Las facturas y el IVA
La validez de las facturas depende de cumplir sus requisitos reglamentarios, lo que reviste una especial importancia, sobre todo si se tiene en cuenta su condici¨®n de requisito inexcusable para poder ejercitar el derecho a la deducci¨®n de las cuotas del IVA soportado.
A este respecto, uno de los datos de referencia, como es la descripci¨®n clara de las operaciones facturadas, no ha dejado de suscitar cuestiones en cuanto a su grado de suficiencia, es decir, al alcance que debe atribu¨ªrsele, "sin que a tales efectos sea suficiente la simple alusi¨®n a los albaranes expedidos con anterioridad", como en su momento manifest¨® la Direcci¨®n General de Tributos, que igualmente desech¨® la posibilidad de que una central de compras adjuntase a las facturas emitidas a sus asociados las correlativas recibidas de sus proveedores como medio para describir las operaciones realizadas con dichos asociados.
La validez de las facturas para la deducci¨®n del IVA soportado depende de que cumplan los requisitos reglamentarios
No obstante, m¨¢s recientemente este ¨®rgano ha matizado la referencia a los albaranes al se?alar que, cuando para describir las operaciones se utilice la informaci¨®n contenida en los albaranes, en la citada factura se deber¨¢ hacer una menci¨®n a dicha circunstancia haciendo una referencia inequ¨ªvoca al correspondiente albar¨¢n, el cual deber¨¢ conservarse anexado a la factura, puesto que, al servir como soporte documental de la descripci¨®n de las operaciones, debe considerarse que forma parte de la misma y, por lo tanto, debe estar sujeto a las mismas obligaciones de conservaci¨®n establecida para aqu¨¦lla.
Luego ha confirmado este criterio al se?alar que no existe obst¨¢culo legal alguno para que la obligaci¨®n de consignar la menci¨®n de la descripci¨®n de las operaciones se cumpla mencionando en la factura "a otros documentos", que formen parte de la misma, tales como los albaranes expedidos con anterioridad en los que s¨ª se consignen las descripciones de las operaciones con los datos necesarios para determinar la base imponible del IVA, incluyendo el precio unitario sin impuesto de dichas operaciones, as¨ª como cualquier descuento que no est¨¦ incluido en el precio unitario".
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