El Supremo aplica una nueva doctrina para endurecer el cumplimiento de penas para etarras
El Pleno de la Sala Penal del Tribunal Supremo se pronunci¨® ayer a favor de que el etarra franc¨¦s Henri Parot, jefe del comando itinerante de ETA y autor de 26 asesinatos consumados y 166 frustrados, cumpla ¨ªntegramente en prisi¨®n 30 a?os de condena, y no salga de la c¨¢rcel hasta 2020, en vez de hacerlo entre 2009 y 2011, cuando s¨®lo habr¨ªa cumplido entre 19 y 21 a?os.
La resoluci¨®n, aprobada por 12 votos a tres, caus¨® satisfacci¨®n en la Fiscal¨ªa del Supremo, en la Audiencia Nacional y en medios pol¨ªticos y sociales, en los que hab¨ªa llegado a causar gran preocupaci¨®n la posible salida del etarra m¨¢s sanguinario de la banda. Adem¨¢s, la interpretaci¨®n aprobada ayer deja en el aire las inminentes excarcelaciones de Domingo Troiti?o Arranz, autor del atentado de Hipercor, y Jos¨¦ Antonio L¨®pez Ruiz, Kubati.
El nuevo criterio jurisprudencial afectar¨¢ a todos los terroristas y delincuentes condenados por varios delitos a m¨¢s de 30 a?os de c¨¢rcel
Tres de los 15 magistrados de la Sala de lo Penal anuncian un voto particular al creer que la nueva doctrina supone una aplicaci¨®n retroactiva de la ley
La decisi¨®n impide al etarra Parot salir en libertad en 2011 y alarga su estancia en prisi¨®n hasta 2020, pese a que se admite su recurso de acumulaci¨®n de penas
El Supremo ten¨ªa que pronunciarse sobre un recurso de Parot contra un auto de la Audiencia Nacional de abril de 2005, que interpret¨®, un tanto forzadamente, el criterio de acumulaci¨®n de penas y resolvi¨® que el etarra deb¨ªa cumplir dos penas de 30 a?os en vez de refundirse todas sus condenas en una sola, como se hab¨ªa hecho hasta entonces. La Audiencia entendi¨® que, como Parot hab¨ªa interrumpido sus cr¨ªmenes durante dos a?os, cabr¨ªa refundir sus condenas en dos periodos distintos, y consecuentemente, imponerle dos penas de 30 a?os.
En realidad, lo que hizo ayer el Supremo fue estimar el recurso de Parot frente al auto de la Audiencia, con lo que no tendr¨¢ que cumplir dos penas de 30 a?os. Pero los magistrados no se pararon ah¨ª e interpretaron por primera vez el art¨ªculo 70 del C¨®digo Penal de 1973, vigente cuando el etarra cometi¨® todos sus delitos.
L¨ªmite legal
As¨ª, siguiendo la ponencia elaborada por el magistrado Juli¨¢n S¨¢nchez Melgar, el Pleno interpret¨® por primera vez ese art¨ªculo del C¨®digo de 1973 sobre cumplimiento de las penas y lleg¨® a la conclusi¨®n de que todas las penas de Parot deben acumularse para su cumplimiento sucesivo, con el l¨ªmite legal de 30 a?os establecido en el propio art¨ªculo 70.
En consecuencia y seg¨²n explic¨® la Sala Penal en un comunicado, Parot deber¨¢ "cumplir sucesivamente sus responsabilidades penales, con la expresada limitaci¨®n [de los 30 a?os de c¨¢rcel], de modo que extinguida una pena, con las redenciones y beneficios que le puedan ser aplicables, comenzar¨¢ el cumplimiento de la siguiente, y ello por el orden sucesivo de su respectiva gravedad".
Es decir, que dado que el etarra ingres¨® en prisi¨®n en 1990, "finalizar¨¢ el m¨¢ximo de cumplimiento en el a?o 2020".
El magistrado ponente, S¨¢nchez Melgar, pasar¨¢ hoy la sentencia a la firma, y se notificar¨¢ en cuanto se le incorporen los votos particulares disidentes de Perfecto Andr¨¦s Ib¨¢?ez, Jos¨¦ Antonio Mart¨ªn Pall¨ªn y Joaqu¨ªn Jim¨¦nez. Estos magistrados creen que se trata de una aplicaci¨®n retroactiva de la ley y a?aden que la Audiencia no hab¨ªa cuestionado la aplicaci¨®n de beneficios a las penas de 30 a?os.
Las fuentes del Supremo consultadas explicaron que la resoluci¨®n de ayer no supone un cambio de jurisprudencia, sino que es la primera vez en 60 a?os que el alto tribunal tiene que pronunciarse sobre la aplicaci¨®n del art¨ªculo 70 del C¨®digo Penal de 1973.
