La ley del tabaco prev¨¦ multas de hasta 10.000 euros para los bares
La imposici¨®n de las sanciones corresponder¨¢ a las autonom¨ªas
Los propietarios de los locales de restauraci¨®n que no hagan cumplir a sus clientes la ley contra el tabaco que ha de entrar en vigor el pr¨®ximo 1 de enero se enfrentar¨¢n a sanciones de entre 600 y 10.000 euros. La normativa, aprobada por el Senado y que el Congreso debe ratificar definitivamente, otorga a las autonom¨ªas las funciones de inspecci¨®n y control del cumplimiento de la ley en los locales, as¨ª como la imposici¨®n de sanciones.
A la calidad y el precio de la comida, el trato que se dispensa al cliente o el confort del local se sumar¨¢ a partir del pr¨®ximo 1 de enero un nuevo elemento que los clientes podr¨¢n sopesar a la hora de elegir un establecimiento de restauraci¨®n. Un cartel en la entrada de los bares, cafeter¨ªas y restaurantes indicar¨¢ si en ellos est¨¢ prohibido fumar o si son locales libres de humo, o bien si existe una ¨¢rea destinada a los fumadores en el caso de los establecimientos que tengan m¨¢s de 100 metros cuadrados.
La ley contra el tabaco afectar¨¢ de lleno al sector de la restauraci¨®n, as¨ª como al del ocio nocturno y a los centros de trabajo. A pesar de que la entrada en vigor de la nueva normativa es inminente, existe un gran desconocimiento sobre ella a todos los niveles, como pudo comprobarse el pasado lunes en una reuni¨®n convocada por el Gremio de Restauraci¨®n de Barcelona a la que asistieron 400 empresarios del sector. ?stas son algunas dudas que surgieron en el encuentro.
- La inmensa mayor¨ªa de los bares y cafeter¨ªas de Catalu?a son negocios familiares de dimensiones reducidas, inferiores a 100 metros cuadrados, sin posibilidad de crear zonas separadas para fumadores. ?Qu¨¦ pasar¨¢ con ellos?
Para los locales que no superan esta superficie, la ley estatal deja que el titular del negocio elija entre dejar fumar en su establecimiento o prohibirlo totalmente. Cualquiera que sea la opci¨®n elegida, ¨¦sta deber¨¢ estar indicada en un cartel en el exterior del local. El Gobierno catal¨¢n, sin embargo, ha anunciado que en el desarrollo de la ley estatal introducir¨¢ modificaciones para hacerla m¨¢s restrictiva en lo que respecta a los locales peque?os. El Departamento de Salud quiere que la posibilidad de elegir establecimiento se mantenga s¨®lo durante un periodo transitorio y que transcurrido ¨¦ste, todos los locales de menos de 100 metros cuadrados proh¨ªban el consumo de tabaco. Este punto ha causado gran malestar entre los empresarios del sector en Catalu?a, que temen perder clientes. Las negociaciones entre los restauradores y la Generalitat siguen abiertas.
- ?Qu¨¦ requisitos deber¨¢n cumplir los restaurantes, cafeter¨ªas o discotecas de m¨¢s de 100 metros cuadrados que deseen crear ¨¢reas de fumadores?
S¨®lo podr¨¢n destinar a ¨¢rea de fumadores el 30% de la superficie y ¨¦sta deber¨¢ estar se?alizada, "adecuadamente compartimentada" y dotada de un sistema independiente de eliminaci¨®n del humo. Adem¨¢s, estas ¨¢reas no podr¨¢n situarse en una zona de paso.Los restauradores se quejan de que las medidas exigidas para establecer ¨¢reas de fumadores les obligar¨¢n a realizar obras muy costosas en sus establecimientos. Para llevarlas a cabo tendr¨¢n 18 meses. Los propietarios de locales de ocio se muestran especialmente reacios a esta medida, ya que argumentan que "compartimentar" las ¨¢reas de fumadores en las discotecas significa "segregar" a los clientes que fuman.
- ?Podr¨¢n vender tabaco los locales donde est¨¦ prohibido fumar? No. S¨®lo podr¨¢n hacerlo los que permitan el consumo de tabaco en su interior y dispongan de la preceptiva autorizaci¨®n.
- Sanciones. ?Qu¨¦ pasar¨¢ si un cliente fuma en un local donde est¨¦ prohibido o lo hace fuera del ¨¢rea de fumadores?
Si un cliente no respeta la prohibici¨®n de fumar en un local aun siendo requerido por el propietario del local, se considerar¨¢ autor de una infracci¨®n leve y ser¨¢ multado con un m¨¢ximo de 30 euros. El titular del negocio tiene la obligaci¨®n de hacer cumplir la ley a sus clientes. En caso contrario, el resto de clientes pueden alertar a los Mossos d'Esquadra o a la Polic¨ªa Local para que acudan al establecimiento y levanten acta. Tambi¨¦n se considerar¨¢ infractor al propietario que establezca ¨¢reas de fumadores sin cumplir los requisitos exigidos o instale m¨¢quinas expendedoras de tabaco en lugares prohibidos. Las sanciones para el propietario oscilan entre los 600 y los 10.000 euros.
- Las funciones de inspecci¨®n de los locales, de oficio o a requerimiento de alg¨²n denunciante, y el control del cumplimiento de la ley corresponden a las comunidades aut¨®nomas, que instruir¨¢n los expedientes sancionadores e impondr¨¢n las multas.
- ?Los centros de trabajo podr¨¢n dotarse de ¨¢reas de fumadores?
No. La ley s¨®lo permite fumar en el trabajo cuando se trate de una actividad al aire libre.
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