Obras son amores
El feminismo es una corriente y una l¨ªnea de pensamiento. Una filosof¨ªa y una orientaci¨®n de vida a partir del hecho real de ser mujer. Seg¨²n Victoria Sau, es una "toma de conciencia de las mujeres de la opresi¨®n de que han sido y son objeto en el seno del patriarcado" y una "acci¨®n para la liberaci¨®n de su sexo".
En el feminismo podr¨¢n darse tendencias y enfoques distintos seg¨²n los prop¨®sitos program¨¢ticos, pero siempre referidos a la defensa de los derechos de las mujeres. Se podr¨¢ actualizar el discurso, amoldarlo a las circunstancias cambiantes de la sociedad. Pero no cabe moldearlo contra su propia esencia, que ser¨ªa tanto como cambiar de postulado ideol¨®gico.
Nunca negaremos el derecho de toda mujer a proclamarse feminista, ni abriremos puertas a la confrontaci¨®n. Pero puntualizaremos lo que es el feminismo analizando si en cada postulado hay beneficio o perjuicio para las mujeres, hay lo que conecta con su com¨²n sentir y lo que, por contra, las desv¨ªa hacia el patriarcado.
El Parlamento espa?ol aprob¨® la ley integral contra la Violencia de G¨¦nero, en respuesta al compromiso adquirido con las v¨ªctimas y con las organizaciones feministas que la demandaban como protecci¨®n de su derecho a la vida y para que abordara todos los aspectos que concurren en la violencia sexista, desde su prevenci¨®n hasta el resarcimiento a las afectadas. Esto era emprender el camino de la erradicaci¨®n.
Ni el texto de la ley se ha inscrito en la filosof¨ªa del castigo, ni el feminismo va por esos derroteros. Pero no cabe duda de que la proyecci¨®n punitiva de la ley y el reproche social que la sanci¨®n penal lleva consigo ejercen un efecto disuasorio en el ¨¢nimo de los presuntos delincuentes. Y ¨¦se parece haber sido el principio que ha servido de inspiraci¨®n a los legisladores. Pues la relativa levedad de las penas establecidas para los casos de agresi¨®n a las mujeres, en comparaci¨®n con otras sanciones previstas -por ejemplo, para lo da?os perpetrados por graffitis en el metro-, no permite especular sobre la gravedad del castigo.
Mal servicio pueden prestar a esta causa algunas tribunas desde las que se asevera que las mujeres presentan sus denuncias en falso con fines oportunistas. Es un g¨¦nero gratuito de afirmaciones, que por da?ar de modo irreparable a las mujeres, alienta a sus agresores, quienes sinti¨¦ndose amparados, llenan de agasajos y premios a quienes divulgan el infundio.
La actual reforma en materia de separaci¨®n y divorcio no ha eximido de culpa a las parejas de contendientes, por la sencilla raz¨®n de que ¨¦sta desapareci¨® definitivamente con la implantaci¨®n del divorcio en 1981 (por cierto, con el asentimiento y colaboraci¨®n asidua de las asociaciones feministas, junto al entonces ministro de Justicia, Fern¨¢ndez Ord¨®?ez).
Si en el actual debate se ha planteado la estimaci¨®n de "causas" como fundamento jur¨ªdico de la ruptura, ha sido para establecer un criterio valorativo de la responsabilidad en la adopci¨®n de los efectos de la sentencia, tales como la atribuci¨®n de la custodia sobre los hijos; ya que no siendo inocua para los menores la violencia de g¨¦nero, sin embargo, ha sido y contin¨²a siendo invisible en los expedientes judiciales.
La oposici¨®n que mostramos contra la custodia compartida se contrae a la perversi¨®n que supone considerar a los hijos como "objeto de reparto", en lugar de darles la consideraci¨®n que les es debida como sujetos de atenci¨®n prioritaria bajo el principio de la mayor idoneidad para ejercer su cuidado.
Las asociaciones de mujeres ya hab¨ªan advertido que la custodia compartida iba a ser motivo de presi¨®n, de instrumentalizaci¨®n de los hijos y, en definitiva, un obst¨¢culo para las mujeres en su derecho al divorcio, as¨ª como moneda de cambio para un acuerdo con pensiones m¨¢s bajas, venta y reparto del domicilio familiar, etc¨¦tera. Augurios que se est¨¢n cumpliendo con creces.
