Fomento del empleo
Entre las medidas incluidas en el Real Decreto Ley 5/2006, plasmaci¨®n de los ¨²ltimos acuerdos gobierno-sindicatos-empresarios de reforma laboral, figura un nuevo Programa de Fomento del Empleo, cuya entrada en vigor se produjo el pasado 1 de julio, que pretende corregir los desequilibrios del mercado de trabajo.
Los apoyos p¨²blicos se van a concentrar en incentivar la contrataci¨®n estable y favorecer la conversi¨®n de empleos que hoy son temporales en fijos mediante la aprobaci¨®n de un plan de car¨¢cter excepcional y vigencia limitada. A trav¨¦s de este plan extraordinario se va a bonificar la conversi¨®n en indefinidos de los contratos temporales, suscritos con anterioridad al 1 de junio de 2006, siempre que su transformaci¨®n se lleve a cabo con anterioridad al 1 de enero de 2007. Transcurrido dicho plazo se suprimir¨¢n las bonificaciones a las conversiones de contratos temporales en indefinidos, con la excepci¨®n de los contratos formativos, de relevo y de sustituci¨®n por anticipaci¨®n de la edad de jubilaci¨®n.
Y para evitar la pr¨¢ctica habitual de suscribir un contrato temporal y a su finalizaci¨®n proceder a la contrataci¨®n por tiempo indefinido, tras el alta del trabajador en la Oficina de Empleo, van a quedar expresamente excluidas las contrataciones realizadas con trabajadores que en los ¨²ltimos seis meses hubiesen prestado servicios en la misma empresa, mediante contratos de duraci¨®n determinada o temporal o mediante un contrato formativo, de relevo o de sustituci¨®n.
Otras novedades pasan por la modificaci¨®n del sistema de incentivos a la contrataci¨®n indefinida de acuerdo con los siguientes criterios: mejor selecci¨®n de los colectivos beneficiarios; simplificaci¨®n de las cuant¨ªas de las bonificaciones; ampliaci¨®n de la duraci¨®n de los incentivos con el objetivo de favorecer el mantenimiento del empleo; y sustituci¨®n de los porcentajes de bonificaci¨®n actuales por cuant¨ªas fijas de bonificaci¨®n.
En relaci¨®n a la contrataci¨®n indefinida a tiempo parcial se elimina el criterio de proporcionalidad entre la bonificaci¨®n y la jornada trabajada, para pasar a otro de bonificaciones fijas en funci¨®n de la jornada realizada.
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