Fondos de inversi¨®n impuestos por d¨ªas
Desaparecen los coeficientes correctores, aunque se mantiene un r¨¦gimen provisional
Las ganancias patrimoniales de participaciones en fondos de inversi¨®n tributar¨¢n a partir del 1 de enero de 2007 al 18%, independientemente de su plazo de generaci¨®n y siempre y cuando hubieran sido adquiridas con posterioridad al 31 de diciembre de 1994. En la actualidad, si se trata de participaciones en fondos de inversi¨®n adquiridas con posterioridad al 31 de diciembre de 1994, sus ganancias tributan al 15%, si cuentan con m¨¢s de un a?o de antig¨¹edad hasta su venta efectiva y a los tipos marginales de cada contribuyente (entre el 15% y el 45%) si no se han mantenido esos 12 meses de referencia en el patrimonio.
Para estas participaciones son dos, por tanto, los cambios: aumento del tipo fijo de tributaci¨®n y desaparici¨®n del plazo m¨ªnimo de un a?o para beneficiarse del mismo. Son, sin embargo, muchas m¨¢s las novedades fiscales para las participaciones en fondos adquiridas con anterioridad al 31 de diciembre de 1994.
Las ganancias que proporcionan a sus titulares este tipo de participaciones no tributan por su importe ¨ªntegro al 15%. Las plusval¨ªas a efectos fiscales se reducen entre un 14,28% y tambi¨¦n hasta en un 100% en funci¨®n de su antig¨¹edad (v¨¦ase cuadro). Se aplican los llamados coeficientes reductores.
Dos supuestos
Pues bien, si entra en vigor el nuevo IRPF en su redacci¨®n actual, ¨¦stos desaparecen aunque se mantiene un r¨¦gimen provisional contemplado en la disposici¨®n transitoria novena. Calcular las ganancias por las que habr¨¢ que tributar pasa a ser m¨¢s complicado. Dos son los supuestos que hay que tener en cuenta para delimitarlas.
1. Si las participaciones fueron adquiridas antes del 31 de diciembre de 1994 y al venderlas arrojan ganancias. En este caso, si el valor de transmisi¨®n (venta) es mayor que su valor patrimonial a 31 de diciembre de 2005, se calcular¨¢ la ganancia inicial como diferencia entre este ¨²ltimo y el precio de adquisici¨®n. Esta plusval¨ªa inicial se dividir¨¢ por el n¨²mero de d¨ªas que la participaci¨®n en fondos de inversi¨®n ahora vendida ha permanecido en el patrimonio del contribuyente. Este te¨®rico beneficio inicial diario se multiplicar¨¢ por el n¨²mero de d¨ªas transcurrido desde su adquisici¨®n hasta el 20 de enero de 2006. Sobre esa nueva cantidad se aplicar¨¢n los coeficientes reductores a los que se tenga derecho y sobre la plusval¨ªa no exenta de pagar impuestos, el 18%. Este mismo tipo fijo se cargar¨¢ sobre la cantidad que resulte de multiplicar el beneficio inicial te¨®rico diario por el n¨²mero de d¨ªas transcurridos desde el 20 de enero de 2006 hasta la venta.
2. Si las participaciones en fondos de inversi¨®n fueron adquiridas antes del 31 de diciembre de 1994, y al venderlas arrojan ganancias. En este caso, si el valor de transmisi¨®n (venta) es menor que su valor patrimonial a 31 de diciembre de 2005, se calcular¨¢ la ganancia inicial como diferencia entre el precio de venta (no su valor patrimonial a 31 de diciembre de 2005 como en el caso anterior) y el precio de adquisici¨®n. Esta plusval¨ªa inicial se dividir¨¢ por el n¨²mero de d¨ªas que la participaci¨®n en fondos de inversi¨®n ahora vendida ha permanecido en el patrimonio del contribuyente.
Este te¨®rico beneficio inicial diario se multiplicar¨¢ por el n¨²mero de d¨ªas transcurridos desde su adquisici¨®n hasta el 20 de enero de 2006. Sobre esa nueva cantidad se aplicar¨¢n los coeficientes reductores a los que se tenga derecho y sobre la plusval¨ªa no exenta de pagar impuestos, el 18%. Este mismo tipo fijo se cargar¨¢ sobre la cantidad que resulte de multiplicar el beneficio inicial te¨®rico diario por el n¨²mero de d¨ªas transcurridos desde el 20 de enero de 2006 hasta la fecha de su venta.
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