El fiscal mantiene la petici¨®n de 21 a?os de prisi¨®n para un pir¨®mano
La Fiscal¨ªa de Huelva ha decidido mantener la petici¨®n de 21 a?os y seis meses de prisi¨®n para F.J.M., acusado de los presuntos delitos continuados de incendio y de da?os y de un delito de lesiones. Durante el juicio, que qued¨® ayer visto para sentencia en la Secci¨®n Segunda de la Audiencia Provincial de Huelva, el ministerio p¨²blico mantuvo su petici¨®n al considerar probados los delitos por los que se procesaba a F.J.M., y justific¨® que el propio acusado "ha reconocido la autor¨ªa de los hechos".
En este sentido, y con respecto a los cinco incendios que el procesado caus¨® presuntamente en los toldos de dos casas del municipio onubense de Punta Umbr¨ªa, el fiscal asever¨® que "no hubo intenci¨®n de causar da?o a los residentes, pero s¨ª que ten¨ªa conocimiento de que exist¨ªa un evidente riesgo para las personas afectadas, las cuales resid¨ªan permanentemente en el municipio". Asimismo, la Fiscal¨ªa no tuvo en cuenta el posible atenuante de que el acusado hubiera colaborado en la extinci¨®n de los incendios, "pues todos los testigos han relatado que, lejos de auxiliar, se dedic¨® a jalear los incendios que hab¨ªa provocado con la ayuda de un mechero".
El fiscal tampoco tuvo en consideraci¨®n el atenuante de que el acusado confesara voluntariamente ante las autoridades, "ya que su declaraci¨®n no iba dirigida a reconocer los hechos". En esta l¨ªnea, se?al¨® que del informe realizado por los peritos "no se atisba ninguna patolog¨ªa que afectara a su responsabilidad en los hechos", por lo que consider¨® que el procesado "es un riesgo potencial".
Defensa
Por su parte, la defensa solicit¨® una pena de dos a?os de prisi¨®n para el procesado al considerar que ¨²nicamente existi¨® un delito de da?os por el incendio de un cami¨®n, tres faltas de da?o por los incendios en los dos toldos de las viviendas y en la caravana y una falta de lesiones por imprudencia.
As¨ª, defendi¨® que "en ninguno de los incendios el acusado emple¨® l¨ªquido inflamable", as¨ª como que "el hecho de que acudiera con un extintor demuestra que no hab¨ªa intenci¨®n de que el incendio fuera a m¨¢s".
Adem¨¢s, solicit¨® que se tenga en cuenta que el procesado "no ten¨ªa la intenci¨®n de poner en peligro a persona alguna", y argument¨® que "el acusado tiene acreditado un trastorno l¨ªmite de la personalidad, acreditado por un psiquiatra de Madrid, as¨ª como la dependencia grave del consumo de coca¨ªna".
Durante la celebraci¨®n del juicio, que se inici¨® con la declaraci¨®n de los afectados por los incendios, adem¨¢s de los agentes de la Guardia Civil que se hicieron cargo del asunto y los peritos, testificaron el padre, tres hermanos y la cu?ada del afectado.
Todos ellos coincidieron en sus declaraciones a la hora de describir al acusado como alcoh¨®lico, y su padre dijo que cambia de personalidad con la bebida y destac¨® la dif¨ªcil infancia de F.J.M., con "una madre alcoh¨®lica violenta con su padre".
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