Violencia en el trabajo
Ya se ha publicado la pr¨®rroga del Acuerdo Interconfederal sobre Negociaci¨®n Colectiva (ANC). Son siete los a?os consecutivos en los que se llega a un consenso entre los interlocutores sobre los criterios que deben guiar la negociaci¨®n colectiva del ejercicio siguiente.
No aporta grandes novedades el nuevo acuerdo, manteni¨¦ndose en la l¨ªnea de los anteriores. Actualiza las variables econ¨®micas, tan revueltas en los ¨²ltimos tiempos, haciendo especial hincapi¨¦ en la desaceleraci¨®n experimentada por la econom¨ªa espa?ola, lo que no puede sino afectar negativamente a la pol¨ªtica de empleo.
Quiz¨¢s lo m¨¢s novedoso sea la incorporaci¨®n del Acuerdo Europeo sobre acoso y violencia en el lugar de trabajo, con una serie de directrices que resultan de inter¨¦s.
Declara, ante todo, la obligaci¨®n de los empleadores de proteger a los trabajadores contra el acoso y la violencia en el lugar de trabajo. El acoso y la violencia se originar¨¢n por el comportamiento inaceptable de uno o m¨¢s individuos y pueden adoptar diversas formas (f¨ªsicas, psicol¨®gicas o sexuales); consistir en un solo incidente o ser sistem¨¢tico; producirse entre compa?eros, superiores y subordinados o por terceros, como clientes, alumnos...
Existir¨¢ acoso cuando de uno o m¨¢s trabajadores o directivos, repetida y deliberadamente, se abuse, se les amenace y/o se les humille en circunstancias relacionadas con el trabajo. Existir¨¢ violencia cuando uno o m¨¢s trabajadores o directivos sean agredidos en circunstancias relacionadas con el trabajo. El acoso y la violencia pueden ser realizados por unos o m¨¢s directivos o trabajadores, con el prop¨®sito o el efecto de violar la dignidad del jefe o trabajador.
Las empresas deber¨¢n realizar una declaraci¨®n clara e inequ¨ªvoca de que el acoso y la violencia no pueden ser tolerados. En dicha declaraci¨®n deber¨¢n especificarse los procedimientos que se seguir¨¢n cuando se presenten tales casos.
Deber¨¢ procederse con la discreci¨®n necesaria para proteger la dignidad y la confidencialidad de todos. Las quejas deber¨¢n ser investigadas y tratadas sin demoras indebidas. Las acusaciones falsas no deben ser toleradas y podr¨¢n dar lugar a acciones disciplinarias.
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