?Revisamos los CTC?
La puesta en marcha del mercado el¨¦ctrico competitivo en 1998, con el consiguiente cambio de las reglas de juego, aconsej¨® el reconocimiento previo de los derechos derivados de la normativa anterior (Marco Legal y Estable, MLE) a centrales el¨¦ctricas dise?adas y construidas para funcionar en un entorno de gesti¨®n centralizada (no competitiva). Hay numerosos precedentes de este tipo de medidas en nuestro pa¨ªs (moratoria nuclear, energ¨ªas renovables) y fuera de nuestras fronteras (Estados Unidos, Italia, Portugal), y en el caso concreto de los Costes de Transacci¨®n a la Competencia (CTC) espa?oles, la propia Comisi¨®n Europea autoriz¨® su existencia.
El devenir de los acontecimientos ha situado los CTC en el punto de mira, impresi¨®n que se acrecienta con la inclusi¨®n en las medidas de puesta en marcha del Plan de Dina-mizaci¨®n publicadas el pasado mes de febrero de 2005, del aplazamiento hasta 2006 de la liquidaci¨®n definitiva de los CTC correspondiente a 2004. Dentro de la elevada complejidad t¨¦cnica inherente a los CTC, es f¨¢cil otorgar cr¨¦dito a quien propone su eliminaci¨®n. A primera vista, parece que todo son ventajas: se eliminan distorsiones y, qui¨¦n sabe, hasta puede ayudar a bajar la tarifa el¨¦ctrica. Nuestra opini¨®n es radicalmente distinta.
"El rec¨¢lculo de los CTC con la misma metodolog¨ªa y revisi¨®n de todas las hip¨®tesis iniciales es el ¨²nico v¨¢lido"
Es indudable que la eliminaci¨®n de los CTC dejar¨ªa un hueco te¨®rico en la tarifa, si bien, en el escenario de tarifas el¨¦ctricas reales decrecientes de los ¨²ltimos a?os y con el actual d¨¦ficit de ingresos, es improbable que tal holgura diera lugar a una rebaja de los precios de suministro. Por el contrario, sin los CTC, el regulador pierde una importante herramienta de ajuste: hasta ahora, los d¨¦ficit de ingresos por la insuficiencia tarifaria son financiados por los generadores con derecho a CTC, con el argumento de que, en parte, el origen del d¨¦ficit es el cobro de CTC por anticipado a trav¨¦s de los altos precios en el mercado el¨¦ctrico. Una vez eliminados los CTC, la financiaci¨®n de los d¨¦ficit de ingresos del sistema ser¨ªa un problema para cuya soluci¨®n se propondr¨ªa la subida de la tarifas el¨¦ctricas.
La propuesta de eliminar los CTC se argumenta en parte sobre la base de que la propia evoluci¨®n del mercado ha sido m¨¢s favorable de lo que se preve¨ªa en 1997, por lo que estos derechos habr¨ªan sido ya recuperados. Este razonamiento se centra en el fuerte crecimiento de la demanda de electricidad y en los frecuentes periodos de precios elevados en el mercado de generaci¨®n, pero ignora el resto de los par¨¢metros relevantes para el c¨¢lculo de los CTC, y sobre todo, que el grado de recuperaci¨®n de los CTC que ha registrado cada empresa puede calcularse con precisi¨®n.
Por supuesto, el precio de la energ¨ªa y la demanda son tenidos en cuenta en el cobro de CTC. La recuperaci¨®n de los CTC se produce por dos mecanismos: a trav¨¦s del remanente final de los ingresos del sector (cuando queda algo, m¨¢s probable cuanto mayor sea la demanda), y a trav¨¦s de los precios de la electricidad por la parte que exceda de 36 euros / MWh. Este nivel de precios tiene su origen en la metodolog¨ªa de c¨¢lculo de los CTC, que consider¨® que el precio de mercado se situar¨ªa en 36 euros / MWh.
El intenso crecimiento de la demanda tampoco se traslada autom¨¢ticamente a una mayor utilizaci¨®n de las centrales el¨¦ctricas que dieron lugar a los CTC. No es v¨¢lido considerar todo el crecimiento de la demanda a efectos de computar los CTC percibidos, ya que la mayor¨ªa del crecimiento de la demanda ha sido atendido con nuevas centrales de ciclo combinado y con el aumento de las energ¨ªas renovables.
