Los casos de siniestralidad laboral que investigan los juzgados aumentan un 32%
Euskadi cuenta desde enero pasado con una fiscal especializada en accidentes de trabajo
Los juzgados vascos abrieron el pasado a?o un total de 110 diligencias por casos de siniestralidad laboral, un 32,5% m¨¢s que en 2005, y dictaron 31 sentencias, 25 de ellas condenatorias, frente a los 21 fallos de hace dos ejercicios. Desde el pasado enero, Euskadi cuenta con una fiscal especial de siniestralidad laboral, en la l¨ªnea del nombrado en abril para el conjunto de Espa?a. La fiscal Edurne Miranda considera que existe un cumplimiento general de la normativa laboral y atribuye el mayor n¨²mero de casos investigados por los jueces a que se producen m¨¢s denuncias y "en los juzgados se trabaja bien". El a?o pasado se registraron en Euskadi m¨¢s de 51.000 accidentes laborales con baja.
La estad¨ªstica oficial de Osalan, el Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales, precisa que en 2006 se registraron en la comunidad aut¨®noma un total de 51.707 accidentes laborales con baja (46.730 en la jornada laboral y otros 4.977 in itinere, en la ida o vuelta al lugar de trabajo). De ellos, 62 fueron mortales (52 en el puesto y 12 m¨¢s in itinere).
La mayor¨ªa de las diligencias judiciales abiertas el pasado a?o se registraron en Vizcaya, con un total de 76, de las que 16 fueron por accidentes con resultado de muerte, frente a las 48 causas incoadas en 2005, ocho de ellas por fallecimientos. En Guip¨²zcoa, se alcanzaron las 25 causas, frente a las 19 de hace dos a?os. ?lava fue la ¨²nica provincia que registr¨® un descenso: nueve casos el a?o pasado por 16 del anterior.
El n¨²mero de sentencias tambi¨¦n creci¨® de forma paralela. En Vizcaya se dictaron 12 (siete en 2005); en Guip¨²zcoa, 15 (frente a ocho), y en ?lava, seis, las mismas que hace dos a?os. La mayor¨ªa de los fallos fueron condenatorios: 21 de los 31, de ellos seis en Vizcaya, 11 en Guip¨²zcoa y cinco en ?lava.
"Tambi¨¦n se dan absoluciones. El fiscal retir¨® la acusaci¨®n en un caso porque fue culpa del trabajador accidentado. Accedi¨® a un piso en construcci¨®n por un lugar no autorizado", explica la fiscal especial Edurne Miranda. Las causas revelan algo conocido: la mayor¨ªa de siniestros ocurren en el sector de la construcci¨®n, seguido por la industria.
Las demandas resultan complejas en muchas ocasiones. "Hay causas en las que hay hasta 15 imputados, entre la constructora principal y las subcontratas", se?ala Miranda, quien precisa que algunos casos se remontan hasta 2002. Las imputaciones se dirigen normalmente contra el propietario, el encargado de seguridad, el responsable de la zona del accidente -todos ellos tanto de la empresa principal como de las subcontratas-, el coordinador de seguridad principal, el arquitecto y el aparejador.
Los fiscales acusan "siempre" al empresario y uno de los principales problemas es que se transforman en macrocausas por la gran cantidad de imputados. Miranda constata que ahora existe un "cumplimiento general" de la normativa laboral. "Siempre hay planes y el empresario contrata servicios de prevenci¨®n, cuando hace unos a?os no hab¨ªa ni planes, ni cursos de formaci¨®n y el encargado de seguridad era un pe¨®n", destaca.
La fiscal atribuye el mayor n¨²mero de demandas a una creciente judicializaci¨®n: "Se denuncia mucho y tambi¨¦n se trabaja bien por parte de los juzgados. Hace unos a?os la tendencia era el archivo". Pese a ello, los datos no enga?an. "En enero ya llevo tres casos por muertes, por lo que no debe haber tanta concienciaci¨®n sobre la seguridad en el trabajo", recalca.
