Persecuci¨®n por raz¨®n del sexo
Entre los miembros de la secci¨®n octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional no todos estuvieron de acuerdo en negar el derecho de asilo a B. O. La magistrada Isabel Perell¨® dej¨® constancia de su distinto criterio a trav¨¦s de un voto particular.
"Considero que la recurrente ha sido objeto de una grave persecuci¨®n por motivos de g¨¦nero por su pertenencia a un grupo social que, por las razones expuestas, hac¨ªa procedente la concesi¨®n del derecho de asilo al concurrir una situaci¨®n de persecuci¨®n de las contempladas en la legislaci¨®n sobre esta materia".
Isabel Perell¨® sostiene en su escrito que su discrepancia se refiere "no s¨®lo a los argumentos jur¨ªdicos expresados en la sentencia, sino al alcance del fallo" por apreciar "un defecto de coherencia en la doctrina contenida en la resoluci¨®n en cuanto a la relevancia de la grave agresi¨®n sufrida por la demandante".
La magistrada remite a las directrices del ACNUR elaboradas en 2003. En estas se expone que, a pesar de que la persecuci¨®n por cuesti¨®n de g¨¦nero no fue incluida expresamente en la Convenci¨®n de Ginebra de 1951 como uno de los motivos que pod¨ªan dar lugar a la condici¨®n de refugiado, "de conformidad con el esp¨ªritu y la finalidad de la Convenci¨®n, instrumento internacional de car¨¢cter evolutivo cuyo objeto es asegurar la protecci¨®n a las personas que la requieren", la definici¨®n del documento "debe ser interpretada desde una perspectiva de g¨¦nero". "Por tanto, cabe incluir en la persecuci¨®n aquellas solicitudes de asilo que se refieran a actos de violencia sexual, violencia familiar y dom¨¦stica, castigos por trasgredir los valores y costumbres y, claro est¨¢, el supuesto del matrimonio forzoso y la mutilaci¨®n femenina".
Dado que la mutilaci¨®n genital sufrida por la demandante "se encuentra documentada mediante certificado oficial incorporado a autos" y que las consideraciones de la sentencia sobre la "supuesta incoherencia del relato de la acto no tienen entidad y trascendencia por cuanto no dejan de referirse a aspectos accesorios de la realidad", la magistrada se ratifica en su oposici¨®n a la decisi¨®n tomada por la mayor¨ªa de sus compa?eros y aboga por la concesi¨®n de asilo.
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