La Junta restringe el tr¨¢fico en Do?ana para minimizar su impacto
La velocidad no podr¨¢ superar en ning¨²n caso los 40 kil¨®metros por hora
Las carreras de quads por la Raya Real tienen las horas contadas. La regulaci¨®n del tr¨¢nsito a motor por esta v¨ªa pecuaria, que atraviesa zonas de Do?ana de gran valor ecol¨®gico, proh¨ªbe en general la circulaci¨®n de motocicletas y quads, aunque cuenta con una serie de excepciones (peregrinaciones rocieras, visitas educativas, investigadores y aprovechamientos tradicionales, entre otros). La velocidad m¨¢xima autorizada es de 40 kil¨®metros por hora. La orden de Medio Ambiente entra en vigor este mes.
La circulaci¨®n de veh¨ªculos a motor por los 25 kil¨®metros de la Raya Real y el Camino de Moguer, que atraviesan por el Parque Nacional y el Parque Natural de Do?ana, se limitar¨¢ a partir de este mes, en cuanto el BOJA publique la orden de la Consejer¨ªa de Medio Ambiente. La tramitaci¨®n de la norma estuvo rodeada de fuerte contestaci¨®n desde algunos ayuntamientos y hermandades, que temieron que significara una prohibici¨®n total para el tr¨¢fico rodado.
"Pero la norma nunca contempl¨® el cierre de la Raya Real, lo que queremos es eliminar el uso indiscriminado y abusivo de quads y motos, que llegaban incluso a organizar carreras", expone la directora general de la Red de Espacios Naturales Protegidos de Andaluc¨ªa, Rosario Pintos. Hasta la entrada en vigor de la orden, la v¨ªa pecuaria permanec¨ªa abierta al tr¨¢nsito libre. En su parte justificativa, la norma de Medio Ambiente expone que en los ¨²ltimos a?os se ha apreciado un "espectacular incremento" de todoterrenos, quads y motocicletas que han provocado "graves impactos sobre el medio, a la vez que representan un peligro para la seguridad p¨²blica".
La orden establece que la circulaci¨®n de estos veh¨ªculos a motor estar¨¢ prohibida, "salvo uso acreditado para el acceso de propietarios y trabajadores a las fincas colindantes y personal adscrito a la Administraci¨®n p¨²blica en labores de gesti¨®n y vigilancia". En cuanto al tr¨¢nsito de coches y todoterrenos, s¨®lo se autorizar¨¢n los de los propietarios, trabajadores y suministradores de las fincas colindantes; los de usuarios de aprovechamientos tradicionales de Do?ana (ganaderos, apicultores y cazadores, entre otros); el personal que realice labores de gesti¨®n o investigaci¨®n, las empresas que se encargan de la atenci¨®n al p¨²blico o los grupos de visitantes con fines educativos.
En este ¨²ltimo supuesto, Medio Ambiente otorga un papel destacado a los ayuntamientos con territorio dentro del espacio natural, que ser¨¢n los que tramitar¨¢n las peticiones a las oficinas del parque natural o nacional. Las visitas ser¨¢n denegadas, no obstante, durante el periodo de alto peligro de incendios forestales. "Hemos intentado que los ayuntamientos estuvieran c¨®modos con la norma", precisa Pintos.
En cuanto al tr¨¢nsito rociero, la orden proh¨ªbe el de "particulares ajenos a la disciplina organizativa de las hermandades" y autoriza el paso de los veh¨ªculos "debidamente organizados e integrados por cada hermandad". Rosario Pintos asegura que la norma se consensu¨® con la hermandad matriz de Almonte, si bien ha suscitado el rechazo de algunas entidades rocieras. "Si se garantiza que los veh¨ªculos que van son los acreditados por la hermandad, tienen una peregrinaci¨®n m¨¢s tranquila y ordenada", se?ala.
La velocidad m¨¢xima, en todos los casos, ser¨¢ de 40 kil¨®metros por hora. La guarder¨ªa del parque nacional, los agentes de medio ambiente del parque natural y los guardias del Seprona se encargar¨¢n de vigilar el cumplimiento de la normativa, cuyo ¨¢mbito de aplicaci¨®n afecta a 16,2 kil¨®metros de la Raya Real y 8,2 kil¨®metros del Camino de Moguer. La v¨ªa pecuaria atraviesa algunas zonas delicadas de Do?ana, como la finca del Coto del Rey, donde est¨¢n presentes h¨¢bitats y especies gravemente amenazados.
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