Pensi¨®n de viudedad
La vinculaci¨®n de la pensi¨®n de viudedad a un matrimonio previo est¨¢ a punto de romperse. El proyecto de reforma de la Seguridad Social que se tramita actualmente en el Congreso va a reconocer el derecho a la pensi¨®n de viudedad tambi¨¦n a las parejas de hecho. Se cumple as¨ª una vieja reivindicaci¨®n de un sector de la sociedad que consideraba discriminatorio la concesi¨®n de la viudedad ¨²nicamente a quienes hab¨ªan formalizado su uni¨®n.
De acuerdo con la actual redacci¨®n del proyecto van a tener derecho a la misma quienes se hallen ligados por an¨¢loga relaci¨®n de afectividad a la conyugal y acrediten, mediante el correspondiente certificado de empadronamiento, una convivencia estable y notoria, inmediata al fallecimiento del causante, de una duraci¨®n ininterrumpida no inferior a cinco a?os.
Excepcionalmente, se va a reconocer el derecho a la pensi¨®n, con car¨¢cter retroactivo, cuando se cumplan una serie de condiciones m¨¢s estrictas, como acreditar quince a?os de convivencia y tener hijos comunes.
Se va a requerir adem¨¢s, en estos casos de "convivencia de hecho", que exista una situaci¨®n de dependencia econ¨®mica del conviviente sobreviviente. Esta exigencia responde a una corriente actual que considera que la pensi¨®n de viudedad debe recuperar su car¨¢cter de "renta de sustituci¨®n", quedando reservada ¨²nicamente para aquellas situaciones en las que el causahabiente ha contribuido efectivamente al sostenimiento de los familiares sup¨¦rstites.
De ah¨ª que tambi¨¦n en los supuestos de separaci¨®n o divorcio de los c¨®nyuges se vaya a exigir la concurrencia de "dependencia econ¨®mica". El acceso a la pensi¨®n de viudedad en estos casos va a quedar reducido a los supuestos en los que el fallecimiento del causante produce la extinci¨®n de la denominada "pensi¨®n compensatoria" de los c¨®nyuges separados judicialmente o divorciados.
No obstante, algunos sectores han criticado esta nueva concepci¨®n de la viudedad por entender que no es el momento adecuado para llevar a cabo tal innovaci¨®n dada la situaci¨®n de "las mujeres" (principales beneficiarias de la pensi¨®n de viudedad) en nuestro pa¨ªs.
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