Los directores, a elecci¨®n
El peso de la Administraci¨®n en la decisi¨®n var¨ªa entre un 7% y un 60% seg¨²n la comunidad
El sistema de elecci¨®n de los directores de colegios e institutos p¨²blicos siempre ha estado salpicado de enfrentamientos. Un sector de la comunidad educativa considera que la Administraci¨®n debe tener mucho peso en esta elecci¨®n, mientras otro sector cree que deben ser los centros los que tengan la ¨²ltima palabra. De esta elecci¨®n dependen dos cuestiones fundamentales: el desarrollo del proyecto educativo del centro y su gesti¨®n. En algunos casos, el peso de esta elecci¨®n recae por completo en la Administraci¨®n, en otros es la comunidad educativa del centro quien se encarga y en otros existe un sistema mixto. El modelo para elegir a un director escolar ha ido cambiando en Espa?a con las distintas leyes educativas. Tampoco es el mismo en los pa¨ªses de nuestro entorno (aunque en la mayor¨ªa se encarga la Administraci¨®n).
La LOE establece un modelo mixto donde participa la comunidad y la Administraci¨®n
El anteproyecto de Ley Org¨¢nica de Educaci¨®n (LOE) -presentado por el Ministerio de Educaci¨®n hace tres semanas- introduce algunos cambios en la elecci¨®n de los directores respecto a lo que establece la Ley de Calidad, promovida por el PP, y actualmente en vigor en este aspecto. La LOE opta por un modelo mixto: "Al menos un tercio de los miembros de la comisi¨®n [que elegir¨¢ al director] ser¨¢ propuesto por el claustro de profesores", y otro tercio por el consejo escolar entre los miembros no docentes, dice el texto del anteproyecto. La Administraci¨®n determinar¨¢ el n¨²mero total de vocales de las comisiones.
Los expertos aseguran que la nueva ley ha tratado de buscar una postura intermedia entre lo que establec¨ªa la Ley Org¨¢nica de la Participaci¨®n, la Evaluaci¨®n y el Gobierno de los Centros Docentes (LOPEG), de 1995, y la Ley de Calidad. La LOPEG se?alaba que era el consejo escolar del centro el que deb¨ªa elegir al director y la ley del PP establec¨ªa que ser¨ªa una comisi¨®n constituida por representantes de las administraciones educativas y, al menos en un 30%, por miembros del centro correspondiente. De estos ¨²ltimos, como m¨ªnimo el 50% pertenecer¨ªan al claustro de profesores.
Desde que se aprob¨® la Ley de Calidad, entre finales de 2003 y principios de 2004, todas las comunidades han ido aprobando una norma para desarrollar el modelo de elecci¨®n de directores. Esta cuesti¨®n no se encuentra entre las medidas paralizadas por el Ejecutivo de Zapatero en mayo de 2004. Como la Ley de Calidad establec¨ªa que en cada comisi¨®n la comunidad escolar tendr¨ªa que estar representada como m¨ªnimo en un 30%, cada regi¨®n ha definido los porcentajes de participaci¨®n de la comunidad educativa en funci¨®n del grado de autonom¨ªa que han querido otorgar a los centros en esta cuesti¨®n.
La situaci¨®n es muy diversa. Comunidades aut¨®nomas gobernadas por el PP, como Castilla y Le¨®n y Madrid, han establecido que la presencia de la Administraci¨®n en las comisiones de selecci¨®n de los directores sea de un 60%, seg¨²n datos elaborados por la Federaci¨®n de Ense?anza de CC OO. Tambi¨¦n Canarias (Coalici¨®n Canaria) establece ese porcentaje. Estas comunidades han optado por que sea la Administraci¨®n quien lleve el mayor peso decisorio en este proceso.
En el lado opuesto, comunidades como Cantabria, Catalu?a o Andaluc¨ªa, todas gobernadas por el PSOE, han decidido que la presencia de la Administraci¨®n sea mucho menor y han volcado el peso de esta elecci¨®n en el centro. En Cantabria, la Administraci¨®n est¨¢ representada en estas comisiones en un 25%; en Catalu?a, en un 28%, y en Andaluc¨ªa, en un 7%.
En el resto de las comunidades, el peso de la Administraci¨®n es el siguiente: Arag¨®n (PSOE): 42%; Asturias (PSOE): 50%; Baleares (PP): 50%; Extremadura (PSOE): 50%; Galicia (PP): 57%; La Rioja (PP): 57%; Murcia (PP): 40%; Navarra (UPN-PP): 50%; Pa¨ªs Vasco (PNV): 50%; Valencia (PP): 50%.
Es un hecho que muy a menudo cuesta conseguir candidatos a directores en los centros p¨²blicos (en los privados, la decisi¨®n final es del propietario). Esto obliga a la Administraci¨®n a elegirlos ella misma. Antes de que entrara en vigor la Ley de Calidad, el 40% de los centros ten¨ªa un director designado por la Administraci¨®n. Pero hasta entonces no se hab¨ªa hecho p¨²blico ning¨²n estudio que analizara si esos centros funcionaban mejor o peor que los que ten¨ªan directores elegidos por el consejo escolar.
Lo que s¨ª se sabe es que la comunidad educativa no es partidaria de que los directores sean designados exclusivamente por la Administraci¨®n, seg¨²n distintos informes. El porcentaje de profesores, alumnos, padres, personal administrativo y representantes de los ayuntamientos que est¨¢n a favor de la elecci¨®n del director por el consejo escolar es del 45%; por el claustro de profesores, el 34%, y por la Administraci¨®n, el 5%.
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