El gremio de restauraci¨®n pide una moratoria para las obras de la ley antitabaco
El presidente del gremio de restauraci¨®n de Barcelona, Gaiet¨¤ Farr¨¢s, pidi¨® ayer a la Generalitat que, en un "ejercicio de responsabilidad pol¨ªtica", d¨¦ m¨¢s tiempo a los propietarios de bares y restaurantes de m¨¢s de 100 metros cuadrados para acometer las obras que exige la ley antitabaco. Farr¨¢s afirma que muchos restauradores han realizado importantes inversiones en sus negocios para ajustarse a la ley, aunque la habilitaci¨®n de zonas de fumadores est¨¢ resultando "sumamente compleja".
Pese a que desde el pasado mes de enero, en que entr¨® en vigor la ley antitabaco, Farr¨¢s insisti¨® ayer en los criterios t¨¦cnicos marcados por la Generalitat. Y asegur¨® que estos criterios no se hicieron p¨²blicos hasta el pasado mes de junio, "s¨®lo dos meses antes de que expirara el periodo reconocido por la ley".
Firmas de discotecas
La patronal del ocio nocturno reclam¨® ayer que los bares musicales y discotecas de menos de 100 metros cuadrados no tengan prohibici¨®n legal de fumar y puedan elegir si se declaran o no espacio libre de humo. Una docena de discotecas de las cuatro provincias catalanas iniciar¨¢n ma?ana por la noche una recogida de firmas para pedir que la ley del tabaco equipare sus condiciones con la de los bares y restaurantes. La campa?a, promovida por la Federaci¨®n Catalana de Asociaciones de Actividades Recreativas Musicales (Fecasarm), durar¨¢ tres semanas.
La ley establece que todas las discotecas y bares musicales, independientemente de su tama?o, est¨¢n obligados a compartimentar un espacio para poder permitir fumar en su interior. "Tan dif¨ªcil es para un bar musical de reducidas dimensiones habilitar una zona de fumadores del 30% de su superficie como lo es para otro bar convencional de las mismas caracter¨ªsticas", se?al¨® ayer el secretario general de Fecasarm, Joaquim Boadas. La campa?a de recogida de firmas entre los clientes de los locales tiene como fin, seg¨²n la federaci¨®n, modificar dos art¨ªculos de la ley del tabaco que a su entender son "discriminatorios". El primero es el que permite s¨®lo a los establecimientos de hosteler¨ªa y restauraci¨®n de menos de 100 metros que los clientes fumen. El segundo punto hace referencia al hecho de que, seg¨²n la normativa, las zonas para fumadores no podr¨¢n ser utilizadas como tal en el intervalo de tiempo en que est¨¦ permitida la entrada a menores. Teniendo en cuenta que los j¨®venes de 16 y 17 a?os pueden entrar en las discotecas y bares musicales durante todo el horario h¨¢bil, el resultado es que los establecimientos que han hecho obras para crear un espacio donde fumar deben prohibir la entrada de este colectivo.
La Fecasarm se?ala que en Catalu?a el perjuicio es mayor debido a la peculiaridad de que todos los bares musicales se equiparan a las discotecas al estar ambos catalogados como actividades recreativas musicales.
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