Lo que de verdad importa
Los autores creen que la Ley de Dependencia supone un claro retroceso en una concepci¨®n avanzada del Estado auton¨®mico.
Durante la tramitaci¨®n parlamentaria del Proyecto de Ley de Dependencia se ha intentado argumentar que para los ciudadanos aquello relevante no era qui¨¦n era el titular de una determinada competencia sino que ¨¦sta se gestionase de manera adecuada. Hay quien ha llegado a contraponer el reconocimiento de derechos sociales con el respeto al marco competencial que la Constituci¨®n y los Estatutos de Autonom¨ªa garantizan, afirmando que lo importante era reconocer derechos y que lo secundario era respetar las competencias exclusivas de las Comunidades Aut¨®nomas en materia de servicios sociales. No es ¨¦ste un debate menor. Estamos discutiendo, en el fondo, sobre si el Estado auton¨®mico es capaz de garantizar la cohesi¨®n social y la igualdad de derechos de los ciudadanos o, por el contrario, el modelo de Estado que proclamamos, de identidad plurinacional va en contra de la cohesi¨®n social y la igualdad de derechos.
No hay que confundir igualdad de derechos y cohesi¨®n social con uniformidad absoluta
Desde nuestra perspectiva, estamos convencidos que la manera m¨¢s eficaz y m¨¢s justa de garantizar la cohesi¨®n social y avanzar en la igualdad real de derechos exige respetar y desarrollar al m¨¢ximo la capacidad de autogobierno de las Comunidades Aut¨®nomas. Exige no confundir igualdad de derechos y cohesi¨®n social con uniformidad absoluta y exclusi¨®n de la diversidad territorial de un Estado, de hecho, plural. Y no es casualidad que la Constituci¨®n en los art¨ªculos 41, 49 y 50 mandase a los poderes p¨²blicos, no s¨®lo al Estado central, el desarrollo de las pol¨ªticas que conforman el n¨²cleo principal del Estado del Bienestar. La Ley de Dependencia, por el contrario, parte del supuesto que la ¨²nica que puede garantizar el desarrollo del Estado del Bienestar es la Administraci¨®n Central.
La Ley de Dependencia supone un claro retroceso en una concepci¨®n avanzada del Estado auton¨®mico. Es una verdadera LOAPA social y con consecuencias en otros ¨¢mbitos, en la medida que supone una habilitaci¨®n del art¨ªculo 149.1.1 de la Constituci¨®n contraria a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, se trata de un precepto que consigna un t¨ªtulo competencial de contenido transversal, garante del principio de igualdad, y no atributivo de competencias espec¨ªficas, invocaci¨®n peligrosa para el futuro del modelo de Estado auton¨®mico. Tal y como ha recordado muy acertadamente el Institut d'Estudis Auton¨°mics, con la visi¨®n que sustenta la Ley de Dependencia sobre la utilizaci¨®n del art¨ªculo 149.1.1 de la Constituci¨®n, el Estado va a tener capacidad de entrar a regular cualquier materia, sin l¨ªmites, subvirtiendo el sistema de distribuci¨®n de competencias y haciendo desaparecer, de facto, las competencias exclusivas.
Todo ello termina afectando a los ciudadanos, a sus derechos y al car¨¢cter justo y equitativo de las pol¨ªticas sociales. As¨ª, configurar el sistema de copago de manera uniforme, obviando las diferencias socioecon¨®micas de los diversos territorios, los diferentes costes de los servicios sociales, la diferente evoluci¨®n del IPC, o sus niveles de renta, va a comportar que, tal y como sucede con otras pol¨ªticas del Estado del Bienestar, que haya ciudadanos que terminen pagando, en t¨¦rminos comparativos, m¨¢s de su bolsillo para acceder a determinados servicios sociales, sin que esas diferencias respondan a la idea que aquel que tiene m¨¢s, debe contribuir m¨¢s, incardin¨¢ndose en una versi¨®n reaccionaria de la protecci¨®n social.
O el hecho de que, de manera sorprendente, la financiaci¨®n por parte del Estado de las pol¨ªticas de dependencia se articule a trav¨¦s de convenios bilaterales y no por la incorporaci¨®n al sistema de financiaci¨®n auton¨®mico de las necesidades de gasto auton¨®mico asociadas a la dependencia, genera incertidumbre sobre el comportamiento del Estado, para el futuro, en el sostenimiento de esta pol¨ªtica y vulner¨¢ndose en Euskadi los requerimientos del Concierto Econ¨®mico.
Y es que si decidimos que el modelo de Estado que proclamamos en la Constituci¨®n era el que era, fue porque est¨¢bamos convencidos de que no s¨®lo importaba a los ciudadanos, sino tambi¨¦n y, sobre todo, era garant¨ªa de una sociedad m¨¢s justa.
Carles Campuzano es diputado de CiU en el Congreso y ponente de la Ley de Dependencia. Emilio Olabarria es diputado del PNV en el Congreso y ponente de la Ley de Dependencia.
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