La Generalitat adaptar¨¢ varias leyes civiles a los cambios sociales
Las nuevas formas de familia plantean situaciones no resueltas
El Departamento de Justicia de la Generalitat est¨¢ preparando varios retoques en las leyes catalanas de derecho civil para amparar nuevas situaciones derivadas de los diversos modos de familia y para que la orientaci¨®n sexual de la pareja no suponga una discriminaci¨®n. La previsi¨®n es que los proyectos de reformas est¨¦n listos en un mes y se debatan el pr¨®ximo a?o en el Parlament.
Catalu?a siempre ha presumido, en ocasiones con raz¨®n, de ser la primera o de las primeras comunidades aut¨®nomas que han legislado sobre ciertas materias de derecho civil. Lo que ahora ocurre es que, a?os despu¨¦s, las circunstancias son otras y las leyes son las mismas. Un ejemplo. Una mujer o un hombre que est¨¦n separados y vuelvan a tener pareja, actualmente no tienen el reconocimiento de pareja de hecho, porque la ley catalana vigente s¨®lo considera como tales a las que est¨¦n formadas por personas que puedan volver a casarse. Es decir, que est¨¦n divorciadas.
"Lo que pensamos es que las parejas de hecho son las que, estando o no impedidas, re¨²nen los requisitos de querer mantener una vida en com¨²n y les une la afectividad, la econom¨ªa y el domicilio", asegura Xavier Mu?oz Puiggr¨°s, director general de derecho y entidades jur¨ªdicas del Departamento de Justicia, cuyo titular es Josep Maria Vall¨¨s.
El Parlament de Catalunya ha aprobado 26 leyes relativas al derecho civil, al amparo de las competencias reconocidas en el Estatut. La C¨¢mara acord¨® en 2002 que hab¨ªa llegado el momento de elaborar un C¨®digo Civil catal¨¢n, y en esa tarea est¨¢ actualmente el Departamento de Justicia. El futuro c¨®digo tendr¨¢ seis libros y el segundo de ellos se referir¨¢ precisamente a la familia y la persona. Ese ser¨¢ el apartado en el que se incluya la ley de parejas de hecho, que data de 1998 y que cuando gobernaba Converg¨¨ncia i Uni¨® (CiU) no se incluy¨® en el C¨®digo de Familia que se aprob¨® en la ¨¦poca. Probablemente porque para la coalici¨®n nacionalista la ideolog¨ªa tuvo prioridad sobre la realidad sociol¨®gica. En ese libro segundo se piensa incluir ahora el C¨®digo de Familia entero, que consta de 251 art¨ªculos, y que regular¨¢ otras situaciones derivadas, por ejemplo, de los casos de ruptura de la convivencia o de la sucesi¨®n en caso de que no se haya dejado testamento.
Tambi¨¦n se est¨¢ estudiando una modificaci¨®n de la regulaci¨®n de la pensi¨®n compensatoria que recibe la mujer en caso de separaci¨®n, "con el fin de perfeccionarla y limitarla", asegura Mu?oz, quien explica un ejemplo ilustrativo. El de una pareja que trabaja junta durante a?os en un restaurante, hasta que se rompe el v¨ªnculo afectivo. Ella ha trabajado codo con codo con ¨¦l, pero es probable que ¨¦l se acabe quedando el negocio y ella salga muy perjudicada.
Otra situaci¨®n que se pretende regular es la denominada de los step-parents; es decir, la responsabilidad y la intervenci¨®n que tienen un hombre o una mujer con los hijos de su pareja en caso de que ¨¦sta fallezca y haya existido un v¨ªnculo con los menores. En este caso, la idea que se pretende introducir en la nueva regulaci¨®n legal es que se escuche siempre a los menores.
Con todo, la reforma m¨¢s novedosa que prepara la Generalitat es la posibilidad de que los jueces puedan conceder la guardia y custodia compartida de los hijos sin que sea necesario el informe favorable del ministerio fiscal o de ambos c¨®nyuges (v¨¦ase EL PA?S del 21 de noviembre). "Eso s¨ª ser¨ªa una ley avanzada", aseguran diversos colectivos de padres y madres separados, bastante decepcionados con la redacci¨®n que ha quedado en la reforma de ley del divorcio vigente en Espa?a.
Otras peque?as modificaciones legales se refieren a la eliminaci¨®n de las trabas que condicionan la orientaci¨®n sexual de la pareja. Por ejemplo, el reconocimiento de un hijo sin necesidad de que se produzca la adopci¨®n o la regulaci¨®n del matrimonio homosexual.
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