Los minoritarios, de enhorabuena
El mercado recibe positivamente, pero con algunos matices, la nueva regulaci¨®n de las OPA
"Reforma positiva, con alguna que otra reserva", es la opini¨®n mayoritaria de analistas de Bolsa, banqueros de negocios y abogados expertos en derecho de sociedades sobre la nueva ley de OPA aprobada por el Gobierno el pasado 20 de octubre, actualmente en tramitaci¨®n parlamentaria y que se espera entre en vigor en el segundo trimestre de 2007. Una ley, adem¨¢s, afirma C¨¢ndido Paz-Ares, abogado de Uria & Men¨¦ndez, "que simplifica los procesos y a?ade seguridad jur¨ªdica al acabar con la diversidad de criterios, muy complejos, de la ley actual". "Lo decisivo", opina Antonio L¨®pez, de Fortis Bank, "es que viene a acabar con el trato injusto a los minoritarios".
A partir de su aprobaci¨®n se acaban las OPA parciales y todo aquel que quiera superar el nuevo umbral del 30% no tendr¨¢ m¨¢s remedio que lanzar una oferta p¨²blica sobre el 100% del capital. Algo muy necesario porque, seg¨²n apunta Paz-Ares, "las OPA parciales han sido muy nocivas para los peque?os accionistas. Si bien les daban la posibilidad, por el prorrateo, de participar de la prima de valor sobre las acciones vendidas, les dejaban con unos t¨ªtulos que acababan perdiendo valor, una vez que la toma de control de la empresa disipaba las posibilidades de m¨¢s ganancias, al menos a medio plazo". Una necesidad percibida tambi¨¦n por Alberto Rold¨¢n, de Inverseguros. "Si se les impide a los minoritarios beneficiarse de la prima, ¨¦stos pueden sentirse tentados a abandonar la Bolsa".
Otro aspecto de la norma que viene para corregir viejas disfunciones es el de la compraventa forzosa de acciones tras una OPA al 100%. Hasta ahora, los minoritarios que se quedaban colgados, con menos del 10% del capital de la empresa, no ten¨ªan m¨¢s remedio que aceptar su suerte y permanecer en un valor con escaso free float y liquidez. Con la nueva ley podr¨¢n instar a la empresa a que les compre sus paquetes. Pero tambi¨¦n la empresa tendr¨¢ la posibilidad de eliminar, si lo desea, esos paquetes que, con frecuencia, se instalan en el accionariado con intenciones perversas como las de bloquear cualquier iniciativa del consejo, una fusi¨®n, por ejemplo. "Con la nueva norma", dice V¨ªctor Peir¨®, de Caja Madrid, "la empresa podr¨¢ comprar esas acciones sin que sus propietarios puedan oponerse".
Dicho esto, no todo el articulado de la nueva norma, oficialmente conocida como reforma de la Ley 24/1998 de 28 de julio del Mercado de Valores, ha sido bien recibido. "Este tipo de cambios", se?ala Peir¨®, "resultan dif¨ªciles porque hay que buscar un equilibrio entre los intereses de los minoritarios y los accionistas de control".
Efectos disuasorios
Estas fuentes, si bien reconocen que habr¨ªa que acabar con la ola de OPA parciales (como la de ACS sobre Fenosa), que dej¨® a muchos minoritarios a "un paso del para¨ªso", reconocen que su final podr¨ªa tener efectos disuasorios sobre los grandes accionistas, los que en realidad marcan la evoluci¨®n de los valores con sus decisiones. "Cabe la posibilidad", prosigue Peir¨®, "de que al obligar a lanzar una OPA sobre el 100% ello reduzca las operaciones en Bolsa". Otro experto a?ade, en la misma direcci¨®n, que "no es lo mismo que llegues a un acuerdo para comprar un 10% de control a un precio determinado que el que tengas que ofrecer ese precio a todos los accionistas".
Fernando Torrente, de Cuatrecasas, disiente de estos argumentos. "Con el nivel actual de tipos y la capacidad de apalancamiento existente, la decisi¨®n depende realmente de si vale la pena adquirir o no esa empresa. Si lo vale para comprar un 10% tambi¨¦n lo vale para el 100%".