La creaci¨®n de fiscal¨ªas especializadas en siniestralidad laboral ha servido para unificar criterios. En su ¨²ltima reuni¨®n, el pasado a?o, se acord¨® pedir la inhabilitaci¨®n en sus trabajos para los imputados. "Ya hemos hecho un escrito de acusaci¨®n con la petici¨®n de inhabilitaci¨®n, aunque todav¨ªa no se ha emitido ninguna sentencia", afirma la fiscal vasca.
Uno de los problemas es que los delitos de riesgo -cuando se aprecia la posibilidad de que se produzca un accidente laboral- apenas llegan a los juzgados. "S¨®lo podemos actuar si la Inspecci¨®n de Trabajo hace un acta de infracci¨®n, pero nos lo comunica ¨²nicamente cuando hay una reiteraci¨®n". La fiscal present¨® una denuncia por este tipo de delito en 2006, cuando un empresario fue requerido dos veces por la Inspecci¨®n de Trabajo y sigui¨® sin establecer las medidas de seguridad.
Hasta cinco incumplimientos
Carencia de un dispositivo para impedir el acceso a la zona, imposibilidad de detener la cinta transportadora, ausencia de una norma de trabajo por escrito, m¨¦todo de trabajo inadecuado y carencia de informaci¨®n para el empleado y ausencia de identificaci¨®n de los riesgos. El Juzgado de lo Penal n¨²mero 2 de Vitoria dictamin¨® hasta cinco incumplimientos de la normativa en el accidente qeu sufri¨® un empleado de la empresa Novacero, dedicada al mecanizado y fundici¨®n de piezas de acero en Vitoria.
El trabajador qued¨® atrapado en una cinta transportadora y, tras casi un a?o de tratamiento, perdi¨® gran parte de una oreja, con la correspondiente p¨¦rdida de capacidad auditiva, afecciones diversas y estr¨¦s postraum¨¢tico, que supuso su incapacidad permanente parcial. El fallo, dictado el pasado 29 de marzo, consider¨® culpables al jefe de ingenier¨ªa y fabricaci¨®n de la firma, ?scar C., quien asum¨ªa las tareas de prevenci¨®n de riesgos, y a la t¨¦cnico Felicidad L., contratada a la empresa Eugamed para evaluar y supervisar los riesgos laborales.
Ambos fueron condenados por una falta de lesiones imprudentes a abonar 30 d¨ªas de multa y al pago de una indemnizaci¨®n al empleado de 90.000 euros.
Cuatro condenados por un fallecimiento
Otra de las sentencias dictadas el pasado a?o conden¨® a cuatro responsables de sendas empresas por el fallecimiento de un trabajador en unas obras de construcci¨®n en la capital alavesa. Los condenados fueron los representantes legales de dos compa?¨ªas (la principal y la subcontratada) -Ram¨®n I. y Juan Jos¨¦ G.-; la encargada de la compa?¨ªa de montajes de seguridad, Miren N., y el coordinador de seguridad laboral de otra firma, Aitor P. de A.
El empleado se encontraba en la tercera planta de una obra cuando perdi¨® el equilibrio y cay¨® desde diez metros.
El fallo, del pasado 27 de abril, concluye que no exist¨ªan en la obra protecciones colectivas como barandillas o redes "al haberse retirado en la zona de trabajo antes del accidente"; la existencia de una "abertura desprotegida"; la no utilizaci¨®n de arn¨¦s de seguridad como protecci¨®n individual y la realizaci¨®n de un trabajo no previsto en el plan de seguridad.
La juez estim¨® a los cuatro culpables por su "participaci¨®n directa, personal, material y voluntaria". La condena por una falta leve de imprudencia con resultado de muerte se limit¨® al pago de 40 d¨ªas de multa, pues la familia del muerto hab¨ªa cerrado un acuerdo previo sobre la indemnizaci¨®n.
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