Medio Ambiente aprueba un plan que refuerza la protecci¨®n del litoral
El PTS busca adem¨¢s coordinar las actuaciones de las administraciones
El departamento de Medio Ambiente y Ordenaci¨®n del Territorio ha aprobado de forma provisional el Plan de Protecci¨®n y Ordenaci¨®n del Litoral, que establece los criterios para salvaguardar, mejorar y conservar los recursos naturales y regula el uso p¨²blico del litoral. El plan, que se convertir¨¢ en definitivo a final de a?o, "reforzar¨¢ sustancialmente el nivel de protecci¨®n" de la costa, seg¨²n la titular de la cartera, Esther Larra?aga.
El plan, que viene a completar el de Zonas H¨²medas, nace como un instrumento para arbitrar medidas de protecci¨®n globales y eficaces que aminoren los impactos derivados de diversas actividades. "El objetivo es no s¨®lo proteger y ordenar, sino adem¨¢s optimizar la coordinaci¨®n de actuaciones territoriales y urban¨ªsticas entre las diferentes administraciones que operan sobre el litoral y su entorno terrestre, de modo que se garantice la m¨¢xima eficacia para preservar lo que ambientalmente goza de buena salud y mejorar o regenerar, en su caso, las zonas que lo requieran", apunt¨® Larra?aga.
El ¨¢mbito de ordenaci¨®n de este Plan Territorial Sectorial (PTS) abarca la franja de anchura m¨ªnima de 500 metros desde el l¨ªmite interior de la orilla del mar, esto es, la zona de influencia definida en la Ley de Costas. Y se hace extensible a los m¨¢rgenes de los r¨ªos, hasta los puntos sensibles a la influencia de las mareas.
En el comunicado remitido ayer por el Departamento de Medio Ambiente no se especifican las f¨®rmulas de protecci¨®n concretas de estas ¨¢reas. Simplemente se difunden las grandes l¨ªneas de un plan que recoge aportaciones planteadas por diversas administraciones y por agentes y colectivos sociales durante los cuatro meses que ha estado sometido al tr¨¢mite de informaci¨®n p¨²blica y audiencia.
Zonas sensibles
El Plan de Ordenaci¨®n y Protecci¨®n establece los criterios de protecci¨®n, mejora y conservaci¨®n de los recursos naturales y fija las directrices para regular el uso p¨²blico del litoral. Propone tambi¨¦n criterios para se?alar zonas de especial protecci¨®n, a efectos de la Ley de Costas, y para incluir algunas ¨¢reas en el cat¨¢logo de zonas ambientalmente sensibles que deban ser amparadas por la Ley General de Medio Ambiente vasca.
A todas las zonas no se otorga la misma categor¨ªa de protecci¨®n, sino que se propone una salvaguarda del litoral por niveles y se adjudica una serie de usos admisibles a cada uno, respetando los dictados de otros instrumentos de planificaci¨®n ambiental u ordenaci¨®n territorial contemplados, por ejemplo, para parques naturales o bi¨®topos protegidos.
La zona m¨¢s restrictiva para cualquier tipo de actividad es el frente litoral, calificado como de especial protecci¨®n. Pero se establecen tambi¨¦n las denominadas zonas de mejora ambiental, ¨¢reas degradadas en las que se prev¨¦n actuaciones para mejorar los ecosistemas. El cat¨¢logo se completa con las zonas forestales, las agroganaderas y las de uso especial, donde se integran las playas urbanas. En todas estas ¨¢reas "se regulan, igualmente, los posibles usos y actividades relativos a la protecci¨®n ambiental, al ocio y esparcimiento, a la explotaci¨®n de recursos primarios, a infraestructuras, a crecimientos urban¨ªsticos y a actuaciones edificatorias aisladas", explican desde Medio Ambiente.
El PTS propone diversas actuaciones que, en su caso, deber¨ªan consensuarse con las distintas administraciones concernidas. Por ejemplo, la recuperaci¨®n de estuarios degradados como Artibai y Urola; la regeneraci¨®n de playas y zonas costeras, como el Abra exerior del Puerto de Bilbao u Ondarbeltz en Mutriku, o el equipamiento de sendas para uso y disfrute del litoral. El plan ser¨¢ definitivamente aprobado a finales de a?o.
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