El Consejo Audiovisual catal¨¢n fiscalizar¨¢ la informaci¨®n del Estatuto en los medios p¨²blicos
El organismo exige a televisiones y radios p¨²blicas la entrega de sus planes de cobertura
El Consejo Audiovisual de Catalu?a (CAC) est¨¢ decidido a controlar los contenidos informativos acerca del Estatuto que ofrezcan durante la campa?a previa al referendo los medios sobre los que tiene competencias -los audiovisuales p¨²blicos de ¨¢mbito auton¨®mico y local y los privados con licencia otorgada por la Generalitat-. Con el fin de asegurar que dichas televisiones y radios act¨²an con "objetividad e imparcialidad" en este asunto, el organismo ha elaborado un pliego de "directrices y recomendaciones", que incluye la obligatoriedad para las de titularidad p¨²blica de entregarle 10 d¨ªas antes del inicio de la cita con las urnas sus plan de cobertura informativa del Estatuto.
El presidente del CAC, Josep Maria Carbonell, diputado del PSC entre 195 y 2004, eligi¨® ayer el Parlamento catal¨¢n como marco para presentar las mencionadas instrucciones. Durante una comparecencia en la que inform¨® de las actividades llevadas a cabo por el organismo en 2005, Carbonell design¨® al consejero Joan Botella para que detallara el contenido del documento. Primeramente, ¨¦ste justific¨® su elaboraci¨®n subrayando que el refrendo sobre el Estatuto es "una cuesti¨®n de gran trascendencia y muy delicada", adem¨¢s de "nueva y sin precedentes" en el contexto institucional, lo que requiere, seg¨²n ¨¦l, "algunas modulaciones de las reglas y criterios habituales" en otras consultas electorales. Y destac¨® seguidamente que el texto se basa en dos principios: asegurar la libertad de informaci¨®n y de opini¨®n y garantizar que los electores tengan una informaci¨®n "plural y veraz" sobre la norma que ser¨¢ sometida a refrendo.
Las "directrices y recomendaciones" del CAC -que se refieren no s¨®lo al ¨¢mbito de los contenidos informativos sino tambi¨¦n a la publicidad institucional- se apoyan jur¨ªdicamente sobre todo en la Ley Audiovisual auton¨®mica, aprobada el ¨²ltimo diciembre y que da al organismo competencias amplias de control sobre los medios, y tambi¨¦n en otras normas estatales y electorales.
Al dar explicaciones sobre el texto, Botella puso ¨¦nfasis, por lo que hace a la informaci¨®n durante la campa?a, en dos aspectos: la recomendaci¨®n de que se d¨¦ "prioridad informativa al contenido de la norma", lo que consider¨® m¨¢s importante que reflejar "las posiciones de las distintas fuerzas pol¨ªticas" a prop¨®sito del Estatuto, y asegurar en los programas "la presencia de otras voces", exponentes de la sociedad civil, de sectores sociales y expertos. "Tenemos que salir del c¨ªrculo estricto de los sospechosos habituales, entre los que se encuentran los grandes opinadores de Catalu?a y los portavoces de los partidos", afirm¨®.
En cuanto a los medios p¨²blicos -TV-3, Catalunya R¨¤dio, COM R¨¤dio y todas las cadenas televisivas y emisoras municipales-, Botella se?al¨® la obligatoriedad que tendr¨¢n los operadores de comunicar al CAC unos 10 d¨ªas antes del inicio de la campa?a su "plan de cobertura informativa sobre el contenido del proyecto de Estatuto de Autonom¨ªa y sobre el proceso de refrendo". "El CAC", puede leerse en las instrucciones, "establecer¨¢ los mecanismos oportunos para supervisar y velar por el cumplimiento del conjunto de responsabilidades del servicio p¨²blico". Otra recomendaci¨®n que afecta en exclusiva a las televisiones y radios p¨²blicas hace referencia a los discutidos entre la profesi¨®n period¨ªstica "bloques electorales" (el tiempo de los informativos asignado a cada partido en funci¨®n de su representatividad electoral). En este sentido, Botella se declar¨® a favor de reducir "el cors¨¦" de las informaciones electorales y privilegiar los criterios period¨ªsticos.
El ¨²ltimo apartado del pliego se ocupa de la "publicidad institucional". El CAC -que debe autorizar su contenido- distingue dos etapas. Antes de la publicaci¨®n de la convocatoria del referendo, la Administraci¨®n puede hacer "una amplia difusi¨®n" del texto e informar "sobre su alcance e implicaciones". Durante el periodo electoral, "el principio general, ha de ser el de imparcialidad, es decir, la publicidad institucional no ha de orientar el voto ciudadano".
EL CONTROL DE LOS MEDIOS
-El presidente del Consejo Audiovisual Catal¨¢n quiere que se d¨¦ "prioridad informativa al contenido de la norma" estatutaria
-El Consejo controlar¨¢ la "objetividad e imparcialidad" de las informaciones durante la campa?a previa al referendo
-La publicidad institucional sobre el Estatuto no podr¨¢ sugerir opciones de voto
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