Resoluciones y sanciones
El Consejo de Seguridad de Naciones Unidas tiene aprobadas dos resoluciones contra Ir¨¢n por su plan nuclear: la 1.696 y la 1.737. El 31 de julio del a?o pasado, la ONU daba un mes a Teher¨¢n, en la primera resoluci¨®n, para que suspendiera su programa nuclear.
Tras comprobar que la Rep¨²blica Isl¨¢mica no hab¨ªa detenido sus actividades nucleares, el organismo internacional comenz¨® la negociaci¨®n de otro texto m¨¢s contundente y que contemplara la aplicaci¨®n de sanciones. El informe t¨¦cnico del OIEA indic¨® entonces que Ir¨¢n no hab¨ªa suspendido sus actividades relacionadas con el enriquecimiento de uranio.
La 1.737 se aprob¨® el pasado 23 de diciembre y apoy¨¢ndose en el art¨ªculo 41 de la Carta de la ONU. Limita la acci¨®n al ¨¢mbito econ¨®mico y diplom¨¢tico y excluye las operaciones militares. Ir¨¢n dispon¨ªa de 60 d¨ªas para suspender sin condiciones sus actividades nucleares, algo que deb¨ªa certificar el Organismo Internacional de la Energ¨ªa At¨®mica. Ahora, una vez cumplido el plazo, y seg¨²n la resoluci¨®n 1.737:
- Todos los pa¨ªses tienen prohibida la distribuci¨®n, venta o transferencia a Ir¨¢n de material destinado al programa nuclear y de misiles bal¨ªsticos.
- Los iran¨ªes relacionados con el plan at¨®mico tienen que notificar sus movimientos fuera del pa¨ªs asi¨¢tico.
- Quedan congelados los fondos en el extranjero, controlados o en propiedad de individuos o entidades relacionados con el programa nuclear.
- Se restringe cualquier tipo de formaci¨®n de especialistas iran¨ªes en ¨¢mbitos que puedan ser utilizados para desarrollar la bomba at¨®mica.
- La 1.737 contempla la posibilidad de ampliar las sanciones contra Teher¨¢n si no cumpl¨ªa con las exigencias acordadas en la ONU.
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