Las centrales con CTC s¨®lo se ven beneficiadas por el aumento de la demanda en la medida en que produzcan m¨¢s energ¨ªa de la que se tuvo en cuenta en el c¨¢lculo de CTC. As¨ª, s¨®lo la consideraci¨®n de las horas de funcionamiento efectivas de la instalaci¨®n ser¨¢ v¨¢lida a efectos de CTC, no el aumento global de la demanda.
La venta de electricidad en el pool a precios por encima de 36 euros / MWh ha sido desigual por empresas, de manera que el ritmo de recuperaci¨®n de CTC no es homog¨¦neo. La recuperaci¨®n anticipada de CTC se ha derivado en parte del aprovechamiento del mecanismo de resoluci¨®n de restricciones t¨¦cnicas, que en la actualidad fuerza la entrada de determinadas centrales al precio que hayan ofertado. Este mecanismo cambiar¨¢ este mes para solventar las distorsiones que genera en el mercado mayorista. Con el funcionamiento actual de las restricciones, algunas centrales tienen la seguridad de que el operador del sistema exigir¨¢ su puesta en marcha para que la red se mantenga en equilibrio, lo que les incentiva a ofertar precios muy altos, a sabiendas de que ser¨¢n aceptadas.
As¨ª, el hecho de que algunas empresas hayan recuperado v¨ªa mercado todos o buena parte de sus CTC, no implica que los CTC hayan sido recuperados ya por todas las empresas. En estas circunstancias, la eliminaci¨®n de los CTC perjudica a los agentes que est¨¢n recuper¨¢ndolos al ritmo previsto cuando se aprobaron y que, por tanto, a¨²n no han completado su recuperaci¨®n, frente a los que ya los han recuperado v¨ªa mercado de forma anticipada.
Otro argumento en contra de los CTC es su supuesto efecto de distorsi¨®n a la baja en los precios ofertados por las empresas con mayor cuota de CTC. No obstante, tal y como ha reconocido la CNE, los datos existentes no permiten demostrar ning¨²n tipo de relaci¨®n entre la cuota de CTC y las ofertas de precios bajos en el pool. El an¨¢lisis de las ofertas de energ¨ªa de los agentes en distintas horas del d¨ªa muestra que, de forma recurrente, el conjunto de los generadores ofrecen a precio cero una cantidad de energ¨ªa muy superior a su cuota de generaci¨®n en base (nuclear e hidr¨¢ulica fluyente), posiblemente presionados por el inter¨¦s de conseguir entrar en la casaci¨®n y no ser expulsados por restricciones t¨¦cnicas. Este comportamiento es exhibido por todos los agentes sin excepci¨®n, tanto por los generadores con derecho a CTC, con independencia de su cuota, como por los agentes sin CTC.
En cualquier caso, tras siete a?os de funcionamiento del mercado competitivo, es razonable que se plantee la revisi¨®n de la evoluci¨®n efectiva de los par¨¢metros utilizados en el c¨¢lculo inicial y las desviaciones sobre las hip¨®tesis utilizadas. Pero el rec¨¢lculo de los CTC no puede plantearse de manera parcial, ajustando a los valores reales s¨®lo algunas de las variables relevantes en el c¨¢lculo. Este enfoque, adem¨¢s de no tener justificaci¨®n metodol¨®gica, no es neutral en sus efectos sobre las empresas, debido a la diferente situaci¨®n de partida y al heterog¨¦neo ritmo de recuperaci¨®n de CTC. Cada agente, en funci¨®n de su posici¨®n en cuanto a CTC y sus intereses, seleccionar¨ªa las variables a revisar que mejor se adaptasen a la defensa de sus argumentos.
El rec¨¢lculo coherente de los CTC exige una comparaci¨®n de la retribuci¨®n obtenida por las centrales bajo el MLE con la proporcionada por el mercado mayorista, bajo las mismas hip¨®tesis utilizadas en 1997, si bien actualizadas con los valores reales o las mejores estimaciones existentes en la actualidad. Este procedimiento, rec¨¢lculo con la misma metodolog¨ªa y revisi¨®n de todas las hip¨®tesis iniciales es el ¨²nico v¨¢lido, dado que el impacto individual de cada par¨¢metro sobre la cantidad total de CTC no es aditivo, tal y como lo ha manifestado la CNE en los informes realizados sobre la cuesti¨®n.
Arturo Rojas y Mar¨ªa Jes¨²s Lago pertenecen a Analistas Financieros Internacionales (Grupo Analistas).
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