El Gobierno elimina la retenci¨®n que se aplica el primer mes de paro
Los desempleados podr¨¢n solicitar la prestaci¨®n por tel¨¦fono, correo e Internet
Los parados que cobren la prestaci¨®n por desempleo percibir¨¢n la totalidad de su primera n¨®mina a partir de ahora, ya que el Gobierno se dispone a eliminar la retenci¨®n de los 10 primeros d¨ªas de prestaci¨®n o subsidio que se aplica en la actualidad. ?sta es una de las medidas incluidas en un real decreto que el Consejo de Ministros tiene previsto aprobar hoy para simplificar los tr¨¢mites administrativos de la protecci¨®n por desempleo y que permitir¨¢ solicitar la prestaci¨®n por tel¨¦fono, correo e Internet.
Cada vez que un trabajador se queda en el paro y empieza a cobrar la prestaci¨®n por desempleo, se le retiene el sueldo de los 10 primeros d¨ªas, con lo que no percibe ¨ªntegramente su primera n¨®mina. Este dinero se le paga al final de la prestaci¨®n. Ahora, el Ministerio de Trabajo propone que se elimine esa retenci¨®n.
Esta retenci¨®n no tiene nada que ver con la fiscal. Empez¨® a ser aplicada por el Inem hace a?os, cuando los tr¨¢mites en sus oficinas -sobre todo por la escasa implantaci¨®n de los sistemas inform¨¢ticos- eran m¨¢s lentos y, por lo tanto, a veces se daba la situaci¨®n de que un ciudadano que acababa de encontrar otro empleo segu¨ªa percibiendo la prestaci¨®n algunos d¨ªas m¨¢s por error. La retenci¨®n serv¨ªa a modo de fianza para cubrir posibles errores.
?ste no ser¨¢ el ¨²nico cambio. El real decreto abre la v¨ªa para que los ciudadanos puedan solicitar las prestaciones a trav¨¦s del telef¨®no, el correo postal e Internet, sin tener que acudir a las oficinas de empleo. Todav¨ªa no hay fecha concreta para la puesta en marcha de esta medida.
Adem¨¢s, para acceder a la prestaci¨®n ser¨¢ suficiente el certificado de empresa, cumplimentado por el empresario, para acreditar que el cese del trabajador ha sido involuntario. Y los expedientes de prestaci¨®n pasar¨¢n de precisar ocho documentos justificativos a s¨®lo uno o dos.
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