Hasta ahora, los delincuentes cuyas condenas exced¨ªan de 30 a?os ped¨ªan la acumulaci¨®n de todas ellas en una sola, y de ah¨ª comenzaban a descontarse los beneficios penitenciarios por redenci¨®n de penas en el trabajo -un d¨ªa de redenci¨®n por cada dos de trabajo-, y otros beneficios extraordinarios, de forma que, en la pr¨¢ctica, las penas de 30 a?os quedaban acortadas al menos en un tercio. Como esa pr¨¢ctica era pac¨ªfica, se consolid¨® sin que nadie llegase a cuestionarla ante el Supremo y de ah¨ª que ¨¦ste no hubiese emitido hasta la fecha ning¨²n pronunciamiento sobre el cumplimiento sucesivo y la acumulaci¨®n de penas.
El Supremo entiende que la reducci¨®n a 30 a?os del l¨ªmite de cumplimiento implica que el penado tiene derecho a los beneficios de la redenci¨®n, pero de su primera pena, y despu¨¦s, a redimir de la segunda y sucesivas, hasta llegar al l¨ªmite de 30 a?os de cumplimiento. Despu¨¦s de ese l¨ªmite, las dem¨¢s condenas se extinguen.
Lo que no cabe hacer es dos acumulaciones de 30 a?os cada una, hasta totalizar 60 a?os, como las que hab¨ªa hecho la Audiencia. A eso se opon¨ªa la Fiscal¨ªa del Supremo, en un dictamen refrendado por el fiscal general del Estado y una treintena de fiscales.
La Audiencia Nacional, que sobre el papel era la perdedora del recurso, expres¨® tambi¨¦n su satisfacci¨®n por haber provocado una interpretaci¨®n que, en definitiva, supone que Parot no saldr¨¢ en libertad hasta 2020.
Fuentes del Supremo se?alaron que hasta ahora nunca se hab¨ªan enfrentado a un caso de tanta gravedad y en que una persona ha cometido tantos asesinatos. A partir de ahora, los penados, terroristas o no, que tengan graves delitos tendr¨¢n que cumplir hasta el m¨¢ximo de 30 a?os y no s¨®lo por el primero de ellos, como en la pr¨¢ctica ven¨ªa sucediendo.
La sentencia tambi¨¦n tendr¨¢ efectos directos sobre los etarras que siguen en prisi¨®n y a¨²n no hayan pedido la acumulaci¨®n de sus penas, puesto que el criterio del Supremo es plenamente aplicable a esos supuestos. En cuanto a los que ya tengan aprobada la acumulaci¨®n de penas y aprobada la liquidaci¨®n de condena, las opiniones var¨ªan entre los que creen que no debe aplicarse retroactivamente un criterio jurisprudencial y los que entienden que si la liquidaci¨®n de condena no es firme, cabe intentarlo. En todo caso, parece que en los casos m¨¢s significativos el ministerio fiscal intentar¨¢ que se aplique el criterio del Supremo.
30 a?os, m¨¢ximo tiempo en prisi¨®n
La interpretaci¨®n del Supremo implica considerar el art¨ªculo 70 del C¨®digo Penal referido al l¨ªmite de cumplimiento de una pena, y no a que este m¨¢ximo opere como una pena "nueva". En 60 a?os, el Supremo s¨®lo se hab¨ªa pronunciado sobre la aplicaci¨®n de beneficios penitenciarios en 1994, a prop¨®sito de una sentencia de la Audiencia de Huelva, que propuso descontar los beneficios penitenciarios al violador y asesino de una ni?a del total de una condena de 44 a?os, en vez de descontarlos del m¨¢ximo de 30 a?os al que deb¨ªa quedar autom¨¢ticamente reducida.
La propuesta de la Audiencia de Huelva fue rechazada por el entonces magistrado ponente Jos¨¦ Manuel Mart¨ªnez-Pereda, por entender que la pena resultante de 30 a?os operaba como una pena "nueva y aut¨®noma" y de ella deb¨ªan descontarse los beneficios penitenciarios.
El Supremo no opt¨® ayer por descontar los beneficios del total de las condenas -posibilidad introducida en el C¨®digo Penal en 2003 y sobre la que pesan algunas dudas de constitucionalidad-, sino que acept¨® que las penas impuestas sean cumplidas por orden de gravedad y sucesivamente, y de cada una de ellas se descuenten las redenciones.
La resoluci¨®n, sin embargo, deja abierta a nuevas interpretaciones la aplicaci¨®n de progresiones de grado y del cumplimiento en r¨¦gimen de libertad condicional del ¨²ltimo cuarto de la pena.
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