Bruselas considera que las condiciones que Espa?a impuso a E.ON son ilegales
La Comisi¨®n cree que las exigencias para comprar Endesa vulneran la libre competencia
La "mayor parte" de las 19 condiciones que la Comisi¨®n Nacional de Energ¨ªa (CNE) impuso a la OPA de la alemana E.ON sobre Endesa el pasado julio son "ilegales", seg¨²n las conclusiones preliminares que public¨® ayer la Comisi¨®n Europea. Bruselas dijo en una carta enviada al Gobierno espa?ol que alberga "serias dudas" sobre la compatibilidad de las limitaciones con las leyes europeas de competencia, y que, de mantenerse esas incertidumbres, Espa?a estar¨ªa obligada a retirar las medidas con las que pretende garantizar el suministro energ¨¦tico nacional.
Con este nuevo cruce de cartas, Bruselas vuelve a defender una fusi¨®n, la de E.ON y Endesa, que en abril declar¨® de su competencia y deja claro, al invocar el art¨ªculo 21 del reglamento de fusiones, que Espa?a no debe inmiscuirse en una operaci¨®n que tiene dimensi¨®n comunitaria.
Ahora, la pelota vuelve a estar sobre el tejado de Madrid, que tiene hasta el pr¨®ximo 4 de septiembre para comunicar a Bruselas sus reparos sobre este an¨¢lisis preliminar, seg¨²n detalla el comunicado publicado ayer por la Comisi¨®n.
Si el Gobierno espa?ol no emite una respuesta en el plazo fijado por Bruselas, la comisaria europea de Competencia, Neelie Kroes, podr¨ªa seguir adelante con el procedimiento. Una vez que Bruselas reciba las justificaciones de Espa?a, tomar¨¢ una decisi¨®n definitiva en un plazo no fijado -"lo antes posible, se trata de semanas m¨¢s que de meses", dijo ayer Jonathan Todd, portavoz europeo de competencia-.
"Si el Gobierno espa?ol nos convence de que estamos equivocados, por supuesto lo tendremos en cuenta", explic¨® ayer Todd, pero los precedentes de las acusaciones indican que son demasiado serias como para venirse abajo.
La potestad comunitaria
La Comisi¨®n Europea explica que Espa?a viola con sus restricciones el art¨ªculo 21 del reglamento de fusiones, que establece que Bruselas tiene la potestad exclusiva para evaluar las concentraciones que tengan dimensi¨®n comunitaria, como ¨¦sta. En virtud de este art¨ªculo, los Estados miembros no pueden tomar medidas que proh¨ªban u obstaculicen esas concentraciones, a no ser que sea para proteger intereses considerados "necesarios, proporcionados y totalmente compatibles con la legislaci¨®n comunitaria".
Las autoridades europeas de Competencia reconocen como intereses leg¨ªtimos la seguridad p¨²blica, la pluralidad de medios y la estabilizaci¨®n financiera. Pero seg¨²n el an¨¢lisis preliminar, estos intereses no se dan en el caso de la oferta de E.ON.
"Si se dieran", las condiciones impuestas para salvaguardarlos "no ser¨ªan proporcionadas", explica Todd. El Ejecutivo comunitario sostiene adem¨¢s que las condiciones violan el art¨ªculo 56, que establece el libre movimiento de capitales, y el art¨ªculo 46, que dicta la libertad de establecimiento.
El ¨²nico precedente de una invocaci¨®n tan radical del art¨ªculo 21 data de hace siete a?os, cuando la Comisi¨®n oblig¨® a Portugal a retirar el veto sobre la compra del grupo Champalimaud por parte del Banco Santander Central Hispano y cuando el entonces comisario europeo de Competencia Mario Monti llev¨® a Lisboa ante el Tribunal de Luxemburgo.
Si la resoluci¨®n definitiva que emita Bruselas dentro de unas semanas confirma los resultados del an¨¢lisis preliminar, es decir, si considera que Espa?a viola con sus restricciones a la fusi¨®n la legislaci¨®n europea, el paso siguiente ser¨ªa requerir al Gobierno espa?ol que retire las disposiciones ilegales. ?sa ser¨ªa una decisi¨®n "jur¨ªdicamente vinculante. Los Estados miembros tienen la obligaci¨®n de respetar el derecho comunitario", advirti¨® el portavoz de Kroes.
Si el Gobierno espa?ol no acata la decisi¨®n, se pondr¨ªa en marcha un procedimiento de infracci¨®n que podr¨ªa terminar en los tribunales europeos. Las terceras partes, como la alemana E.ON, podr¨ªan invocar adem¨¢s la decisi¨®n de Bruselas ante la justicia espa?ola. Espa?a, por su parte, podr¨ªa llevar la decisi¨®n de Bruselas ante el Tribunal Europeo de Justicia de Luxemburgo, pero en cualquier caso ese recurso no tendr¨ªa efectos suspensivos a no ser que Espa?a solicitara adem¨¢s medidas cautelares.
Medidas cautelares
Todd record¨® adem¨¢s que a principios de agosto Bruselas ya habl¨® de la posibilidad de aplicar medidas cautelares. "Todav¨ªa est¨¢ abierta la posibilidad de suspender cualquier decisi¨®n de las autoridades espa?olas", agreg¨®.
La Comisi¨®n Europea optar¨ªa por este tipo de medidas si fuera necesario evitar que otra empresa, como por ejemplo Gas Natural, se interponga en la oferta de compra de E.ON.
La Comisi¨®n Europea, que aprob¨® el pasado 25 de abril la OPA de E.ON sobre Endesa, ya hab¨ªa enviado una primera carta al Gobierno espa?ol el pasado 3 de agosto en la que le ped¨ªa aclaraciones sobre las medidas adoptadas por la CNE.
Madrid contest¨® que s¨®lo pretende garantizar el suministro energ¨¦tico. El argumento de la seguridad p¨²blica no ha sido sin embargo aceptado en este caso por Bruselas, que adem¨¢s lo considera desproporcionado.
Las principales condiciones impuestas a E.ON suponen la venta de centrales de carb¨®n y nucleares y la de los sistemas el¨¦ctricos de Canarias y Baleares. En total, implican renunciar a un tercio de la potencia instalada de Endesa en Espa?a.
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