Otra objeci¨®n, ¨¦sta puesta por Peir¨®, es que "la obligaci¨®n de lanzar OPA al 100% puede provocar la exclusi¨®n de muchas empresas de la Bolsa, lo que vemos con preocupaci¨®n". Tambi¨¦n estos argumentos son refutados, en este caso por Paz-Ares, de Uria & Men¨¦ndez. "Lo normal es que, una vez adquirida y puesta la empresa en valor, su accionista la vuelva a colocar en Bolsa".
Al margen de las mejoras que la ley puede suponer para los minoritarios, los expertos apuntan que ¨¦sta -que ha venido en parte motivada por la obligaci¨®n de trasponer dos directivas comunitarias- resulta interesante, seg¨²n Torrente, "por cuanto viene a armonizar las reglas del mercado de OPA en el seno de la UE". Sin embargo, la Uni¨®n Europea "no ha podido encontrar", apunta Paz-Ares, "un consenso en el tema de la defensa ante OPA hostiles y los blindajes, de modo que ha optado por dejar la soluci¨®n de estos problemas a las propias empresas".
En esta l¨ªnea, uno de los cambios tambi¨¦n decisivos que llegan con la nueva normativa es que los consejos de las empresas pueden abandonar el tradicional "deber de pasividad" ante ofertas no deseadas si logran la aprobaci¨®n del 75% de los votos en junta de accionistas, algo que, seg¨²n Paz-Ares, "tiene ventajas e inconvenientes".
"Pese a lo que se dice", explica el abogado de Ur¨ªa & Men¨¦ndez, "la posibilidad de poder resistir a una OPA tiene la ventaja de que, si el consejo busca que mejore la oferta, al final lo consigue. Pero tambi¨¦n puede frenar muchas operaciones antes de que nazcan".
M¨¢s preocupante, seg¨²n diversos expertos, es el tema de los blindajes, que necesitan un m¨ªnimo del 75% de los votos para poder desactivarse. Teniendo en cuenta que algunas empresas del Ibex exigen que su desactivaci¨®n sea votada por el 75% del capital y que el umbral de control (antes de OPA) haya sido ascendido al 30%, ello puede invalidar muchas operaciones. "Creemos", apunta Torrente, de Cuatrecasas, "que ese 75% deber¨ªa haber sido rebajado al 70%, para adecuarse al nuevo umbral de control del 30%".
Principales cambios con la nueva legislaci¨®n
- NUEVO UMBRAL. Cada vez que se sobrepase el 30% del capital (y derechos de voto) habr¨¢ que lanzar una OPA por el 100%. Si se tiene entre el 30% y el 50% habr¨¢ que lanzar una OPA cuando se supere el 50% o se aumente la participaci¨®n en al menos un 5% en 12 meses. Ahora s¨®lo se est¨¢ obligado a lanzar la OPA al 100% cuando se tenga m¨¢s del 50% o la intenci¨®n de designar a m¨¢s de la mitad del consejo.
- OPA PARCIAL. Desaparecen las OPA parciales obligatorias. La legislaci¨®n actual establece que cuando un accionista intenta comprar una participaci¨®n que iguale o supere el 25% est¨¢ obligada a lanzar una OPA por, al menos, el 10% adicional del capital.
- OPA A POSTERIORI. Se establece el modelo de OPA a posteriori frente al actual de OPA a priori. Tras pasar el umbral, el accionista o comprador dispone de seis meses para hacer una oferta por el 100% al mejor precio negociado en ese periodo.
- COMPRAVENTA FORZOSA. Se establece por primera vez la compraventa forzosa en OPA por el 100% de capital cuando se alcance al menos el 90% de los derechos de voto. ?sta puede ser instada por el comprador y tambi¨¦n por los minoritarios.
- POSIBILIDAD DE DEFENSA. Se condiciona el deber de pasividad del consejo. Las sociedades podr¨¢n eliminar ese deber y adoptar medidas de defensa si cuentan con el respaldo del 75% del capital en la junta general de accionistas.
- RECIPROCIDAD. El consejo no tendr¨¢ que pedir esa autorizaci¨®n, en el caso de una OPA hostil de una compa?¨ªa extranjera, si la compa?¨ªa que lanza la oferta p¨²blica prescindi¨® tambi¨¦n del deber de pasividad.
- BLINDAJES. Las compa?¨ªas podr¨¢n mantener o eliminar los blindajes societarios. La eliminaci¨®n requerir¨¢ la aprobaci¨®n de la junta general de accionistas. Se eliminan autom¨¢ticamente las restricciones de voto en el caso de OPA hostil si el comprador alcanza el 75% o m¨¢s de los derechos de voto.
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