisi¨®n Europea denuncia a Espa?a por falta de respeto a los derechos de autor
La Comisi¨®n Europea decidi¨® ayer llevar a Espa?a al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas por no haber integrado en su legislaci¨®n el derecho de pr¨¦stamo p¨²blico que obliga a las bibliotecas a abonar derechos de autor cuando prestan objetos culturales como libros, discos o v¨ªdeos. Junto a Espa?a se sentar¨¢n en el banquillo de Luxemburgo, Irlanda y Portugal. El caso tardar¨¢ alrededor de dos a?os en verse.
El Ministerio de Cultura se remiti¨® ayer a una nota hecha p¨²blica el pasado 25 de octubre seg¨²n la cual se afirmaba que si "el Estado espa?ol se viera obligado a aplicar el canon, el Ministerio de Cultura tiene la voluntad de buscar f¨®rmulas que impidan que en ning¨²n caso repercuta en los usuarios de las bibliotecas". En las alegaciones presentadas en septiembre por el Gobierno espa?ol a la Comisi¨®n Europea se alud¨ªa a "la situaci¨®n bibliotecaria de nuestro pa¨ªs", que "arrastra un d¨¦ficit importante respecto a otros miembros de la UE", y se afirmaba que "este gravamen frenar¨ªa las pol¨ªticas de desarrollo en marcha para equiparar el sistema bibliotecario espa?ol a la media europea".
La directiva sobre pr¨¦stamo p¨²blico fue aprobada en 1992 y desde entonces ha recorrido un largo camino plagado de incidencias. Aun as¨ª, un reducido n¨²mero de Estados planteaba una resistencia numantina. Francia, Italia y Luxemburgo han sido los ¨²ltimos en ceder y est¨¢n tramitando, o lo han hecho, la directiva, con lo que s¨®lo quedaban Espa?a, Irlanda y Portugal como recalcitrantes.
"Espa?a, Irlanda y Portugal no aplican esta disposici¨®n, ya que simplemente eximen del pago a todas las instituciones p¨²blicas de pr¨¦stamos", dice la Comisi¨®n, al comunicar que denuncia a los tres pa¨ªses ante el Tribunal de Justicia de Luxemburgo.
Veto
Esta cuestionada ley, que afecta a unas 65.000 bibliotecas europeas, establece en sus dos primeros art¨ªculos que escritores, actores y productores de pel¨ªculas y discos tienen el derecho exclusivo a autorizar o prohibir el alquiler o el pr¨¦stamo de sus creaciones. Ese derecho queda limitado unos renglones m¨¢s abajo: el art¨ªculo 5 otorga a los Estados la autoridad de prohibir a los derechohabientes que ejerzan su capacidad de veto ante entidades sin ¨¢nimo de lucro, como las bibliotecas p¨²blicas. En contrapartida, a los creadores se les da el derecho a reclamar compensaciones econ¨®micas.
La Comisi¨®n sienta a Espa?a en el banquillo por estimar que hace una interpretaci¨®n abusiva de la flexibilidad que le concede el art¨ªculo 5 al excluir a todas las entidades de pr¨¦stamos de la obligaci¨®n de remunerar a los creadores. Recuerda Bruselas que ya en un caso semejante el Tribunal conden¨® a B¨¦lgica por estimar que si las circunstancias no permiten distinguir entre distintos tipos de establecimiento, todos deber¨¢n remunerar a los autores.
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