La pr¨¢ctica diaria muestra c¨®mo se va desbaratando el panorama id¨ªlico con que se present¨® la innovaci¨®n de la custodia compartida: quienes solicitan esta modalidad de custodia son en su mayor¨ªa los agresores; ya que en toda relaci¨®n civilizada la pareja llega a acuerdos razonables en t¨¦rminos de igualdad. Donde la norma legal es innecesaria.
Estudios estad¨ªsticos, como el realizado por la Coordinadora Estatal de Mujeres Abogadas sobre 1.000 sentencias de los a?os2002-2004, demuestran que si las mujeres han conservado casi en exclusiva la custodia de sus hijos se ha debido a la abstenci¨®n de los padres en una mayor¨ªa del 92%, tanto en procedimiento contendido como de mutuo acuerdo.
Por lo dem¨¢s, las pensiones que percib¨ªan las mujeres para alimentos de sus hijos se han llamado de "supervivencia" por puro eufemismo. Las pensiones compensatorias son minoritarias y con tendencia a reducir el tiempo de su vigencia; siendo tambi¨¦n del dominio com¨²n que colectivos como los de mujeres separadas o divorciadas o de madres solteras se clasifican como grupos en el umbral de la pobreza en los estudios realizados por el Banco Mundial, Consejo Econ¨®mico y Social o C¨¢ritas Diocesana.
Por otra parte, en relaci¨®n con la prostituci¨®n, las Naciones Unidas afirman: "La prostituci¨®n y la trata de personas para fines de prostituci¨®n son incompatibles con la dignidad y el valor de la persona humana". La negativa del Instituto de la Mujer a calificar de "trabajo" el acceso por dinero al cuerpo de una mujer es acorde con la resoluci¨®n de la Subcomisi¨®n de Derechos Humanos 2002/27, que preconiza: "Instar a los Estados a que se aseguren de que sus pol¨ªticas y leyes no legitimen la prostituci¨®n consider¨¢ndola una opci¨®n de trabajo de las v¨ªctimas". Seg¨²n las estad¨ªsticas, son extranjeras procedentes de la trata entre el 90% y el 95% de las mujeres atrapadas en la prostituci¨®n, pero los empresarios de locales de alterne piden que se la considere un trabajo y se den cupos para importar mujeres del Tercer Mundo para sus prost¨ªbulos. ?Qui¨¦n puede considerarlo un trabajo? ?Qui¨¦n lo querr¨ªa para un ser querido?
Desde que Simone de Beauvoir defini¨® al g¨¦nero como "lo que la humanidad ha hecho con la hembra humana", no puede dejar de admitirse como cuesti¨®n de "g¨¦nero" el compendio de todos los factores que inciden y favorecen la discriminaci¨®n de la mujer, su invisibilidad en la Historia y el control, dominio y violencia que soporta en funci¨®n del sexo a que est¨¢ adscrita. Es el hecho de pertenecer al g¨¦nero femenino o al masculino lo que justifica, refuerza y consolida las estructuras del sistema patriarcal. Es el sistema ideol¨®gico mismo, como realizaci¨®n cultural, lo que est¨¢ establecido sobre la base de su interpretaci¨®n sexista. El impulso de dominio masculino no es una cuesti¨®n biol¨®gica, sino la apropiaci¨®n que el g¨¦nero masculino se ha atribuido culturalmente por asociar dicha propiedad con la virilidad como valor supremo.
Ciertos esl¨®ganes, tan pr¨®ximos al discurso de los agresores de la mujer, resultan incompatibles con la realidad. Aunque lejos de sostener el binomio reduccionista "mujeres v¨ªctimas-hombres dominadores", no se nos negar¨¢ el prop¨®sito de sanear las relaciones de convivencia entre hombres y mujeres, para su desarrollo en pie de igualdad. Ese objetivo no se alcanzar¨¢ si no se acaba primero con las conductas opresoras y violentas.
Estamos acostumbradas a que se niegue la realidad de desequilibrio que sufren las mujeres. As¨ª ha sido hist¨®ricamente, as¨ª lo contin¨²a siendo actualmente de forma directa o indirecta. Pero por muy variopinto que se muestre ese discurso y por mucha modernidad que aparente, obras son amores y cada uno/a juzgar¨¢ a qui¨¦n beneficia cada argumento.
(*) Ana Mar¨ªa P¨¦rez del Campo, presidenta de la Federaci¨®n de Asociaciones de Mujeres Separadas y Divorciadas, y 260 firmas m¨¢s.
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