Aguirre permitir¨¢ a empresas privadas participar en la reforma de Centro
La futura Ley del Suelo concede al alcalde capacidad para expropiar inmuebles
El anteproyecto de Ley del Suelo que promueve el Gobierno regional, presidido por Esperanza Aguirre, incluye por primera vez que el sector privado entre en la rehabilitaci¨®n y reforma del casco hist¨®rico de Madrid, hasta ahora competencia exclusiva del Ayuntamiento. El Consistorio, al que la ley concede tambi¨¦n la potestad para expropiar, podr¨¢ crear "¨®rganos de gesti¨®n", en los que participar¨¢n sociedades mercantiles, con el fin de rehabilitar los distritos c¨¦ntricos. Las sociedades privadas correr¨¢n con los gastos.
La futura normativa sobre el suelo permite que las sociedades mercantiles puedan participar en la rehabilitaci¨®n de los cascos hist¨®ricos de todos los municipios de la regi¨®n, aunque admiten desde la Comunidad de Madrid que ha sido pactada y redactada para el Ayuntamiento de la capital.
Los consistorios, seg¨²n fuentes del Gobierno regional, no pueden hacer frente en solitario a los enormes gastos que supone la reforma de sus barrios m¨¢s antiguos. S¨®lo el Ayuntamiento de Madrid tiene previsto invertir m¨¢s de 126 millones de euros en rehabilitar 6.000 viviendas de Lavapi¨¦s, Tetu¨¢n y Centro. Sus planes pasan por reformar cerca de 40.000 casas en todo Madrid.
Para efectuar las labores de reforma y rehabilitaci¨®n de los cascos urbanos, el anteproyecto de la Ley del Suelo detalla que la Comunidad y el Ayuntamiento en cuesti¨®n tendr¨¢n que delimitar con exactitud las "¨¢reas a rehabilitar" en el plan de urbanismo. A partir de ese momento el Ayuntamiento crear¨¢ un "¨®rgano gestor p¨²blico" o de "car¨¢cter privado" que vigilar¨¢ la actuaci¨®n.
Si la reforma la llevan a cabo gestores privados (art¨ªculo 75), ¨¦sta requerir¨¢ que los trabajos "abarquen al menos una manzana o varias manzanas completas, continuas o discontinuas". Si en este caso se producen expropiaciones, "el alojamiento provisional de los inquilinos corresponder¨¢ al beneficiario de la expropiaci¨®n"; es decir, a la sociedad mercantil si ¨¦sta gestiona el ¨¢rea. La sociedad mercantil adelantar¨¢ el dinero de la expropiaci¨®n y se quedar¨¢ con las plusval¨ªas.
El borrador establece adem¨¢s que se abonar¨¢ "el justiprecio de los bienes y derechos", que se determinar¨¢ mediante aplicaci¨®n de los criterios establecidos por la legislaci¨®n.
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