La Sala de lo Contencioso del Supremo rechaza que se reduzcan sus competencias
Los magistrados creen que potenciar los tribunales auton¨®micos les privar¨¢ de casos trascendentes
La reforma legal que incrementa las competencias de los Tribunales Superiores de Justicia de las autonom¨ªas para aliviar de carga de trabajo al Tribunal Supremo "no garantiza la interpretaci¨®n y aplicaci¨®n uniforme" de la ley atribuida por la Constituci¨®n al alto tribunal y le impedir¨¢ pronunciarse sobre "cuestiones nuevas o sobre problemas singulares" de gran trascendencia jur¨ªdica y social. Lo dicen los magistrados de la Sala de lo Contencioso en un informe enviado al Poder Judicial en el que proponen que sea el propio tribunal el que decida sobre qu¨¦ asuntos debe pronunciarse.
La reforma busca, en general, la reducci¨®n de la carga de trabajo del Tribunal Supremo y, en particular, la de su Sala de lo Contencioso-Administrativo, la mayor en n¨²mero de magistrados del alto tribunal y la que m¨¢s asuntos resuelve (13.179 en 2005 frente a los 5.907 de la Sala Civil, los 5.113 de la Penal y los 5.151 de la Social). Para ello, el proyecto de ley, actualmente en tramitaci¨®n parlamentaria, limita la posibilidad de interponer recurso de casaci¨®n a las sentencias de lo contencioso-administrativo (las que resuelven litigios con las administraciones p¨²blicas) dictadas por la Audiencia Nacional.
En el resto de asuntos -el grueso de los m¨¢s de 200.000 que se tramitan cada a?o- los ¨®rganos que tendr¨ªan la ¨²ltima palabra ser¨ªan los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) de cada comunidad, cuyas resoluciones s¨®lo se podr¨ªan recurrir al Supremo en caso de que contradigan los criterios que este ¨²ltimo tribunal, el superior en todos los ¨®rdenes seg¨²n la Constituci¨®n, o la establecida por otros TSJ (recurso de casaci¨®n para unificaci¨®n de doctrina).
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo ha enviado al Consejo General del Poder Judicial un informe en el que se muestra muy cr¨ªtico con el proyecto de ley que reforma la ley de la Jurisdicci¨®n Contencioso-Administrativa y propone un sistema alternativo.
- Escasez de asuntos. El informe considera que limitar la jurisdicci¨®n a los casos provenientes de los TSJ en que la resoluci¨®n en cuesti¨®n contradiga las de otros tribunales de ¨¢mbito auton¨®mico reduce considerablemente los asuntos que el Supremo podr¨¢ estudiar. El documento recuerda que para que se admita un recurso de casaci¨®n para la unificaci¨®n de doctrina (los ¨²nicos casos procedentes de los TSJ que el Supremo estudiar¨ªa) deben darse similitudes muy estrechas entre los casos, algo que, en la experiencia del alto tribunal se da muy raras veces. "Un elevad¨ªsimo n¨²mero de estos recursos son declarados inadmisibles o desestimados por tal raz¨®n y as¨ª devienen inoperantes los fines de la casaci¨®n", aseguran los magistrados del lo contencioso en su informe.
- Cuestiones nuevas. El hecho de que la ¨²ltima instancia penal sea en la inmensa mayor¨ªa de los casos el TSJ tambi¨¦n preocupa a los magistrados del Supremo por la mayor dificultad que supondr¨ªa para que se pronunciaran sobre cuestiones novedosas o de especial notoriedad. Ese sistema, aseguran, "supone impedir el acceso a la casaci¨®n de las sentencias de las Salas [de lo Contencioso de los TSJ] que se pronuncien sobre cuestiones nuevas o sobre problemas singulares dif¨ªcilmente repetibles" o que puedan tener especial "trascendencia social o jur¨ªdica".
- Funci¨®n desfigurada. El reparto de competencias del Supremo entre las Salas de lo Contencioso-Administrativo de los 17 Tribunales Superiores que impone el proyecto de ley, no encaja con las funciones que la Constituci¨®n encomienda al alto tribunal, esgrimen los magistrados. El sistema de casaci¨®n previsto por la reforma del Gobierno "desfigura el di¨¢fano cometido constitucional del Tribunal Supremo como ¨®rgano jurisdiccional superior en todos los ¨®rdenes dentro de Espa?a", dice el informe. El hecho de que la norma fundamental en su art¨ªculo 152.1 establezca que los Tribunales Superiores de Justicia culminan el ¨¢mbito judicial en cada comunidad, no puede desvirtuar la importancia jer¨¢rquica del Supremo, seg¨²n los magistrados.
El sistema propuesto, prosiguen, "no garantiza la interpretaci¨®n y aplicaci¨®n uniforme del ordenamiento en asuntos de especial relevancia porque requiere que los recurrentes tengan que realizar complicadas averiguaciones o esperar a que haya una o varias sentencias previas (...) que hubiesen llegado a pronunciamientos distintos".
- "Inter¨¦s casacional". El informe de la Sala de lo Contencioso propone un sistema alternativo para que sean los propios magistrados los que decidan cu¨¢ndo debe pronunciarse el Tribunal Supremo. Bastar¨ªa que uno solo de la sala encontrara "inter¨¦s casacional" en el asunto de que se trate para que el asunto se admitiera a tr¨¢mite. La ley, seg¨²n el documento, establecer¨ªa ¨²nicamente "unos criterios generales" que indicar¨ªan la presencia de dicho inter¨¦s en el recurso.
El secretario de Estado de Justicia, Luis L¨®pez Guerra, considera injustificadas las cr¨ªticas del informe y recuerda que la reforma "refuerza especialmente el papel unificador del Tribunal Supremo al establecer que su jurisprudencia es vinculante" para los dem¨¢s juzgados y tribunales. "El objetivo del Tribunal Supremo no es resolver casos como ha hecho hasta ahora, convirti¨¦ndose casi en una tercera instancia", asegura el n¨²mero dos del Ministerio de Justicia que considera que el fin del alto tribunal debe ser unificar la interpretaci¨®n de las leyes. "Si no hay contradicci¨®n entre las sentencias no tiene sentido que se pronuncie", a?ade.
L¨®pez Guerra cree que el sistema alternativo propuesto por la sala supone una "soluci¨®n muy radical" que reducir¨ªa m¨¢s a¨²n el n¨²mero de asuntos que tramita el tribunal que el sistema que establece la reforma. El secretario de Estado de Justicia asegura que el Gobierno estudi¨® introducir el sistema del inter¨¦s casacional en la fase de elaboraci¨®n el proyecto de ley, pero finalmente se desech¨® la propuesta que ahora proponen los magistrados de lo Contencioso-Administrativo del Supremo.
Tercer desacuerdo
La Sala de lo Contencioso-Administrativo no es la primera que se muestra cr¨ªtica con la reforma judicial emprendida por el Gobierno. El pasado febrero, los magistrados de lo Penal y de lo Militar del alto tribunal elevaron al Consejo General del Poder Judicial dos informes de contenido similar.
Los primeros criticaban que el proyecto del Ejecutivo redujera los delitos que podr¨ªan enjuiciar y que comportaran penas superiores a los tres a?os de c¨¢rcel. "Se advierte una importante insuficiencia [respecto del recurso de casaci¨®n] dado que es necesario partir de la premisa de que el Tribunal Supremo debe poder extender su ¨¢mbito sobre todo el C¨®digo Penal".
El documento cuantificaba en 135 (de un total de 333) los il¨ªcitos penales que la Sala de lo Penal del alto tribunal dejar¨ªa de enjuiciar. La norma, dec¨ªa el escrito, "restringe el ¨¢mbito de la casaci¨®n de manera excesiva".
Por su parte, los magistrados de la Sala de lo Militar se quejaron de que el proyecto previera la posibilidad de que el Poder Judicial pudiera asignarlos a otras salas del Supremo en las que se necesitara m¨¢s personal debido a su carga de trabajo. El informe protestaba por convertirlos, seg¨²n sus palabras, en "disponibles", lo que, a su juicio, "cuestiona en su base misma la propia necesidad de la existencia de la sala".
"La norma da lugar a una Sala de Magistrados suplentes de hecho, a los que se puede acudir para cubrir las necesidades del servicio", aseguraba.
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